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    La reforma de los retiros militares (I)

    Sr. Director:

    Lamentablemente estamos frente a una reforma del Servicio de Retiros que el gobierno repite una y otra vez que es beneficiosa para el soldado, y con un simple análisis matemático se demuestra que no es así. En este análisis, nos vamos a concentrar en los más humildes servidores, los soldados —columna vertebral de las FF. AA., cuya grandeza solo es comparable con su humildad—, a los que todos dicen querer defender.

    En esta reforma se modifican las edades de retiro y los años de servicio necesarios para obtener el beneficio del haber de retiro obligatorio. Con ella, se afectará a todos aquellos que al 28 de febrero de 2019 tengan menos de 15 años de servicio, que son aproximadamente unos 18.500 efectivos, que representan un 67% de las FF. AA.

    En forma medular, la ley establece para el soldado que la edad de retiro será de 48 años (hoy 45); que se necesitarán 22 años de servicio efectivos para el retiro (hoy 20) y su tasa de reemplazo será tantas cuarentavas partes de los años de servicio computados del 85% del promedio de los últimos 5 años de su salario (hoy treintavas partes de su salario).

    No tendrán posibilidades de retiro voluntario (al igual que los cabos), porque con la bonificación propuesta de 6x5 años llegan antes a la edad de retiro obligatorio que a la posibilidad de generar 60 años de edad y 30 años de servicio bonificado requeridos.

    Esto, que parece muy simple y obvio, no lo es tanto una vez que se realizan los cálculos:

    1. Nunca se irán con el 85% propuesto, sino que aquellos que hoy tienen derechos y son alcanzados por la nueva ley (67% de los efectivos actuales), dependiendo de la edad a su ingreso, tendrán las siguientes opciones al cumplir 48 años del retiro obligatorio:

    2. Esto implica que aquellos que hubieran ingresado en la mejor situación, con 18 años, tendrán una tasa de retorno, como máximo, de 76,50%; mientras que los que ingresaron con 26 años, de 55,25%. Los que al ingreso eran mayores de 26 años no generaran haber de retiro.

    3. Por lo tanto, nunca, con estas condiciones, se alcanzará el 85% propuesto.

    Además y, no menos importante, los que ingresaron siendo mayores de 26 años serán dados de baja sin haber retiro cuando cumplan 48 años, debiéndose con esa edad insertarse en el mercado laboral, sin ningún tipo de seguro de desempleo y perdiendo además el derecho de asistirse en el Hospital Militar ellos y sus familias, derecho que hasta esta reforma tenían.

    En cuanto a los sueldos, es conveniente recordar que no están incluidos en el artículo 754 de la Ley 18.719, por el que se fija un sueldo mínimo a la fecha, de $26.620, a cualquier empleado público por 40 horas semanales de labor. Este artículo despeja cualquier duda de que son los sueldos más bajos de la administración, ya que cualquier otro empleado público gana como mínimo esa cifra.

    Todo esto se podría mejorar si se otorgaran, al menos, las mismas condiciones que se les otorgó a los policías, cuya bonificación de años es 7x5 y la tasa inicial de reemplazo para el retiro voluntario es 50% y no 45%. Para los grados más altos, como suele decirse, no afectará sustancialmente, porque al tener nuevas edades de retiro obligatorio más altas (63 años efectivos de edad) tienen una mayor vida laboral y ya llegaban al 85% propuesto sin problemas.

    También se ha manifestado por parte de distintas figuras del gobierno que esta situación se debe a beneficios especiales que vienen de la época de la dictadura. Aquí también me permito discrepar. Al momento del retiro, la ley establecía que uno se retiraba con un determinado porcentaje de los AUMENTOS de los efectivos en actividad. Eso evidentemente en un país con inflación (en los años 80 y 90, con mucha inflación), determinaba que el sueldo real fuera disminuyendo con cada aumento. Solo después de ser reclamado por inconstitucional a la Suprema Corte de Justicia, por la no aplicación del ajuste por Índice Medio de Salarios (IMS) como a todo el resto de los jubilados como se había plebiscitado en 1989, es que se empieza a ajustar por ese índice a partir de 1992.

    Todos somos conscientes de que el sistema previsional debe ser reformado, pero una de las mayores causas del problema es que el gobierno parece no querer entender y asumir que la disminución de efectivos constantes desde 1985 lleva asociado el costo directo del aumento de los retirados, hasta que se llegue a un nuevo punto de equilibrio que llegará por el efecto de las tasas de mortalidad. Por tanto, el déficit que dice cubrir anualmente el gobierno es simplemente la consecuencia de su responsabilidad política y de sus costos directos asumidos, sin mencionar varias leyes votadas para mantener el personal en actividades llamadas comparativas o de recomposición de carrera, de las que ahora parece que nadie quiere asumir su responsabilidad.

    Dejo a que cada lector, saque sus propias conclusiones de si lo que se trasmite a la población es la realidad y si existe algún tipo de discriminación. Solo un análisis serio y sin prejuicios permitirá comprender el problema en forma adecuada, que afecta a los empleados públicos más humildes, peores pagos y los únicos que no tienen voz para reclamar.

    Termino, con una máxima: “La vida exige mucha más comprensión que conocimiento. A veces, las personas, por tener un poco más de conocimiento o creer que lo tienen, se sienten con derecho de subestimar a los demás”.

    Brig. Gral. (Av) Cr. Arturo L. Silva