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El artículo 116 de la última Rendición de Cuentas obligó a las empresas portuarias a garantizarle a su personal un mínimo de 13 jornales al mes. Ese es un viejo reclamo del Sindicato Único Portuario y Ramas Afines (Supra) para brindar estabilidad a los trabajadores eventuales y, a su vez, una medida resistida por las empresas del sector, que sostienen que genera sobrecostos, pérdida de competitividad y puede incluso terminar perjudicando la actividad y el empleo.
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A raíz de la controversia, apenas unos meses después de su aprobación, el gobierno prorrogó su aplicación a través de una nueva ley. La ley Nº 19.578 de diciembre de 2017 postergó la entrada en vigencia del artículo 116 de la Rendición de Cuentas hasta el 30 de abril de este año y creó un ámbito de negociación para “explorar alternativas” en el Ministerio de Trabajo.
Esas negociaciones entre gobierno, empresarios y trabajadores se dieron por terminadas la semana pasada, sin encontrar un acuerdo. Según publicó El Observador el lunes 5, los empresarios transmitieron al gobierno su posición final: que el Ministerio de Trabajo recomiende al Poder Legislativo “la derogación, sin más, del artículo 116 de la Rendición de Cuentas”.
El 28 de febrero, luego de recibir ese planteo de los empresarios, las autoridades del Ministerio les transmitieron a los trabajadores que no había “espacio para negociar”. Días después, el Supra también manifestó su posición tras el desenlace fallido de la negociación.
”Ante la imposibilidad de avanzar en los ámbitos de negociación dispuestos, solicitamos que se instrumente de forma inmediata la entrada en vigencia del artículo 116”, concluye el sindicato su carta.