• Cotizaciones
    lunes 13 de abril de 2026

    ¡Hola !

    En Búsqueda y Galería nos estamos renovando. Para mejorar tu experiencia te pedimos que actualices tus datos. Una vez que completes los datos, tu plan tendrá un precio promocional:
    $ Al año*
    En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] o contactarte por WhatsApp acá
    * Podés cancelar el plan en el momento que lo desees

    ¡Hola !

    En Búsqueda y Galería nos estamos renovando. Para mejorar tu experiencia te pedimos que actualices tus datos. Una vez que completes los datos, por los próximos tres meses tu plan tendrá un precio promocional:
    $ por 3 meses*
    En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] o contactarte por WhatsApp acá
    * A partir del cuarto mes por al mes. Podés cancelar el plan en el momento que lo desees
    stopper description + stopper description

    Tu aporte contribuye a la Búsqueda de la verdad

    Suscribite ahora y obtené acceso ilimitado a los contenidos de Búsqueda y Galería.

    Suscribite a Búsqueda
    DESDE

    UYU

    299

    /mes*

    * Podés cancelar el plan en el momento que lo desees

    ¡Hola !

    El venció tu suscripción de Búsqueda y Galería. Para poder continuar accediendo a los beneficios de tu plan es necesario que realices el pago de tu suscripción.
    En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] o contactarte por WhatsApp acá

    Gas Sayago consiguió una victoria ante la brasileña OAS en la Justicia y cobrará garantía por US$ 9 millones

    Un Tribunal de Apelaciones revocó un fallo de primera instancia que complicaba el afán del gobierno de recuperar parte del dinero invertido en el fallido proyecto de la regasificadora. La sentencia del Tribunal Civil de 7º turno, firmada el 24 de abril y a la que accedió Búsqueda, dio la razón a Gas Sayago —una sociedad anónima creada por Ancap y UTE— en su disputa con la brasileña OAS y la habilitó a cobrar una garantía por incumplimiento de contrato que ronda los US$ 9 millones.

    En primera instancia un Juzgado de Concurso había declarado nulo el procedimiento de ejecución de garantías de anticipo financiero y de fiel cumplimiento del contrato que Gas Sayago había iniciado con el Banco de Seguros del Estado (BSE), asegurador de OAS. Según la jueza Susana Moll, debido a que la empresa brasileña se encuentra en concurso, Gas Sayago no podía cobrar la garantía de forma extrajudicial sino que debía presentarse como un acreedor más ante el interventor y reclamar sus créditos. No obstante, Gas Sayago apeló y obtuvo una sentencia favorable, aunque los ministros del tribunal votaron divididos y reconocieron que se trataba de una cuestión “muy discutible”.

    La regasificadora fue uno de los mayores proyectos de obra pública impulsados durante el gobierno de José Mujica. Para gestionarlo se creó la sociedad Gas Sayago, que le adjudicó la obra al consorcio GNLS —formado por las multinacionales Gaz de France y Marubeni—. Este contrató a la constructora OAS para ejectuar la obra. Pero a poco de empezar, la brasileña entró en concurso de acreedores tras un escándalo de corrupción en su país y su contrato fue rescindido. De allí derivaron una serie de complicaciones que todavía tienen embretado al gobierno y que motivaron una comisión investigadora en el Parlamento y litigios en la Justicia para determinar quién debe hacerse responsable de las pérdidas millonarias que provocó la caída del proyecto.

    “Un contrato válido y eficaz”.

    Luego de que OAS ingresara en concurso, Gas Sayago inició ante el BSE la ejecución de la garantía que había acordado con la brasileña en caso de incumplimiento del contrato (por un monto equivalente a US$ 6.447.930) y por anticipo financiero (US$ 2.347.278). Pero el interventor del concurso y OAS interpusieron ante el Juzgado una acción de nulidad, alegando que Gas Sayago pretendía cobrar “sumas de dinero en forma por demás ilegítima y en claro perjuicio de los acreedores concursales y no concursales”. OAS contrató a más de 300 empresas uruguayas en el marco del proyecto, y varias se presentaron al concurso para recuperar los créditos impagos.

    La jueza de concurso hizo lugar y ordenó interrumpir el cobro de las garantías. Pero Gas Sayago, patrocinada por el estudio Posadas, Posadas & Vecino, reclamó que la decisión lesionaba “la seguridad jurídica, al comercio y al país”. Sostuvo que “ni el juez ni el interventor pueden impedir la ejecución de una garantía otorgada por un tercero que será pagada por un tercero, que se pretende ejecutar contra un deudor contumaz extranjero que no honró sus obligaciones”. La decisión judicial podría provocar “que no se otorguen más garantías a primera demanda en nuestro país”, advirtió. Argumentó además que el crédito reclamado no era contra el deudor concursado (OAS), sino contra la aseguradora (BSE).

    El interventor replicó que el fallo judicial resolvía una cuestión “inherente al concurso”, por lo que no era apelable, y afirmó que si Gas Sayago pretendía “ejecutar la garantía extrajudicialmente cobraría pasando por fuera del concurso, lo que es un atentado contra la igualdad de los acreedores”.

    El tribunal, con los votos del ministro Edgardo Ettlin (redactor) y Beatriz Tommasino, decidió revocar la sentencia. La ministra Cristina Cabrera, en cambio, estuvo de acuerdo con los argumentos de la jueza y votó a favor de mantenerla.

    Según la sede, “dar pábulo a la demanda de nulidad que se pretende sería desconocer la existencia de un contrato a cuya formación dio origen en su momento la empresa concursada, justamente para garantizar una cobertura por incumplimiento ante toda circunstancia, inclusive ante un futuro concurso”. Además, “mediante la ejecución de las garantías de cumplimiento a primer requerimiento, Gas Sayago no está cobrando por fuera del concurso, sino en forma indiferente a él”, por cuanto quien debe pagar es el BSE.

    La sede señaló por otra parte que “debería preocupar obstaculizar un contrato válido y eficaz, como también un poderoso instrumento de seguridad jurídica comercial”. Y añadió que la nulidad de ejecución dispuesta por la Justicia “puede comprometer mortalmente la utilidad de esta clase de negocios”. En caso de acogerse, advirtió, “es condenar las garantías no solo al fracaso, sino a un rigor innecesario”.

    Noticias relacionadas

    Jara y exdirectivos de regasificadora indagados