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    Plan de accesibilidad

    Sr. Director:

    En la edición de Búsqueda del pasado 20 de agosto se incluyó un artículo referido al primer Plan de Accesibilidad elaborado por la Intendencia de Montevideo a fines de 2017 con el objetivo de lograr una ciudad más inclusiva, donde el coordinador de la Secretaría de Accesibilidad de la IM, Federico Lezama, destacaba “que el principal aporte del documento es ser una hoja de ruta para la ciudad y ofrecer un horizonte normativo claro, ya que actualmente no existe otro instrumento estratégico vinculado a la discapacidad a escala nacional”.

    Respecto a este último punto, conviene recordar la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas por Resolución 61/106, de diciembre de 2006, y ratificada por Ley Nº 18.418, de 20 de noviembre de 2008. En línea con ese antecedente —más otros de cosecha propia—, el 11 de febrero de 2010 se aprobaba en nuestro país la ley n° 18.651 de Protección Integral de las Personas con Discapacidad, una ley de amplio consenso, que a través de sus 12 capítulos y 94 artículos definía el marco conceptual y de gestión adecuado a esa problemática, con particular atención a las condiciones de accesibilidad a escala arquitectónica y urbanística. Y, cosa importante, haciendo imperativa en este campo la aplicación de las correspondientes especificaciones del Instituto Uruguayo de Normas Técnicas.

    Esa coordinación normativa entre los operadores institucionales y UNIT ha tenido un ejemplo de buenos resultados en la práctica municipal de estos últimos años en Montevideo, hoy en muchos aspectos —y a pesar de sus veredas vetustas y otros “debes”— una ciudad más amistosa. El artículo expone esa experiencia, y es bueno valorarla… y esperar que los criterios orientadores de esa práctica se mantengan y profundicen de aquí en adelante, sea quien fuere el responsable de la gestión.

    Nery González

    CI 816.392