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    Sancionan radios por no emitir cadena nacional

    La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (Ursec) dispuso a fines de diciembre sanciones a dos radios por no emitir cadenas nacionales del Poder Ejecutivo durante el gobierno de José Mujica.

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    Una de las radios sancionadas fue Emisora Global FM de Maldonado, que no transmitió las cadenas nacionales del 1º de marzo de 2012, con motivo de conmemorarse el segundo año de mandato de Mujica, y la del 8 de marzo de ese año, en el marco del Día Internacional de la Mujer. La sanción aplicada fue de 30 Unidades Reajustables (al valor actual): $ 30.630.

    La otra radio sancionada fue Emisora Galicia FM de la ciudad de Mercedes. En este caso la emisora no se integró a la cadena nacional del 1 de enero de 2013, con motivo de que Montevideo fue designada Capital Iberoamericana de la Cultura. La radio reconoció el incumplimiento. En este caso la sanción fue una “observación”.

    Las sanciones se adoptaron al amparo de la ley de medios (Nº 19.307), entre otras normas. Su artículo 95 dice que los servicios de radio y televisión “están obligados a integrar las cadenas oficiales de transmisión simultánea que determine el Poder Ejecutivo por resolución fundada”.

    Recursos ley de medios.

    La Ursec también emitió en diciembre tres resoluciones en las que desestima los recursos de revocación presentados por Montecarlo (Canal 4), Tractoral S.A. (Canal 10) y Sociedad Televisora Larrañaga (Canal 12), entre otros, contra una resolución referida a la aplicación de la ley de medios.

    En julio del año pasado, la Ursec aprobó un decreto donde se establecen las condiciones y criterios para el contralor de las obligaciones que surgen del artículo 60 y 61 de esa norma. El artículo 60 establece que los servicios de televisión abierta y para abonados deberán incluir en su programación al menos un 60% de contenido nacional. El artículo 61 indica que las radios deberán emitir al menos un 30% de música de origen nacional del total de su programación.

    Las empresas recurrieron el decreto argumentando que la competencia de controlar la aplicación de estos artículos es del Consejo de Comunicación Audiovisual (CCA), organismo que a la fecha aún no se integró. También señalaron que la Ursec fundamentó su accionar en normas reglamentarias que no tienen “sustento legal”.

    La Ursec afirmó que tiene competencia para “ejercer el control y fiscalización” de esos artículos. Agregó que la falta de reglamentación de la Ley 19.307 “no es obstáculo para ponerla en práctica y que se cumpla con los derechos que la ley da, para ejercerlos y por tanto con las obligaciones que se imponen a los operadores”.