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    Reparos del MEF a un proyecto cabildante sobre deudas

    En las últimas semanas, dirigentes de Cabildo Abierto (CA) han reafirmado su compromiso con la coalición gobernante, aunque, al mismo tiempo, reclaman prestar atención a los asuntos prioritarios de la agenda de su sector. Uno es el proyecto que propone mecanismos de reestructuración de créditos de las personas físicas, que tiene más de un año de presentado.

    “Hemos visto que pululan las financieras en 18 de Julio y se está generando un globo que no sabemos cómo va a terminar”, dijo meses atrás el presidente cabildante, el senador Guillermo Domenech, para argumentar a favor de esa iniciativa (Búsqueda Nº 2.108). Lleva su firma, la del líder de CA, Guido Manini Ríos, y la de Raúl Lozano, y está a estudio de la Comisión de Hacienda de Diputados; la semana pasada, autoridades del Ministerio de Economía (MEF) le hicieron varias observaciones.

    El martes 17, al comparecer ante esa comisión, el subsecretario Alejandro Irastorza aludió al proyecto cabildante y a otro referido a la usura presentado por el diputado Daniel Peña (Partido de la Gente). “Volvemos a decir que desde el ministerio debemos bregar por buscar los equilibrios en ese tipo de situaciones. Es decir que por demasiadas regulaciones, registraciones, limitaciones o cuestiones jurídicas, como en este caso, no nos pasemos al otro extremo, en el sentido de limitar la posibilidad de crédito al tipo de público que accede al crédito de las empresas no bancarias (…), y que se restrinja ese crédito y terminen operando en situaciones menos beneficiosas, con financistas no controlados o directamente con usureros. Tenemos que tener bien hecho el equilibrio para no limitar a las empresas que otorgan ese tipo de crédito”, dijo el jerarca. Es un segmento de préstamos “muy especiales, que mantienen una morosidad del entorno del 20%, que no se pueden manejar a escala del sistema financiero, porque son personas que dependen de un salario o de algún trabajo puntual”.

    De todos modos, Irastorza reconoció que el MEF “está preocupado” —y según dijo también el Banco Central— por el “nivel de endeudamiento” de personas que “son las más vulnerables o las de peores ingresos, que tienen que recurrir a ese tipo de créditos”.

    “Superfunción” y “culpa”

    El asesor legal de la Dirección General de Secretaría del MEF, Gustavo Igarza, aceptó que el proyecto de ley cabildante está fundado en un “tema muy sensible que ha sido preocupación constante de las administraciones y que tendrá un impacto económico y jurídico”.

    Cuestionó que el articulado refiere a la refinanciación de “pasivos, pero no de cuáles”; si son “financieros o de cualquier otro tipo”.

    Opinó que la iniciativa genera una “superfunción de Defensa del Consumidor, por lo que dicha área, necesariamente, requerirá recursos” para esa tarea. El proyecto prevé una instancia de conciliación, con la intervención de esa dependencia; el procedimiento administrativo deja en suspenso las “ejecuciones de contenido patrimonial” por 120 días; en ese plazo debe haber un acuerdo de pago.

    Álvaro Fuentes, director del Área de Defensa del Consumidor del MEF, agregó al respecto que, teniendo en cuenta que se propone que la mediación o acuerdo de reestructura por vía administrativa sea planteada por el deudor ante esa dependencia, se requerirá un “aumento” de su “estructura geográfica” en “todo el país” para evitarles el traslado a Montevideo.

    Sobre la propuesta de crear el Registro de Procedimiento de Reestructuración de Pasivos de Personas Físicas Endeudadas, Fuentes planteó dudas de si es lo más conveniente que esté en la órbita de Defensa del Consumidor. Y sobre el artículo posterior, referido a la “rehabilitación del deudor”, lo juzgó “confuso” en cuanto a “cuál es el sentido de esta inscripción y cuál es el alcance en relación con los artículos siguientes”.

    El texto incorpora el concepto de “culpa” del acreedor al dar créditos. Fuentes cuestionó que “no hay una delimitación de cuál sería esa culpa, que quedaría a consideración del juez; podría ser un tanto riesgoso el criterio que puede llegar a determinarlo, no solo desde el punto de vista del acreedor, sino también del consumidor, porque si se determina la situación de culpa el consumidor quedaría inhabilitado de solicitar créditos por un período de cuatro años —por lo menos así está planteado en el texto—, lo cual lo sacaría del mercado de crédito blando y lo llevaría a acudir a un mercado que le otorgue un crédito más oneroso”.