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    La eutanasia II

    Sr. Director:

    Se trata sin duda de uno los asuntos más trascendentes que enfrenta la sociedad actual.

    No pretendo hoy discutirlo, pero sí plantear algunos presupuestos que son imprescindibles para abordar con claridad el tema.

    De tantas notas escritas por prestigiosos opinantes, solo trataré dos, pero se aplican a todos los demás.

    En el ejemplar del 6/8, pág. 44, el Dr. Justo Ongay, que nos priva del derecho de saber su profesión para ajustar la respuesta, (aunque a juzgar por algunos conceptos debe ser médico) destaca algunos puntos que juzgo útil precisar.

    Dice que sería un obstáculo para realizar la eutanasia el que esté sancionada por el Código Penal. Pues bien dicho Código es una ley, y por lo tanto, de aprobarse el proyecto actual, derogaría la actual tipicidad (1).

    Alude después al Código de Ética médica. Descuento en el opinante su estricto apego a normas deontológicas. Pero indicaré que ningún código de ética puede prevalecer sobre las leyes.

    Por último, alude al juramento hipocrático (2). No encuentro en él nada al respeto del tema, salvo cuando dice: “No administraré veneno alguno”. En tal caso creo que la administración de la morfina no puede calificarse de veneno porque de otra forma no se indicaría nunca por ningún médico, cuando podría decirse que se hace diariamente, prescribiéndola como parte de otra droga. por ejemplo el demerol o el tramadol. Obviamente en este punto doy la derecha a los dos columnistas en su carácter de –supongo– galenos.

    Tengo entendido que la morfina es simplemente un remedio con fines analgésicos. Y agrego que la admonición hipocrática no puede prevalecer sobre las leyes de la República.

    Y al final comete una clara exageración cuando refiere a que, de aprobase la eutanasia, habría un temor de la gente a consultar a un galeno porque “podría llegar a matarlo”.

    En fin, reitero que, más allá de sus errores, el remitente actúa con toda buena voluntad.

    Otro, el Dr. Francisco Esteves Carriso –que también nos priva del derecho de saber su profesión para ajustar las respuestas–, luego de efectuar consideraciones compartibles sobre la posmodernidad alude a favor de su tesis al “no mataras” (3) que dice es una especie de cosmovisión judeocristiana, que indica un faro de nuestra civilización occidental.

    Bueno, en realidad la admonición surge del Decálogo, y la utiliza Jesús – obedeciendo a la ley mosaica– para darle su verdadero sentido (4).

    En su sano fervor de negar la procedencia de la eutanasia, indica que “la vida es el primer derecho humano” …y el segundo, la libertad individual. No sé si se refiere al artículo 7 de la Constitución, porque este no otorga ningún derecho siguiendo a la corriente jusnaturalista, sino el derecho a ser protegidos en el goce de los mismos, pues esos derechos preceden a las Constituciones, dado que surgen del Derecho Natural (5).

    Dice al fin que sus maestros le enseñaron la máxima de Hipócrates “primun nil nocere”: Aquí confunde al lector común porque debería utilizar el castellano según el cual el esotérico termino es simplemente “lo primero es no hacer daño”, con lo cual desarrolla una petición de principios, es decir que la eutanasia es un daño.

    Bueno pues, el distinguido autor de la nota debería admitir que ese es el centro de la discusión en tanto los defensores del proyecto de ley juzgan que lo que es un daño es permitir la tortura de los sufrimientos de un enfermo terminal.

    ————————————————-

    Como en el principio dije, por ahora no daré mi opinión, pero diré que creo que la mayor legitimación para tratar el tema pertenece a quienes sufrieron en un familiar cercano las agonías de su proceso final.

    Yo la tengo.

    Hugo de los Campos

    Doctor en Derecho y Ciencias Sociales

    Ley No. 9.155, de 18 de diciembre de 1933.

    El que en su inicio proclama “Juro ante Apolo, médico, ante Asclepio, ante Higea y Panacea, (…)”

    Libro del Éxodo cap. 20 vers. 13, Mateo 5 vers. 21

    “yo les digo más “cualquiera que se enoje contra su hermano… (ommisis)…será llevado al Tribunal Supremo

    Para su exposición mas profunda ver Recasens Siches en su Tratado General de la Filosofía del Derecho y planteada contemporáneamente por ejemplo por Juan Pablo Cajarville Peluffo en “Los principios generarles en el Derecho …(ommisis)…….” pág. 59 y sgts.