Herir y no matar al enemigo. Muchos ejércitos y guerrillas emplean esa metodología de combate. No lo hacen, por cierto, con fines humanitarios sino prácticos: un muerto implica una baja, mientras que un herido representa al menos tres bajas, porque el caído debe ser trasladado y atendido.
La Convención de Ginebra de 1899 prohibió el uso de balas no encamisadas, las llamadas dum-dum, expansivas o de punta hueca, que causan una herida más seria. Las municiones más comunes son de tres tipos: encamisadas (FMJ, full metal jacketed), punta blanda (JSP, jacketed soft point) y punta hueca (JHP, jacketed hollow point).
En Uruguay, la ley 10.415, de 1943, dispuso la prohibición total de proyectiles no encamisados. El organismo encargado del contralor es el Servicio de Material y Armamento (SMA) del Ejercito, que vigila el cumplimiento de esa ley pensada en la lógica de la guerra.
Las policías de muchos países, sin embargo, comenzaron a utilizar balas de punta hueca o de punta blanda. Ambos proyectiles tienen dos ventajas sobre los encamisados, en especial en una ciudad: mayor poder de parada y menos rebotes, que a menudo afectan a terceros inocentes.
El proyectil 9 mm normal ya de por sí es un arma de guerra de gran potencia. Sin embargo, el poder de parada es aún mayor con las balas de punta hueca y eso es valorado por los agentes a la hora de enfrentarse a delincuentes bien armados, preparados y decididos.
Los técnicos consultados por Búsqueda indicaron que los proyectiles expansivos son más adecuados para uso policial porque además del stopping power, como el proyectil no encamisado se deforma con más facilidad, no continúa su trayectoria y además, si el tiro no da en el blanco hay menos chances de que una “bala perdida” rebote y lastime a un tercero.
La ley.
Todos esos argumentos de la técnica policial no son de recibo para el senador blanco Javier García, que parte de la base de que en un Estado de derecho antes que nada se debe cumplir con la ley.
García no tiene dudas: el Ministerio del Interior ingresó al menos 750.000 balas de punta blanda “de contrabando” y luego “mintió al Senado” cuando quiso ocultar que el SMA había negado la importación.
En efecto, en la respuesta a un pedido de informes que el ministro Eduardo Bonomi remitió a Garcia el 27 de junio pasado se afirma que “nunca existió una resolución expresa del SMA prohibiendo el ingreso de la munición”.
Según la respuesta firmada por el doctor Charles Carrera, entonces director general de secretaría del Ministerio y hoy senador del Movimiento de Participación Popular (MPP), “lo que hubo, durante un período, es que no se expedía la autorización, lo cual quedó subsanado al dictarse la segunda resolución del Poder Ejecutivo”.
Carrera dijo en la respuesta del Ministerio que “se manejan con suma ligereza los términos ‘ilícito’, ‘insólita’, ‘blanquear’” para descalificar “una legitima resolución del Poder Ejecutivo”.
Mientras Bonomi y Carrera afirmaron que “nunca existió una resolución expresa” del SMA, un compañero de Bonomi en el Poder Ejecutivo, el propio ministro de Defensa Jorge Menéndez, envió a García copia de un informe del 26 de abril de 2016, firmado por el coronel Hugo Rebollo, director general del SMA, en el que se resuelve franquear el ingreso de varios ítems solicitados por Interior “con la excepción de la munición JSP 124 gr. calibre 9 X 19, que no se autoriza por contravenir el marco normativo legal vigente”.
El informe firmado por el coronel Rebollo no deja lugar a dudas de que las municiones JSP adquiridas por Interior en Brasil “presentan características de las municiones prohibidas por normas legales y reglamentarias vigentes”, es decir por el artículo 14 de la ley 10.415 y decretos reglamentarios y que, por lo tanto, son alcanzadas por una “prohibición de rango legal que el órgano de control no puede exceptuar” ni siquiera a la Policía.
Dos meses después de que las balas entraran al país “de contrabando” y mientras se hallaban en un deposito de Interior, el 25 de julio del año pasado, el fiscal de gobierno de 1er Turno Daniel Borrelli opinó que se podría autorizar la importación “en forma excepcional”.
Si bien Borrelli entendió que la ley vigente no permitía el ingreso de las balas expansivas y que la norma no hace diferencia entre particulares y policías, contradice al coronel Rebollo, quien había afirmado que el SMA nunca había autorizado el ingreso de ese tipo de munición en el pasado.
Borrelli sostuvo en su dictamen, en busca de encontrar una solución, que “surgen dudas respecto a lo previsto por el articulo 14 del decreto-ley 10.415 y la redacción dada a los artículos 15 y 16 de la misma norma” y respecto a la legislación, opinó que “sería conveniente aggiornar a los tiempos actuales”.
El fiscal de gobierno opinó que “considerando que la munición objeto de la presente solicitud ya fue adquirida, previo compra directa autorizada por el Poder Ejecutivo, en tanto no se precisa en obrados las posibilidades de deformación de la munición y siempre que la misma no sea utilizada en conflictos internos o internacionales, se podría autorizar su importación, en forma excepcional”.
Con ese informe a la vista, el presidente Tabaré Vázquez estampó su firma en la resolución que legalizó las balas en cuestión “en forma excepcional”. Para ese entonces, ya era 8 de noviembre y habían pasado casi cinco meses desde que la importación se había realizado.
Al mes siguiente, es decir en diciembre, Vázquez firmó un decreto donde se reglamentó la tenencia de armas y se impusieron mayores controles.
El artículo 15 del decreto reglamentario 377 dispone, entre otras cosas, que los proyectiles JSP de deformación controlada “serán de uso exclusivo de la Policía Nacional”.
Según el senador García, este decreto también viola la ley de 1943 y tampoco soluciona el problema para el futuro.
Mientras las 750.000 balas ya están distribuidas entre los policías, para el senador Carreras esta interpretación y decir que Interior ingresó las balas de contrabando “es un reverendo disparate”, porque en realidad “se dejaron en depósito” hasta contar con la autorización. Añadió además que desde 2007 se venían haciendo importaciones de estas balas.
La medicina.
El jefe de la Emergencia del Hospital de Clínicas, Fernando Machado, y otros médicos consultados por Búsqueda, indicaron que hasta ahora la práctica no muestra la presencia de heridos por esa munición no encamisada.
El doctor Gabriel Pompo, que durante años fue jefe de la Emergencia del Hospital Policial, dijo que los médicos uruguayos aún no tienen experiencia en estos casos.
Sin embargo, otro profesional con vasta trayectoria en atención de emergencias dijo que las balas no encamisadas representan un dolor de cabeza extra para los cirujanos, porque provocan “lesiones múltiples”.