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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáHace unos días, vimos en las canales de TV a la Sra. ministra de Economía y Finanzas Azucena Arbeleche tratar públicamente de irresponsable a su antecesor en el cargo, Cdr. D. Astori, y lamentablemente tiene razón.
Según la Real Academia Española (RAE), irresponsable es aquel a quien no se puede exigir responsabilidad. O aquel que adopta decisiones importantes sin la debida meditación. O aquel que es resultante de una falta de previsión o meditación.
Cuando quien ocupa cargos públicos debería de ser responsable porque representa a toda la sociedad y al Estado y se responsabiliza de ello. Como lo menciona la MEF actual en ese video.
Voy a analizar solo del punto de vista aeronáutico, del que entendemos el ex-MEF, poco sabía, que me compete y es público.
Es responsable el MEF cuando se pierden los dineros públicos. Recordemos ahora:
1) El avión presidencial le costó al estado aproximadamente US$ 2,6 millones.
2) Pluna le costó al estado aproximadamente US$ 213 millones, sin indemnizaciones por despido, que costó dos años. Astori nos decía. Negocio qué empieza bien termina…
3) Alas Uy le costó al estado aproximadamente US$ 15 millones, sin indemnizaciones por despido.
4) La recuperación de Ancap, que tiene algo de relación con la aeronáutica, aproximadamente US$ 900 millones (sin combustible no vuela ningún avión, recordemos la quiebra de Pluna).
5) El avión de Ancap aproximadamente US$ 400.000.
No hablamos de la compra del Museo Gurvich por parte del MEF, que nadie entendió, US$ 3.000.000, para que se compró.
O sea, en los gobiernos del FA se perdieron o derrocharon por temas aeronáuticos aproximadamente US$ 1.530,6 millones, una sola cifra que demuestra irresponsabilidad de gestión de los dineros públicos, como dijo la ministra en el video.
Pasible de responsabilidad jurídica. Pero no es nada esto…
El incumplimiento de la Ley 9.977 (ley de fomento aeronáutico), art. 1, y sus decretos reglamentarios, 196/17 art. 1 y 1.124/41, por parte del ex-MEF y sus subalternos, como una famosa contadora N.N. (tenemos pruebas de despachantes de aduana), con la clara intención recaudadora y de desprecio a la industria que ha sido evidente y lamentablemente con la destrucción de la industria y sus efectos, la disminución de la competitividad de la pequeña industria aeronáutica con el resto del Mercosur, con pérdidas multimillonarias, no calculables.
Esto se ha mencionado varias veces, con diferentes foros de abogados, de la CUIA y en la CIU y en otras instituciones como el propio MEF actualmente. De la mala interpretación de la ley mencionada y la aplicabilidad de la Ley 18.083 o ley IRPF, que no es aplicable ante esta ley, no derogada y de fomento y exoneración aeronáutica.
El no entender, por parte de las autoridades nacionales anteriores y actuales, que la exoneración establecida en la Ley 9.977/40 art. 1 y sus decretos reglamentarios son fundamentales para el futuro de la aviación nacional y militar y se debe de cumplir, porque no está derogada y continúa con vigencia.
Se perdió mucho y debemos cambiar hacia una política más liberal aeronáutica para fomentar la industria.
Ahora entendemos por qué el mencionado actor político está callado… y en su casa.
Desde ya muchas gracias por tratar de solucionar e interpretar jurídicamente el problema que dañó y sigue dañando a la industria aeronáutica. Esperemos que el gobierno del cambio nos muestre un cambio, hacia nuevas inversiones internacionales, que se pueden realizar con exoneraciones tributarias en la aeronáutica, ley de fomento…
Por ejemplo, un plan de negocios adecuado para el AIC viejo, la mejora de la infraestructura aeronáutica del país, la red de aeropuertos, la construcción de aeronaves o elementos de la aviación aquí.
Esta carta está bajo el derecho establecido en la Constitución de la República, artículos 29 y 30.
Rdo. Prof. Diego Raver