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Al tiempo que las mutualistas reclaman que el Poder Ejecutivo dé luz verde a un proyecto de ley por el que se liberarían fondos para invertir en el desarrollo de la historia clínica electrónica, el gobierno emitió un decreto con especificaciones sobre esta herramienta. El decreto establece la obligatoriedad de que todos los prestadores de salud, públicos y privados, lleven una historia clínica electrónica de cada usuario. El objetivo planteado es llegar al año 2020 con el 100% de las instituciones con la historia clínica electrónica incorporada en al menos tres áreas: emergencia, ambulatorio e internación.
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En la norma, firmada por el presidente Tabaré Vázquez el 31 de agosto, se señala que los datos consignados en la historia no podrán ser utilizados en forma nominada para otros fines que no sean los asistenciales. La historia clínica deberá contener toda la evolución del estado de salud de una persona, desde su nacimiento hasta su muerte, e incluir toda la información referente a los procedimientos, sean diagnósticos o terapéuticos, que se indiquen al paciente. El decreto habilita el cruzamiento de información entre distintas instituciones sobre la situación sanitaria de los pacientes. En ese sentido se prevé la creación de la Plataforma de Historia Clínica Electrónica Nacional “con el objetivo de asegurar la continuidad asistencial a través del acceso y consulta de la totalidad de los documentos clínicos electrónicos de una persona”.
Las mutualistas apuestan al proyecto de ley impulsado por el propio Ejecutivo, pero que está trancado en el Parlamento, para completar el proceso de digitalización de las historias clínicas. De acuerdo con cálculos realizados por asesores del sistema mutual de Montevideo, se necesitan unos US$ 80 millones para encauzar la recta final de la digitalización de las historias.