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    Para la Intendencia de Montevideo

    Sr. Director:

    Por considerarlo de interés público, le ruego dar la máxima difusión posible al material adjunto.

    Gracias.

    Sergio Hebert Canero Dávila

    Intendencia Departamental de Montevideo. Avenida 18 de Julio 1360 - Piso 2. Atención: Intendente de Montevideo. Daniel Carlos Martínez Villaamil.

    Mediante la presente vengo formalmente a poner en su conocimiento los hechos, consideraciones, requerimientos y anuncios que a continuación expongo:

    El 31 de agosto del corriente año hice llegar a usted un comunicado a través de los canales dispuestos a tal efecto por la Intendencia Departamental de Montevideo en el que lo informaba con respecto a la gravísima y acuciante situación que me afecta.

    Pocas horas más tarde recibí un llamado a mi teléfono celular de quien dijo hablar a nombre de su prosecretario general con el fin de proponer un encuentro entre ambos el cual podría tener lugar el día 1º de octubre a la hora 16:00 en la Oficina 2102 del Palacio Municipal, sugerencia que acepté de inmediato sin reparo alguno.

    Esa reunión fue pospuesta unilateralmente mediante sucesivos llamados telefónicos —primero para el día 8, después para el día 12 y finalmente para el día 15 de octubre a las tres de la tarde— por quien se identificó en cada oportunidad simplemente como Erika, invocando para ello en cada caso compromisos de última hora que impedirían al prosecretario general estar presente.

    Cuando por último llegué a la cita según lo finalmente acordado, quien se había presentado hasta entonces como una simple asistente dijo que sería ella quien habría de recibirme por cuanto al prosecretario general, Christian di Candia, le resultaría imposible hacerlo.

    Acto seguido pidió aclaraciones en torno a lo que yo había expresado en la nota presentada el 31 de agosto y a su entera satisfacción expliqué detallada, extensa y documentadamente acontecimientos y circunstancias de modo tal que su veracidad le resultara indubitable; quedó claro entonces —por ejemplo— que no había ninguna razón legítima para que se hubiese clausurado el establecimiento comercial de mi propiedad sito en Avenida Italia 3233 y que las medidas punitivas, las multas, los embargos y las penalidades que han venido imponiéndoseme desde hace ya veintiún años no son atribuibles más que al accionar delictivo de un grupo de funcionarios perfectamente identificados y notoriamente coludidos con las más altas jerarquías de la institución que hoy tiene usted bajo su responsabilidad.

    Hice ver asimismo a quien oficiaba de inquisidora —como ya lo había hecho por escrito años atrás mediante notas remitidas a las máximas autoridades comunales en ejercicio— que a consecuencia del quebranto económico resultante de tales procederes —infructuosamente denunciados por mí en forma reiterada y en diversos ámbitos institucionales— estaba siéndome imposible costear obligaciones contributivas y fiscales de la más variada índole, tanto en lo departamental como en lo nacional, y que no sería viable cumplirlas mientras persistieran esas injustificadas, groseras y perversas arbitrariedades.

    Completada mi deposición, exhibidos registros gráficos probatorios de lo dicho y habiendo elucidado cada una de sus interrogantes de manera tal que no fuese razonable dudar siquiera de los elementos de juicio expuestos, Erika Cianciarulo —como ulteriormente se identificó a mi solicitud la interpelante— anunció que acto seguido pondría los hechos en conocimiento del prosecretario general, Christian di Candia.

    Cuando le pregunté si había comprendido cabalmente su gravedad y la urgencia de resolverlos me hizo saber que tenía título de abogada y que por tanto estaba en condiciones de apreciarlos en su correcta magnitud.

    Al despedirnos quedó establecido en forma clara y explícita que yo sería oportunamente informado acerca de la resolución que se adoptara en relación con ellos y que hasta entonces no avanzaría ninguno de los trámites que habían dado lugar a la carta presentada por mí el 31 de agosto.

    Empero, contrariando este compromiso expresamente asumido por ella, el primer día de diciembre la empresa que administra un condominio en el que se ubica un inmueble de mi propiedad me cursó por correo electrónico el facsímil de un cedulón procedente del Juzgado de Paz Departamental de la Capital de 21er. Turno fechado el 18 de noviembre impartiendo previsiones para su inminente remate.

    Consultada la misma funcionaria telefónicamente al respecto me informó que todavía estaba tratándose lo atinente a mi planteo y que no había podido encontrársele solución, aunque habida cuenta el tiempo transcurrido entendía que desde la Prosecretaría de la Intendencia ya nada podrían hacer y que lo atinado sería procurar encaminar las cosas en la esfera judicial. Interrogada en cuanto a por qué semejante criterio no me había sido notificado antes e instada un par de veces a concertar una entrevista personal con usted o con el prosecretario general, dijo tener otra llamada en espera y cortó abruptamente la comunicación.

    Ocurre sin embargo que no es pertinente lo sugerido por esta empleada municipal con supuesta formación jurídica por cuanto el caso refiere a un juicio ejecutivo y en la etapa que actualmente se halla el mismo no corresponde al magistrado actuante revisar sus antecedentes para establecer si es legítima o no la reclamación de la cual soy objeto.

