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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáDesde 1985, octubre es el mes del cáncer de mama en todo el mundo. Tanto la Organización Mundial de la Salud como las sociedades científicas de los países desarrollados recomiendan la mamografía para su detección precoz en mujeres sanas. Por eso fuera de Uruguay es voluntaria y se exige el consentimiento a las mujeres que deciden someterse a ella. Nuestro país es el único del mundo en imponerla obligatoria desde 2006, para lo cual coacciona a sus ciudadanas por el carné de salud, condicionando el ejercicio de sus derechos como trabajar, estudiar, obtener la licencia de conducir y practicar actividad física. Recomendar no es lo mismo que obligar, por lo que la obligatoriedad es la antítesis del consentimiento.
Desde el año 2000, por lo menos, hay una controversia mundial sobre la eficacia de la mamografía para disminuir la mortalidad por cáncer de mama de la cual Uruguay es completamente ajeno. En 2014, Suiza fue el país pionero en el mundo en cancelar todos los programas de detección precoz de cáncer de mama por mamografía. Su motivación para dicha decisión fue que la evidencia ya no deja lugar a dudas: los daños ocasionados (falsos negativos, falsos positivos y sobrediagnósticos) superan los escasos beneficios (http://www.nogracias.eu/…/como-evitar-inquietar-a-las-muje…/).
Este mes, Francia se convirtió en el segundo país del mundo en anunciar la cancelación de todos los programas de detección precoz de cáncer de mama por mamografía. Su motivación para dicha decisión es el exceso de sobrediagnósticos y los tratamientos innecesarios que ellos desencadenan, provocando iatrogenia en las mujeres que de buena fe se someten voluntariamente a ella (http://m.slate.fr/story/124965/depistage-cancer-sein).
De espaldas al mundo, la ciencia y los derechos humanos, en Uruguay no son informadas sus ciudadanas sobre los riesgos de esta práctica y se les impide ejercer su autonomía para decidir sobre su cuerpo y su salud. Hipnotizadas por el mantra “la mamografía salva vidas”, las uruguayas se entregan confiadas a la obligatoriedad y le ponen el pecho a la radiación una y otra vez en la ignorancia total de sus efectos y las consecuencias en su vida.
La sentencia 396/2016 del Tribunal de lo Contencioso Administrativo (http://www.tca.gub.uy/visornew.php?numero=396&ano=2016) establece que tanto el decreto del 2006 que incluyó la mamografía y el PAP en el carné de salud como las ordenanzas del MSP que fijan las franjas etarias obligadas a someterse a ella son “ilegítimos”, “contrarios a Derecho” y pecan de “invalidez absoluta”. La misma sentencia destaca el artículo 6 de la Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos de la Unesco del año 2005 (a la que adhirió Uruguay), el cual dispone que “Toda intervención médica preventiva (como la vacuna contra el HPV), diagnóstica (como la mamografía y el PAP) o terapéutica (como las transfusiones) solo habrá de llevarse a cabo previo consentimiento libre e informado de la persona interesada, basado en la información adecuada”. Alineada con ese compromiso, en 2008 la ley 18.335 sobre los derechos de los pacientes y usuarios de servicios de salud consagró el principio de autonomía de cada persona de decidir sobre su cuerpo y su salud, el cual deriva directamente del derecho fundamental de las personas en el goce de la libertad (art. 7° de la Constitución) y a no ser obligadas a realizar conductas no impuestas por la ley (art. 10° de la Constitución).
El derecho a la autodeterminación y la autonomía está establecido en nuestro marco jurídico. El Código de Ética Médica (ley 19.286) impone su respeto. Es nuestra opción hacerlo valer.
Ana Rosengurtt