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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáDesde el 23/1/22, en que surgió la noticia de una denuncia por “violación grupal” o “violación en manada”, hecho que conmocionó a toda la sociedad, se produjeron diversas reacciones sociales y en los medios de comunicación. Casi inmediatamente de conocerse la noticia, los colectivos feministas organizaron una manifestación bajo la consigna de que “arda todo” y —como en otras oportunidades— la sensación que quedó en la opinión pública fue que estábamos ante un hecho gravísimo, por las características y circunstancias denunciadas. Fue así que la prensa en general y por supuesto las redes sociales “ardieron” como la marcha llevada a cabo, dando por ciertos todos y cada uno de los hechos denunciados. En estos, habrían intervenido, además de la denunciante, tres o cuatro hombres. Hasta aquí la primera versión de los hechos. Comienzan entonces las versiones que matizan y agregan circunstancias: entre los hombres había un menor, el examen médico a que fue sometida la denunciante determinó la existencia de heridas, demostrativas de que en los hechos denunciados estuvo presente la violencia física. En cuanto al examen genital, primero se afirmó que existió violación, luego se matizó dicha afirmación y días después, en un controvertido programa radial, se dieron a conocer audios que ponían en duda una parte de la versión de la denunciante. Concretamente, además de la denunciante, estuvieron presentes tres mayores de edad y un menor. La polémica acerca de si los audios debieron o no hacerse públicos y si ello configuró delito dieron lugar a muchísimas opiniones, técnicas, periodísticas, populares etc. Lo real es que a su tiempo la Fiscalía “formalizó” a los tres mayores de entre 18 y 20 años por “abuso sexual especialmente agravado” y a uno de ellos por el delito previsto en el art. 92 de la Ley 19.580, que penaliza la difusión de material de contenido sexual sin el consentimiento de quien protagoniza los hechos. Sin embargo, en muchos medios de prensa, se siguió hablando del caso de “violación grupal” o “violación en manada”, acicateando así la idea abominable de un ataque colectivo contra una mujer. Pero si la radicalización (en ambos extremos) respecto del papel en la mujer en la sociedad, el patriarcado, los estereotipos de género, el idioma inclusivo y cuánto pueda fogonear una de las tantas “grietas” (que con mayor o menor intensidad existen indudablemente en la opinión pública) se vio acrecentada por el episodio que se analiza, luego de una primera intervención judicial y luego de la difusión de audios que desmentían parcialmente la primera versión de la denunciante, la continuación de la invocación del caso como de “violación grupal” no solo falsea la realidad, sino que cristaliza un hecho que no tuvo la entidad que le adjudicó la denunciante y genera hacia el futuro la idea de que el hecho aberrante realmente ocurrió. En la prensa oral y escrita se pueden citar muchos puntos de vista. Así el portal Perfil, luego de titular que el presidente Lacalle se había pronunciado terminantemente sobre el hecho, transcribe la declaración de la Fiscal actuante en estos términos: “Por su lado, la fiscal del caso, Sylvia Lovesio, explicó a El País: ‘La víctima en este momento está siendo asistida por una psicóloga de la Unidad de Víctimas y Testigos y lo que me decía es que, a menos de 48 horas de haber sido brutalmente abusada, no estaba en condiciones de declarar. Le tengo que dar su tiempo y su espacio para que pueda contar lo que vivió’”. Como se ve, la Fiscalía ya usó la expresión “brutalmente abusada”, lo que condice con la tipificación primaria que hiciera luego en la formalización de los involucrados.
Se podrían reproducir otros contenidos periodísticos, pero lo que creo que importa aquí es la cristalización de una conducta que difiere de la que se está investigando. Que una relación entre una mujer y tres hombres puede distar de ser consensuada y, de hecho, la mujer presenta heridas en su cuerpo que lo demuestran es parte del caso concreto que se resolverá en su ámbito. Queda por ver —extremo que ha desaparecido de los portales de noticias— qué sucederá con el menor de edad. Lo que creo que es cuestionable es que se siga hablando de “violación” cuando los hechos (audios incluidos) por lo menos ponen una cuota de duda sobre la primera versión que —naturalmente— provoca una reacción de rechazo y condena sin atenuantes. La última manifestación de esta tendencia a seguir llamando al incidente por lo que no fue se constata en el artículo de Ma. Inés Fiordelmondo (Galería, pág. 24, ejemplar que se editó con el No 2.161 de Búsqueda), cuando expresa: “Algo pasó este mes. En la noche del 23 de enero, una mujer fue violada por varios hombres”. Cualquiera que sea la responsabilidad del periodista que difundió lo audios, de uno de ellos se desprende claramente que hubo una relación consentida con más de un hombre. Si luego —por razones que surgirán del expediente penal— se produjeron hechos que desembocaron en la imputación de un delito (que no es el de violación), no parece adecuado seguir hablando de violación. No se trata aquí de defender ni mucho menos justificar ni condenar “a priori” la conducta de los intervinientes (incluyo en “la conducta de los interviniente” a todos ellos, la mujer protagonista, la amiga que aparentemente esperaba fuera del edificio y la intervención de los varones), se trata simplemente de exhortar a que no se siga hablando de violación grupal, por la connotación que para la discusión sana y constructiva que debe generarse en la sociedad alrededor del papel del hombre y la mujer en el mundo del siglo XXI no se vea opacada por el uso indiscriminado de palabras que tienen un fortísimo impacto comunicacional y que en nada ayudan a buscar los caminos que conduzcan a una convivencia pacífica. Es de esperar que la dilucidación final del caso tenga tanta cobertura mediática como el comienzo de este lamentable episodio, donde además —cosa que no ha quedado claro— el papel del alcohol u otras sustancias también debe haber jugado un rol determinante para que sucediera lo que sucedió (cualquiera sea el contenido que logre probarse) entre una mujer de 30 años y dos o tres hombres de 18 o 19 años… y un menor de 17. Como sociedad, no podemos seguir hablando de lo que —aparentemente— no sucedió. Cuando quede firme la sentencia (cualquiera sea su contenido), recién ahí, podremos llamar a las cosas por su nombre. Antes no.
Enrique Machado Uriarte