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República AFAP, una sociedad anónima propiedad de tres bancos públicos, considera que el Tribunal de Cuentas (TCR) no posee autorización irrestricta para cumplir con el examen de sus estados financieros. Esa interpretación es motivo de controversia, en particular en lo que refiere a los datos sobre sueldos de la administradora de fondos previsionales pedidos por los auditores del órgano de control.
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Invocando la nueva redacción del artículo 177 del Tocaf dada por la Ley de Presupuesto Nacional vigente, en setiembre del año pasado el presidente de la República entregó una nota al TCR en la que señala que la AFAP se encuentra excluida del control de ese órgano por estar bajo la vigilancia del Banco Central (BCU). Acompañó ese punto de vista con una consulta jurídica, según la cual el tribunal se rige por el principio de especialidad y que su facultad para acceder a la información de República AFAP “no es irrestricta” y está acotada al ámbito que le incumbe. Tampoco surge —según la administradora— de la normativa invocada por el TCR que pueda “exigir la entrega de información estratégica o confidencial” de la empresa.
Pero, a fines de julio pasado, el tribunal se expidió en sentido contrario a ese alegato y señaló que República AFAP “se encuentra alcanzada” por su control.
El TCR argumentó que la empresa pertenece a los bancos República, BPS y de Seguros del Estado, por lo cual “sus fondos son públicos” y que la superintendencia sobre la Hacienda Pública que le es atribuida como órgano de contralor “abarca a todos los fondos públicos, sin considerar la naturaleza jurídica de la administración que los gestiona ni el ámbito de su utilización”. Reforzó eso indicando que “las personas jurídicas, cualquiera sea su naturaleza y finalidad en las que el Estado participe, directa o indirectamente, en todo o en parte de su capital social, entre las que se incluye República AFAP, están comprendidas en el régimen de control previsto en el artículo 199 de la Ley 16.736, en la redacción dada por el artículo 240 del Presupuesto. Agregó, además, que el hecho de que esa sociedad anónima presente estados contables al BCU “de ninguna forma excluye” que sus números deban ser también controlados por el tribunal.
En relación con la negativa de la AFAP a “exhibir las remuneraciones” de su personal a los auditores, amparándose en las leyes de Acceso a la Información Pública y de Protección de Datos Personales, “no se comparte, en tanto, por principio, es pública. Si los datos salariales se entienden estratégicos, se debe concluir que resulta de aplicación a todos los organismos públicos”.
Asimismo, el TCR señaló que la información sobre las remuneraciones que paga República es “imprescindible para evaluar, entre otros aspectos, el de los topes salariales” vigentes para el sector público.
De la memoria anual de la AFAP estatal surge que los gastos salariales en 2021 fueron por $ 419 millones y significaron 35,8% del total de egresos operativos. La baja en valores constantes de 12% en ese monto al comparar con el ejercicio anterior obedeció a una reducción de la fuerza de ventas durante la emergencia sanitaria, que se fue recomponiendo a la salida de la pandemia. Ese gasto en remuneraciones incluye al staff gerencial y directriz de República.