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    Grado cinco en Derecho Laboral cuestiona al TCA por habilitar a sindicatos minoritarios a participar en la negociación colectiva

    Hugo Barreto considera que ese tribunal hace una interpretación “absurda” que evidencia un “desconocimiento absoluto”

    La unidad es una de las marcas de identidad más fuertes del sindicalismo uruguayo. El caso del PIT-CNT suele ser elogiado por sindicalistas extranjeros y representantes de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que visitan Uruguay y también los dirigentes locales suelen alimentar esa épica, que está incluso resumida en una frase que usan como eslogan: “Un solo movimiento sindical”. Sin embargo, si se hila fino, la unidad sindical uruguaya ya no es estrictamente cierta.

    Aunque son expresiones muy minoritarias, en los últimos años empezaron a conformarse gremios alternativos a los que integran el PIT-CNT. El pasado jueves 8, el experto en Derecho Laboral Hugo Barreto advirtió sobre algunos avances logrados por estos sindicatos. El encuentro tenía como objetivo analizar la judicialización de las ocupaciones a través de acciones de amparo (Búsqueda Nº 2.033). Barreto, sin embargo, amplió el foco y dedicó un pasaje de su intervención a analizar otro fenómeno que consideraba “más riesgoso y complejo”.

    El motivo de su preocupación es la posición del Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) mediante la cual algunos sindicatos minoritarios de empresas públicas lograron que se les reconocieran sus derechos. En su opinión, los pronunciamientos del tribunal tienen aspectos “absurdos” que dejan en evidencia “un absoluto desconocimiento” de los jueces del organismo sobre la negociación colectiva.

    Barreto es profesor titular y grado cinco de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República, y dirige el Instituto del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. En la última elección universitaria peleó por el decanato de la facultad. En paralelo, se desempeñó en este período de gobierno como asesor del ministro de Trabajo, Ernesto Murro.

    ¿Quién negocia?

    La conformación de sindicatos alternativos a los que integran el PIT-CNT sigue en general dos tendencias. Una de esas corrientes es la de mandos medios y profesionales de empresas públicas que, al no sentirse representados por sus sindicatos, decidieron conformar sus propias organizaciones. Así surgieron, por ejemplo, la Asociación de Profesionales y Mandos Medios de UTE (Aprom) y el Centro Integral de Personal de Antel (CIPA), que tienen unos 300 afiliados cada uno.

    La segunda es un poco más amplia y más confrontativa. La Confederación Sindical y Gremial del Uruguay es una organización que nuclea a unos 20 sindicatos con unos 10.000 afiliados. Critican el funcionamiento del PIT-CNT por cuestiones como la incidencia del Frente Amplio —a la que califican como “corrupción política”— o el abuso de los fueros sindicales. Algunos de los principales dirigentes de esta confederación alternativa integran el Movimiento 26 de Marzo.

    Aprom y el CIPA encontraron en el TCA un camino para pelear por el reconocimiento de los Directorios de UTE y Antel. No solo consiguieron acceder a derechos sindicales básicos —como difundir información en la cartelera o el descuento de la cuota por planilla— sino que se los habilitó a participar en los ámbitos de negociación.

    El artículo 14 de la ley de negociación colectiva (Nº 18.566) indica que si existe más de una organización de trabajadores, y no hay un acuerdo entre ellas, “la legitimación para negociar se le reconoce a la organización más representativa”. El TCA, sin embargo, interpretó en el caso de Aprom que ese texto se refiere al momento de la “suscripción del convenio colectivo” pero no a “todo el proceso”.

    “Nuestro sistema jurídico se caracteriza por la pluralidad sindical y, en consecuencia, los referidos derechos de sindicalización y negociación colectiva no son patrimonio exclusivo de la organización más representativa sino que corresponden a todas las organizaciones colectivas legalmente constituidas”, argumentó el TCA (Búsqueda Nº 1.941).

    Para Barreto, ese pronunciamiento es “un absurdo” porque el derecho a la negociación colectiva es “global y completo” y esa interpretación rompe con “la coherencia interna de la norma”.

    “Vean ustedes lo ilógico que puede ser esto de participar en el proceso pero no suscribir el producto. La negociación colectiva y el convenio colectivo son un continuo. El TCA mostrando un absoluto desconocimiento de la realidad jurídica y social de la negociación colectiva parte este proceso y dice que estas organizaciones pueden negociar pero no pactar”, cuestionó.

    Barreto entiende que los sindicatos minoritarios “tienen una cantidad de derechos”, pero la negociación colectiva no es uno de ellos. En ese caso se da un “solapamiento” y le corresponde participar al sindicato más representativo. Algunos puntos de estas discusiones, señaló, no están “suficientemente previstos” por las normas. Como un ejemplo, dijo que no está establecido “cuál es el organismo competente” para determinar el sindicato más representativo. Sí, en cambio, están claros los criterios para hacerlo en la ley: antigüedad, continuidad, independencia y número de afiliados.

    El caso de Aprom tuvo esta semana un nuevo capítulo. El gremio, según informó El País, decidió hacerles una denuncia penal a cuatro directores de UTE por entender que desconocieron el fallo del TCA y les impidieron participar en la negociación de la reestructura de la empresa.

     

    Recuadro de la nota

    Un posible “golpe” a la ocupación el 2 de marzo