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    Un tribunal revocó por unanimidad el procesamiento del ex cónsul de Valencia acusado de vender visas a chinos y marroquíes

    Los ministros criticaron que el juzgado no realizó siquiera una “mínima investigación” para probar el caso

    El ex cónsul de la ciudad española de Valencia, Gustavo Schiavo, fue acusado de vender casi 100 visas “truchas” a chinos y marroquíes. Según una investigación administrativa que le inició el Ministerio de Relaciones Exteriores, el diplomático se beneficiaba con dinero a cambio de tramitar las visas.

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    También lo acusaron de haber hecho negocios similares cuando se encontraba como cónsul en Seúl, Corea del Sur. En ambas ciudades, Schiavo supuestamente había trabajado con un empresario chino como intermediario, quien le llevaba los pasaportes que requerían las visas.

    Tras ser denunciado en 2014 por una ex pareja y funcionaria del Consulado en Valencia, Schiavo recibió la orden de volver a Uruguay. La investigación administrativa, que acumuló más de 2.000 hojas, concluyó que el diplomático debía ser destituido y que los hechos tenían que llevarse ante la Justicia penal.

    El caso contra el funcionario parecía contundente, y los medios dieron una amplia difusión al tema.

    A fines de 2015, la jueza Julia Staricco lo procesó sin prisión por los delitos de “tráfico de personas especialmente agravado” y “fraude”. La fiscal Ana María Tellechea había pedido prisión, pero la jueza fue menos dura: le ordenó permanecer en su hogar durante la noche y realizar actividades comunitarias durante tres meses.

    Pero el diplomático insistió en su inocencia y apeló la decisión. Más de un año después, en una sentencia firmada por unanimidad, los ministros Luis Charles, Gabriela Merialdo y Ángel Cal, del Tribunal de Apelaciones de cuarto turno, lo absolvieron.

    Más aún, los ministros dijeron en el fallo que la indagatoria de la jueza y la fiscal fue “deficitaria”, que no realizaron una “mínima” investigación y que prácticamente la “única” prueba en contra del diplomático fue la investigación administrativa, que “ni siquiera” fue corroborada en la sede penal.

    Los abogados del diplomático, Pedro Algorta, Gumer Pérez y Leandro Rama dijeron a Búsqueda que es “sumamente inusual” ver una sentencia de tal “contundencia y firmeza”. “Estamos muy conformes y aliviados de conocer este inequívoco fallo”, aseguró Algorta.

    Con el fallo absolutorio el diplomático espera ser “inmediatamente” restituido en su cargo en la Cancillería, afirmaron. De lo contrario, iniciarán acciones contra el Ministerio reclamando una reparación patrimonial. Además, los abogados harán un juicio contra el Poder Judicial para que indemnice al diplomático por el tiempo que cumplió penas sustitutivas de la prisión, que consistieron en realizar tareas de limpieza en el Zoológico de Villa Dolores. Además reclamarán por el daño moral que le provocó al diplomático estar “sometido al escarnio público” por hechos que no cometió, afirmó Pérez.

    “Para un diplomático es muy duro ser acusado de tráfico de personas”, agregó el abogado. “Schiavo pasó de ser cónsul general a limpiar las jaulas del zoológico. Y todo porque una jueza no se tomó el trabajo de analizar y diligenciar la investigación”, criticó Algorta.

    “Mínima investigación”.

    De acuerdo con la sentencia del Tribunal, firmada el 20 de abril y a la que accedió Búsqueda, la sede de primera instancia “‘judicializó’ una investigación administrativa”, lo que determinó que “en base a las parcas declaraciones de tres testigos y la del indagado se dispusiera el enjuiciamiento de Schiavo”.

    El Tribunal cuestionó que no hubiese concurrido al juzgado a declarar la mujer que presentó la denuncia en contra de Schiavo en el Ministerio. Tampoco fue citado el funcionario que actuó como sumariante, lo que “carece de toda explicación lógica y racional, pues habiendo dirigido la instrucción administrativa, debió ser indubitablemente interrogado”, sostuvo el fallo.

    Sin embargo, prosiguió, “la investigación judicial se limitó a la ratificación de la denuncia” que realizó una abogada del Ministerio y a las “manifestaciones del ‘oficial del caso’, quien luego de leer el expediente administrativo narró a la sede judicial lo que surgía del mismo”.

    La declaración del oficial “carece de toda eficacia probatoria”, ya que “no realizó ninguna investigación sino que examinó el expediente administrativo”, dice el fallo.

    A su vez, la Justicia interrogó a tres chinos residentes en Rivera. Todos ellos coincidieron en que conocían a un ciudadano chino que tenía una agencia de turismo y que les cobró U$S 5.000 por conseguirles visas uruguayas, pero no identificaron a Schiavo. Ellos tres fueron los únicos localizados de un grupo “mucho más numeroso que habrían obtenido la visa”, dice el fallo.

    A juicio de los ministros, “no se cumplió con una investigación en forma, con la finalidad de determinar las supuestas responsabilidades penales del encausado en los hechos por los que fue denunciado”.

    “Todo se ha limitado casi exclusivamente a tomar por válido desde el punto de vista del Derecho Penal material el informe realizado en el expediente administrativo” del Ministerio de Relaciones Exteriores. “Sin embargo, tales actuaciones no fueron ratificadas en la sede, puesto que como se señaló no prestó testimonio ni la denunciante ni el funcionario sumariante”, añadieron.

    El sumario administrativo, prosiguieron, “no es judicial ni asimilable. No puede reputarse prueba trasladada y valorarlo a efectos del procesamiento, su sola incorporación no legitima lo actuado como para ser incorporado a la causa judicial y ser útil como elemento de convicción”.

    Además los ministros señalaron que el sumario del Ministerio fue controvertido por el diplomático, y que an no hay una resolución definitiva. No obstante eso, se lo incorporó a la causa “prácticamente como único medio probatorio”, sin “ni siquiera” haberlo ratificado.

    “Mal se podrían haber reunido elementos de convicción suficientes que habiliten la iniciación de un proceso penal a Schiavo, cuando no se ha llevado a cabo una mínima investigación judicial”, sentenciaron los ministros.

    A criterio del Tribunal, no se determinó la vinculación del diplomático con los hechos denunciados “por la sencilla razón de que no ha habido una averiguación responsable dirigida al esclarecimiento de la situación”.

    Sumario.

    Los abogados de Schiavo aseguraron que la investigación administrativa contra el diplomático estuvo plagada de irregularidades. Por ejemplo, señalaron, nunca interrogaron al involucrado. “El sumariante viajó cuatro veces a España para hacer la investigación, lo cual es muy extraño, y además ¡nunca habló con él!”, dijo Pérez a Búsqueda.

    Además, las visas que el cónsul tramitaba eran autorizadas por el canciller de ese entonces, Luis Almagro, añadió. E incluso fue Almagro quien le presentó a Schiavo al empresario chino que operaba como mediador. Según el abogado, el empresario solicitaba las visas para supuestos empleados suyos que viajarían a Uruguay, y el diplomático se las otorgaba bajo un procedimiento “legal” y que estaba en conocimiento de la Cancillería uruguaya.