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La Ley de violencia hacia las mujeres basada en género, aprobada a fines de 2017, establece un ambicioso sistema de protección para las mujeres víctimas de violencia, también en el ámbito laboral. Si bien los empresarios no son contrarios al “espíritu” de la norma, se muestran preocupados por un conjunto de medidas que buscan asegurar la permanencia en el trabajo de las mujeres víctimas de violencia, pero que, en los hechos, implica una exigencia muy fuerte y un costo adicional “realmente monstruoso”, que castiga sobre todo a las micro y pequeñas empresas.
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“Tenemos muy claro que hay que ayudar a las mujeres cuando viven situaciones de violencia. Lo que nos preocupa es por qué las empresas tienen que asumir un costo adicional en términos de licencia y de pagar jornales y despidos especiales”, dijo Elvira Domínguez, quien representa las cámaras empresariales ante el Consejo Nacional de Género.
La empresaria planteó la preocupación el viernes 22 durante la primera sesión anual del Consejo Nacional de Género, que presentó un balance de gestión del grupo de trabajo integrado por organismos del Estado, la academia y organizaciones de la sociedad civil para garantizar la equidad de género en la sede de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP).
Los empresarios consideran que “el dispositivo” de medidas legales elegido para solucionar el tema de la violencia contra la mujer en el ámbito de trabajo fue un “error” que se coló en su articulado, dijo Domínguez.
Por eso, la también directora representante de las empresas en el Banco de Previsión Social (BPS) reclamó durante la sesión del Consejo analizar una “salida más positiva, sin castigar a las empresas”. Especialmente, planteó proteger a las micro y pequeñas empresas —que son el 97,5% del total de Uruguay—, con menos de 20 trabajadores en planilla.
Los empresarios consideran que “el dispositivo” de medidas legales elegido para solucionar el tema de la violencia contra la mujer en el ámbito de trabajo fue un “error” que se coló en su articulado, dijo Elvira Domínguez.
“La mitad de las empresas tienen como titulares a mujeres, que muchas a su vez son víctimas de violencia. Entonces tiene que hacerse cargo de una situación que ocurre fuera de su ámbito de control”, planteó la empresaria del sector gastronómico. De hecho, en los sectores de la industria, el comercio y el agro casi el 50% de los titulares de empresas son mujeres.
Si bien consideró que “frente al acoso sexual o laboral, el empresario tiene que hacer algo”, enseguida sostuvo: “Pero, ¿qué puede hacer en el domicilio de una mujer que sufre violencia de género y donde no puede hacer nada para mitigar el daño?”. Sin embargo, “el empresario tiene que pagar las consecuencias”, afirmó.
“El costo es realmente monstruoso, por tratarse de la máxima indemnización prevista para las empresas, equiparable al de una trabajadora embarazada”, aseguró Domínguez a Búsqueda. La empresaria dijo haber percibido el tema “recién” en enero y lamentó no haber intentado corregirlo durante la etapa de redacción de la ley. “Fue un error que se pasó, y ahora habrá que subsanarlo por otra ley o vía reglamentaria, porque esto condena a las empresas que trabajan con pocas personas”.
Domínguez planteó que debe financiarlo la sociedad en su conjunto. Informó, no obstante, que “de momento, no han llegado oficios o notificaciones” a las empresas.
Votada en diciembre de 2017, la Ley Nº 19.580 unifica todos los conflictos derivados de los asuntos de género —violencia doméstica, abuso sexual, divorcios, tenencias— en juzgados especializados (Búsqueda Nº 1.974).
Las disposiciones que afectan al sector empresarial están centradas en su artículo 40, que garantiza un conjunto de derechos para las mujeres víctimas de violencia basada en género, con el objetivo de asegurar su permanencia en el trabajo.
Allí se establece que las mujeres recibirán el pago íntegro de su salario o jornal el tiempo que conlleve la asistencia a audiencias, pericias u otras diligencias administrativas o judiciales. También tendrán derecho a licencia extraordinaria con goce de sueldo por 24 horas a partir de la presentación de la denuncia, prorrogables por igual período para el caso en que se dispusieran medidas cautelares. Además, tendrán derecho a flexibilizar y cambiar su horario o lugar de trabajo, siempre que esto sea posible y lo solicite. Ninguna medida de protección ante una situación de violencia basada en género afectará su derecho al trabajo y carrera funcional o laboral, ni su estabilidad en su puesto de trabajo.
Por un plazo de seis meses a partir de la imposición de las medidas cautelares, las mujeres tampoco podrán ser despedidas. De serlo, el empleador deberá abonarles un importe equivalente a seis meses de sueldo más la indemnización legal correspondiente.