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Más liberación anticipada y tribunales de drogas para adictos, entre los mecanismos para descongestionar cárceles
Tanto el plan de seguridad como la reforma del CPP incluyen medidas para que privados de libertad salgan antes de la cárcel y menos personas vayan presas
Módulo 2 de la cárcel de Santiago Vázquez (antiguo Comcar).
El plan de seguridad que presentó el gobierno y el proyecto de ley de reforma del Código del Proceso Penal (CPP) —elaborado por un grupo asesor técnico y enviado al Parlamento para su análisis— incluyen medidas para revertir el crecimiento sostenido de la población penitenciaria. El aumento de presos es una tendencia que fue advertida en los últimos años por los informes anuales de la Oficina del Comisionado Parlamentario Penitenciario como uno de los principales problemas estructurales del sistema.
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En un contexto de hacinamiento en varias cárceles y de alta reincidencia (casi siete de cada 10 vuelven a delinquir en un plazo de tres años después de ser liberados), se proponen cambios normativos y mecanismos para “racionalizar el uso de la cárcel”, como se concluyó que era fundamental en el Libro blanco de la reforma penitenciaria que se elaboró durante el gobierno de Luis Lacalle Pou, con apoyo del Banco Interamericano de Desarrollo.
Ahora, el Plan Nacional de Seguridad del gobierno de Yamandú Orsi incluye entre una de las líneas estratégicas “reducir la saturación y las ineficiencias del sistema” y como una de las disposiciones propone fortalecer el uso de las medidas alternativas a la prisión. Esta acción plantea abarcar un “portafolio integrado” de opciones, “incluyendo sanciones comunitarias, programas de supervisión en comunidad y esquemas de derivación a dispositivos especializados”, sujetas a “reglas claras, trazabilidad y consecuencias ante el incumplimiento”, dice el documento.
Una apuesta es la incorporación progresiva de la justicia restaurativa como forma de reparar el daño y de responsabilizar al infractor sin encarcelamiento. Sobre su uso, el plan advierte que “exige estándares homogéneos para la selección de casos, garantías de seguridad y protección para las víctimas”, además de un seguimiento efectivo del cumplimiento de los acuerdos, para evitar “su uso indiscriminado” o meramente para descomprimir el sistema.
En el capítulo dedicado al narcotráfico, se propone la creación de tribunales de drogas como una respuesta judicial alternativa a la cárcel, con tratamiento supervisado, para determinadas personas cuyo delito está vinculado al consumo problemático de estupefacientes. El objetivo es romper el ciclo entre la adicción y la reincidencia y, al mismo tiempo, “aliviar la carga del sistema de Justicia penal”, permitiendo reasignar recursos hacia la persecución de “mercados ilegales de mayor daño”.
Esta acción, según se reconoce, tiene un costo económico medio, porque exige recursos relevantes para la supervisión y los servicios de tratamientos asociados, y un costo de gestión alto, porque requiere coordinación sostenida y reglas comunes, por ejemplo, en relación con la elección de las condiciones que deberían cumplir las personas para derivarse.
El último comisionado parlamentario penitenciario, Juan Miguel Petit, planteaba como una “carencia”, ya en 2019, que en Uruguay no existiera la justicia terapéutica. Lo consideraba un atraso porque ya existían experiencias piloto exitosas en otros países como Argentina. En 2025 el diputado colorado Rodrigo Martínez Ruiz presentó un proyecto de ley al respecto, que volverá a presentarse este viernes 10 de abril con un panel internacional en la antesala de la Cámara de Representantes.
Por otro lado, según se indica en el plan de seguridad, el gobierno pretende algunos cambios normativos, como volver a incluir en la legislación la suspensión condicional del proceso, una herramienta que fue derogada en 2020 a través de la Ley de Urgente Consideración (LUC) y permitía suspender un proceso penal contra una persona sin que forme parte de los antecedentes a cambio de cumplir con determinadas condiciones. Este punto es una de las modificaciones, propuesta por el grupo de expertos que elaboraron el proyecto de reforma del CPP, que van a analizar los legisladores.
Para el gobierno, la suspensión condicional del proceso debería habilitarse para “infracciones de baja lesividad” y también sería necesario hacer un “uso excepcional” de la sustitución de la prisión en situaciones de “vulnerabilidad acreditada”, a partir de un “marco normativo ajustado y criterios claros”. Por ejemplo, para mujeres con hijos bajo su cuidado. “La acción busca ordenar los flujos judiciales y penitenciarios, reducir el uso innecesario de la privación de libertad y alinear la política criminal con los fines constitucionales de rehabilitación y reinserción social”, establece el texto.
Entre otras medidas orientadas a descomprimir el sistema, el texto de reforma del CPP propone modificaciones a la regulación del principio de oportunidad, que habilita a los fiscales a no iniciar una persecución penal por algunos delitos. La normativa actual establece como una de las causales que sean de “escasa entidad” y “que no comprometan gravemente el interés público”, a menos que la pena mínima supere un año de privación de libertad. Los expertos proponen aumentar el plazo a dos años. En la práctica, esto haría que menos personas sean perseguidas penalmente y por tanto se evite que sean condenadas.
Beneficios durante la ejecución de la pena
El plan de seguridad establece que debería ampliarse el régimen de redención de pena por trabajo o estudio, que permite que las personas mientras están presas puedan realizar actividades educativas o laborales a cambio de reducir el tiempo en prisión.
En el mismo sentido, la iniciativa para modificar el CPP establece de forma clara en el texto propuesto que las personas condenadas a través de acuerdos abreviados con la Fiscalía no pueden estar impedidas de acceder a “libertades o institutos propios del cumplimiento o la ejecución de la pena”, como lo son la redención de pena por trabajar o estudiar o la libertad anticipada. En los hechos, esto se encuentra limitado a partir de una modificación del CPP de 2018 que generó diversas interpretaciones de la normativa entre los jueces, y parte de los magistrados lo niegan en casos de acuerdos abreviados, que es la forma en la que se resuelven la casi totalidad de los procesos penales.