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    TCA ordenó a Antel brindar información

    En 2014, Antel recurrió al Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) para pedir la anulación de una resolución de la Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales (Urcdp), que le ordenaba entregar información en el marco de una denuncia iniciada por el sindicato de profesionales del ente.

    En un fallo del 19 de mayo, el TCA rechazó la demanda y cuestionó al ente por “realizar una interpretacio´n antojadiza y descontextualizada de la ley de proteccio´n de datos”.

    El Centro Integral del Personal de Antel (CIPA) había presentado una denuncia ante la Urcdp, en la que acusaba al ente de haber violado la ley 18.331 de Protección de Datos Personales. Aseguraron que Antel había violado la confidencialidad de sus comunicaciones para descubrir quién había enviado un correo electrónico que hablaba sobre una negociación sindical ( Búsqueda Nº 1.758).

    La unidad solicito´ a Antel que presentara una copia de las actuaciones realizadas en la investigacio´n administrativa en la que, según el sindicato, se había violado la privacidad de los correos. Antel presentó una versio´n pu´blica del expediente, pero no incluyó las actuaciones de la auditori´a, que habían sido declaradas reservadas. Tampoco agregó las declaraciones de los funcionarios realizadas en el marco de las investigaciones.

    La unidad requirio´ a Antel que presente la documentacio´n completa, pero el ente se negó y reclamó ante el TCA.

    El Tribunal rechazó los argumentos del ente. “No corresponde al sujeto requerido —sea este un organismo pu´blico o privado— colocarse en el lugar del o´rgano de contralor y decidir por si´ que´ tipo de informacio´n es de cara´cter reservado y queda, por ende, al margen de la ley de proteccio´n de datos personales”, sostuvo el TCA.

    El Tribunal afirmó que “si se permitiera a los sujetos requeridos ampararse libremente en causales de reserva y clasificacio´n de la informacio´n, se le quitari´a al organismo controlador toda posibilidad efectiva de ejercer sus potestades de contralor y custodia, asi´ como de fiscalizacio´n del cumplimiento de la ley”.

    Además, señaló que la denuncia formulada por el CIPA “tiene directa relacio´n con una presunta violacio´n del derecho humano a la libre correspondencia, por lo que no cabe oponer reservas a la entrega de la informacio´n requerida”.

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