    Consecuentemente, sólo usted está en condiciones reales de impedir el despojo en ciernes y también de poner fin a la conducta delictiva que vuelvo a denunciar en su área específica de competencia.

    Y como sin duda le consta —excepto si omitió cumplir con la obligación elemental de informarse a cabalidad personalmente o a través de subalternos idóneos acerca de la situación puesta por mí en su conocimiento— desde hace ya más de veintiún años jerarcas de la Intendencia Departamental de Montevideo han estado impidiéndome aviesamente utilizar un establecimiento comercial del cual soy legítimo propietario, han venido coartando con ello y de otras múltiples maneras mi derecho a trabajar libremente, han provocado la destrucción, el desbaratamiento y la obsolescencia de costosa maquinaria, de importante mobiliario y de un valioso equipamiento comercial, han estado privándome de acceder a préstamos y a créditos imprescindibles para desarrollar actividades rentables y aún para subvenir mis propias necesidades, lesionaron deliberadamente mi reputación personal y profesional infligiéndome alevosamente un trato inicuo y degradante, han logrado exponerme incluso al escarnio público abusando en forma sistemática de las prerrogativas inherentes a sus investiduras, continúan actualmente sometiéndome a un acoso moral y financiero tan insidioso e improcedente como implacable y por añadidura tiempo atrás incautaron injustificadamente un vehículo de mi pertenencia, dispusieron su traslado a un depósito municipal y procedieron ahí a su destrucción definitiva con absoluta impunidad.

    En homenaje a su investidura doy por cierto que ni a usted ni a sus predecesores pueden serles atribuidos niveles de imbecilidad tan extremos como para creer seriamente que pese a todo eso yo intentaría superar con abnegación y heroísmo patriótico este ignominioso avasallamiento y que me afanaría por ganar dinero a costa de cualquier sacrificio para colmar sus desmesuradas e insaciables exigencias tributarias, particularmente cuando a ojos vistas el erario departamental no tiene otro destino que dilapidarse beneficiando preferentemente a tarambanas, malandrines y granujas que acceden a los puestos de máxima jerarquía por calculado favoritismo, por sórdidas complicidades o prometiendo un servilismo incondicional hacia sus valedores y auspiciantes; parásitos incompetentes de la peor estofa que para colmo llevados por su codicia y por sus propias ambiciones personales ordenan, contratan e implementan a su antojo programas y obras multimillonarias mal planificadas y peor ejecutadas que se convierten luego en torturas cotidianas para el pueblo.

    De ahí que procurando evitar un deterioro mayor de mi salud física y mental así como para encaminar debidamente y cuanto antes las acciones conducentes a reivindicar derechos hasta hoy pérfidamente conculcados, encuentro justo y apropiado reclamarle a usted ahora que antes del día 15 de los corrientes asuma el compromiso formal y público de ordenar la inmediata suspensión de cualquier diligencia jurídica y administrativa en curso atinente a mi persona o a mi patrimonio —especialmente si pudieran generar efectos irreversibles e irremediables—, de iniciar sin demora una investigación exhaustiva de las imputaciones que realizo y de atenerse luego escrupulosamente a las conclusiones que arroje la misma.

    Si no cumpliera este requisito daré por cierto que usted no es más que un arribista inmoral, hipócrita y desaprensivo deseoso de vivir a expensas de los montevideanos pero absolutamente despreocupado por la suerte que pudieran correr incluso debido a la corrupción, a las desviaciones de poder y a los atropellos consumados en las órbitas burocráticas puestas bajo su responsabilidad y supervisión directa y procederé no sólo a desconocer su autoridad como intendente sino a promover su destitución sumaria. Es un derecho y a la vez un deber de todo ciudadano resistir, oponerse y combatir por todos los medios a su alcance las formas evidentes de opresión, abuso y expolio.

    El plazo fijado para la declaración exigida pudiera parecerle algo exiguo pero convendrá conmigo que toda persona decente accedería sin demora ni reservas a cumplimentar una demanda como esa por cuanto se trata meramente de no causar daños innecesarios, evitables e injustificados y de posibilitar que se imparta justicia.

    Por otra parte, si estuviera en su ánimo podría solucionar este problema definitiva y radicalmente de manera muy simple: le bastará pedir a sus colaboradores y auxiliares que justifiquen las medidas adoptadas contra mi establecimiento comercial y contra mi vehículo. Sencillamente no podrán hacerlo y por consiguiente habrá descubierto a tiempo y en forma concluyente una muy prolongada y miserable confabulación contra mí.

    Como quiera que sea, repito que no reconozco a nadie legitimidad para proceder con respecto a mi patrimonio de cualquier modo que yo no autorice, reitero que no toleraré pasivamente ningún otro desborde institucional, insisto en advertirle que lo considero principal responsable tanto por acción como por omisión de lo que suceda y le recuerdo que la Carta Constitucional de nuestra República en su Artículo 7°, Sección II —Derechos, Deberes y Garantías—, Capítulo I, establece que “los habitantes de la República tienen derecho a ser protegidos en el goce de su vida, honor, libertad, seguridad, trabajo y propiedad” y que “nadie puede ser privado de estos derechos sino conforme a las leyes que se establecen por razones de interés general”.

    En beneficio de todos, le sugiero tener esto en cuenta.

    Sergio Hebert Canero Dávila

    CI 1.066.601-8