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    El fomento de la industria aeronáutica

    Sr. Director:

    Hace ya muchos años que los diferentes actores y las entidades aeronáuticas venimos reclamando a las diferentes autoridades, MDN (Ministerio de Defensa), MIEM (Ministerio de Industria, Energía y Minería), CIU (Cámara de Industria), MEF (Ministerio de Economía), Dinacia (Dirección Nacional de Aviación Civil), FAU (Fuerzas Armadas), CUIA (Cámara de Industria Aeronáutica), despachantes de Aduana y otros, el cumplimiento correcto de la Ley 9.977/40, art. 1, de fomento aeronáutico, y su decreto reglamentario 196/17, en este gobierno y los tres anteriores.

    Esta ley estaba pensada con el fin de fomentar la industria aeronáutica, con exoneraciones tributarias para la aviación civil y también para la aviación militar. Esta ley ha sido mal interpretada por técnicos de la DGI, Dpto. Tributario. Por ende, trae perjuicios para la actividad aeronáutica (costos económicos).

    Nosotros creímos que este gobierno arreglaba el problema con la Ley 20.212/23, art. 122, pero no fue así. Se sigue violando la ley… Y se comete un presunto delito de estafa continuada por años (asesorado por abogados expertos del derecho aduanero y aeronáutico). La violación a esta ley hoy significa, entre otras cosas, aumento del contrabando.

    Con la reciente inauguración de aeropuertos nacionales (que quedaron precioso), se sigue notando la falta de aviones en las plataformas, por falta de motivación y fomento e inversión aeronáutica, que esta ley dispuso en el año 1940 y no se ha derogado y sigue vigente.

    Y por lo antes mencionado y agotadas las instancias de comunicación, como se menciona arriba, es que dirigimos la presente petición al Pdte. de la ROU, bajo el art. 30 de la Constitución.

    Montevideo 17/3/2024

    Sr. presidente de la ROU, Dr. Luis Lacalle Pou:

    Por la presente me remito a Ud., y fundo mi derecho en los arts. 29 y 30 de la Constitución de la República, en virtud de que no hemos tenido quién nos comprenda sobre el tema del incumplimiento de la Ley 9.977 /40 y su decreto reglamentario 196/17.

    ¿Dónde está el problema del incumplimiento? En el MEF, DGI, existe una ?Cdra. B.M. que no cumple con las exoneraciones y no cumple con las leyes o decretos especificados más arriba y por ende solicitamos inmediata destitución funcional. Además, la mencionada Cdra. ha tenido más de un problema con actores aeronáuticos por el tema.

    La exoneración de impuestos en la aeronáutica (Ley 9.977/40) es fundamental para el desarrollo de la industria. Si Ud. aprobó la privatización de aeropuertos, se necesitan aviones para que estos se sigan desarrollando y se puedan usar.

    En definitiva, se necesita que se cumplan lo siguiente: Ley 9.977 del 5/12/1940, art. 1, y el decreto 196/17 del 24/7/2017 y la Ley 20.212/23, art. 122, para el desarrollo comercial de la Industria Aeronáutica, para que vengan nuevas aerolíneas e inversiones al país, para que tengamos más industria aeronáutica, pujante, comercial y nacional y se puedan usar los preciosos aeropuertos nacionales.

    Cnel. Met. (R.) Rdo. Diego Ravera G.

    Pdte. de CUIA