• Cotizaciones
    viernes 05 de junio de 2026

    ¡Hola !

    En Búsqueda y Galería nos estamos renovando. Para mejorar tu experiencia te pedimos que actualices tus datos. Una vez que completes los datos, tu plan tendrá un precio promocional:
    $ Al año*
    En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] o contactarte por WhatsApp acá
    * Podés cancelar el plan en el momento que lo desees

    ¡Hola !

    En Búsqueda y Galería nos estamos renovando. Para mejorar tu experiencia te pedimos que actualices tus datos. Una vez que completes los datos, por los próximos tres meses tu plan tendrá un precio promocional:
    $ por 3 meses*
    En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] o contactarte por WhatsApp acá
    * A partir del cuarto mes por al mes. Podés cancelar el plan en el momento que lo desees
    stopper description + stopper description

    Tu aporte contribuye a la Búsqueda de la verdad

    Suscribite ahora y obtené acceso ilimitado a los contenidos de Búsqueda y Galería.

    Suscribite a Búsqueda
    DESDE

    UYU

    299

    /mes*

    * Podés cancelar el plan en el momento que lo desees

    ¡Hola !

    El venció tu suscripción de Búsqueda y Galería. Para poder continuar accediendo a los beneficios de tu plan es necesario que realices el pago de tu suscripción.
    En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] o contactarte por WhatsApp acá

    La independencia de los fiscales

    Sr. Director:

    El ex presidente Mujica, antes de concluir su quinquenio de primer magistrado, difundió una iniciativa por demás errónea. A saber, colocar a los integrantes del Ministerio Público en situación de dependencia administrativa respecto de la Presidencia de la República.

    Esta idea era inconstitucional e inconveniente. Lo primero, porque como enseñaba Justino Jiménez de Aréchaga, “No hay competencia para un órgano público sin texto (expreso) que la establezca”. A lo que añadía: “Ningún órgano público puede hacer lo que no le ha sido expresamente conferido”. (“La Constitución Nacional”, T.I, ed. del Senado, p. 151).

    Y bien. Siendo que ninguna disposición de la Carta le asigna al Presidente de la República la atribución de ejercer una suerte de tutela administrativa respecto de los señores fiscales, resulta evidente que la idea del anterior presidente, de haberse llevado a la práctica, hubiera sido a todas luces inconciliable con la Carta.

    En cuanto a la inconveniencia, la propuesta “mujiquista”, resultaba de que la Presidencia de la República —órgano unipersonal distinto del Poder Ejecutivo— es políticamente irresponsable ante el Parlamento. En consecuencia, si su sucesor en la primera magistratura del país, el doctor Vázquez, hubiera atentado contra la necesaria independencia técnica de los fiscales en el ejercicio de sus trascendentes funciones, ningún legislador hubiera podido responsabilizar ni llamar al orden al actual presidente por semejante atropello.

    Tras entrar en funciones el nuevo gobierno, su ministro de Educación y Cultura, doctora María Julia Muñoz, emitió una nota desafinada al anunciar que la iniciativa del ex presidente sería llevada adelante mediante el dictado de un decreto. Ello motivó que algún vocero del Ejecutivo aclarara que lo propuesto por Mujica requería la sanción de una ley.

    Lo que hubiera sido menos desarreglado a Derecho, pero de todos modos inconstitucional, por lo que ya expresé anteriormente, siguiendo las enseñanzas del último de los Aréchaga.

    Sea por estas o por las críticas generalizadas con que fue recibida la infeliz iniciativa del ex presidente, lo cierto es que rápidamente no recuerdo cuál vocero del gobierno o integrante del Ejecutivo anunció que el órgano que pasaría a ejercer la tutela o control administrativo del Ministerio Público sería un Servicio Descentralizado.

    Esta idea es menos mala que la que fue desechada, pero no por ello deja de ser inconstitucional y además, tampoco luce por su conveniencia. En efecto, desde que el artículo 185 de la Carta dispone que “Los diversos servicios del dominio comercial e industrial y comercial del Estado serán administrados por Directorios o Directores Generales”, etcétera, va de suyo que un organismo que obviamente no integraría dicho dominio industrial y comercial no podría ser un Servicio Descentralizado.

    Vuelve pues el nuevo gobierno a emitir con su flauta “un sonido estridente”, según la original expresión utilizada por el eminente Martín C. Martínez, en un debate del año 1923 sobre el alcance de los poderes de control sobre los Entes Autónomos, de que era titular el Consejo Nacional de Administración de acuerdo al artículo 100 de la Carta de 1918.

    Pero además de esta clara inconstitucionalidad, lo propuesto es inconveniente, desde que significaría incurrir en gastos innecesarios y, quizás, no menores. En efecto, el Servicio Descentralizado a crearse, cuyo nombre cuesta imaginar, obligaría a designar un Directorio de por lo menos tres miembros, remunerados con sueldos que no serían chirolas.

    Dicho Directorio, por otra parte, debiera tener un secretario y el nuevo organismo, quizás, necesitaría —o no— de un gerente general. Pero lo que sí es seguro es que cada Director tendría uno o más secretarios o secretarias, más su automóvil oficial, cada uno con su respectivo chofer, unos cuantos porteros, asesores letrados y contables, más no menos de cuarenta o cincuenta funcionarios administrativos.

    Habría, así mismo, que alquilar un inmueble más o menos espacioso y contratar un servicio de limpieza, a cargo de una empresa no estatal. “Uséase”, tercerizar dicho servicio. Todo ello más el gasto ocasionado por la adquisición de una computadora para cada funcionario, así como la de una central telefónica, etcétera, etcétera.

    En suma, mientras el ministro de Economía, que hereda un déficit fiscal cercano al 4% del PBI, quiere con razón detener el crecimiento del gasto público, la creación por completo innecesaria de un Servicio Descentralizado para ejercer un control administrativo sobre los fiscales, implicaría un inevitable crecimiento de las erogaciones estatales, no desmedido pero sí perfectamente evitable.

    En definitiva, no existe la mínima necesidad de crear un Servicio Descentralizado para ejercer el control administrativo de los fiscales. Es que este, de acuerdo a la Ley Orgánica del Ministerio Público, está a cargo del Fiscal de Corte y, en parte, del Poder Ejecutivo, que lo cumple por intermedio del Ministerio de Educación y Cultura.

    Dicho contralor se cumple, desde hace décadas, sin el menor inconveniente ni la mínima lesión a la independencia técnica de los señores fiscales.

    Entonces, como surge de un conocido y acertado dicho, “si con caldo vas sanando, caldo sigue tomando”. En otras palabras, si marchamos bien con ese saludable caldito, ¿para qué cambiarlo por otro plato que puede resultarnos indigesto?

    Gonzalo Aguirre Ramírez

    Ex Vicepresidente de la República