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    El voto de los uruguayos en el exterior

    Sr. Director:

    Con referencia a la carta del Sr. Gastón Pioli de fecha 6.10.2016, pág. 79 de Búsqueda Nº 1.887 y el disparate que le oí decir a Tabaré Vázquez en televisión, decidí hacer el comentario siguiente.

    Primero, mi reconocimiento y felicitaciones al Sr. Gastón Pioli por la ilustrada nota, a la cual no le quito ni una coma y le recomiendo a Vázquez que la lea y relea así se instruye del tema del título.

    Escuché a Vázquez expresar: “… el derecho que tenemos los residentes en nuestro país a votar, debiera ser de justicia extenderlo para todos los uruguayos que residen fuera de nuestro territorio”, sic (el subrayado es mío).

    De Vázquez se dice que es un gran médico oncólogo. Carezco de conocimientos y no tengo razones ni para afirmar ni tampoco para negar eso. No opino de lo que no sé.

    Pero da lástima que Vázquez (6 u 8 años menos anciano que yo, pues tengo 82), se parezca cada día más a Mujica, lengua muy larga y orejas muy pequeñas y este, fracasado guerrillero, con su ordinario, resaltado y permanente “taa”, sus “muéramos y puédamos”, en vez de muramos y podamos y etc., etc., que en su momento le valió de parte del propio Vázquez el calificativo de “estupideces” por lo que él (Mujica) decía.

    Es penoso y triste que el oncólogo presidente no tenga un buen conocimiento de la semántica y confunda el significado de las palabras y, con ello, modificar el sentido de ideas, frases e incluso y más grave, deformar y torcer conceptos de la mismísima Constitución.

    Veamos, cuando Vázquez dice: “El derecho que tenemos los residentes en nuestro país a votar…”, no sé de dónde sacó Vázquez que tenemos derecho. Vázquez: tener derecho es la facultad natural que todos sin excepciones poseemos ad líbitum de hacer y de no hacer, entera y cabalmente, todo aquello que se nos dé la gana, siempre que la ley lo prohíba y la fuerza ajena no nos lo impida. Por tanto, es obvio, es axiomático, que no tenemos derecho, porque el que desea no votar es castigado con una pena que consiste en una multa que debe pagar. Con esto, queda demostrado que el residente en nuestro país no tiene y carece de derecho a votar, pues se le impone el voto obligatorio y obligación, Vázquez, es todo aquello que debe ser cumplido, sí o sí, sin ninguna libertad de otra opción, nos guste o no nos guste. Derecho no es sinónimo de obligación, y una cosa elimina y anula a la otra.

    Es un absurdo lo dicho por Vázquez, que lo empeora al agregar: “… debiera ser de justicia extenderlo para todos los uruguayos que residen fuera de nuestro territorio”. Estoy de acuerdo con que hay que hacer justicia, pero no la justicia de Vázquez, de querer igualar a los desiguales.

    Me explico: quedó demostrado que el residente no tiene derecho a votar o a no votar, sino que debe cumplir la obligación de votar; ergo, justicia sería obligar, sí Vázquez, ¡obligar, a todos aquellos uruguayos y uruguayas! Residentes en el exterior y repito a todos sin excepción y aquel que reside en la Cochinchina u otro en Calamuchita y no votan deberán ser castigados de la misma manera que el residente en nuestro país que no vota. Derechos y obligaciones para todos es justicia, Vázquez, privilegios para algunos es una reverendísima injusticia.

    Vázquez debió decir en televisión: “La obligación que tenemos los residentes en nuestro país a votar, debiera ser de justicia extenderla para todos los uruguayos que residen fuera de nuestro territorio”.

    Pero, tampoco ahí termina el tema, pues los de “afuera” que no son iguales son igualados por ajuste y aquí se les concede un privilegio que invade, incluso, lo ético.

    Desde hace 32 años cuento con la ciudadanía española y cuando hay elecciones en España recibo desde Elgoibar (Guipúzcoa) todas las listas de votación. Tengo derecho a votar (no es obligatorio hacerlo) y nunca voté y jamás lo haré. Para mi conciencia y razón no es ético que vote desde “afuera” (ventaneando a miles de km de la península) y tal vez decidiendo que “aguanten y sufran” los de “adentro”.

    Mejor que yo, lo precedente, lo trata admirablemente en su carta el Sr. Gastón Pioli, cuando expresa: “… los ciudadanos que no residen en el país no deben votar, de acuerdo con la voluntad constitucional, los ciudadanos que no cumplan con el requisito de vecindad, o que no estén inscriptos en el Registro Cívico, sea porque nunca lo estuvieron o porque su nombre fue depurado al no sufragar en un determinado número de elecciones, han perdido el ejercicio del derecho al voto. No debería permitirse el voto de aquellos que vienen a votar el día de las elecciones y luego retornan a su lugar de residencia, porque al hacerlo se está cometiendo una grave infracción constitucional. La falta de controles no justifica ni habilita la comisión de una falta o un delito electoral. Y pensamos que la Corte Electoral debería de tomar cartas en el asunto”. Sic. Si no fuera porque estamos en una república bananera (sin plátanos) la Corte Electoral debería tomar nota sobremanera de los cinco renglones que precedan y evitar hechos anticonstitucionales como los denuncia el Sr. Pioli. Finalizo este comentario con el último párrafo (no tiene desperdicio) del citado señor: “No parece ético venir al país por 24 horas y contribuir a tomar decisiones que pueden modificar, durante por lo menos cinco años, la vida de la gente que aquí vive, cuando en contrapartida el votante no se arriesga a permanecer y compartir los resultados de esas decisiones”. Sic.

    Saludo al Sr. Director

    Esteban G. Los Santos

    CI 956.521-7