El jueves 17, tras una acalorada reunión de directorio, los miembros del INC resolvieron por tres votos a favor, de los representantes de los partidos de la coalición de gobierno, y uno en contra, correspondiente al representante de la oposición (Berterreche) remitir el expediente a la asesoría letrada.
El directorio optó por mayoría aguardar el reporte de la asesoría letrada para definir si adopta o no las acciones propuestas por la Inspección General. Ahí hubo un choque. Berterreche quería definir ese mismo día. O se desestima o se aprueba, planteó. Y le dijo al resto del directorio que querían “patear la pelota” para después del referéndum del 27 de marzo.
El presidente de Colonización, Julio Cardozo, argumentó a Búsqueda que se pasó el tema a un asesor legal “por el tenor de las investigaciones y para tener un respaldo jurídico, dado que hay muchos aspectos técnicos y de interpretación de leyes que cambiaron desde 1971” a la fecha. “Es muy delicado el tema”, dijo.
Cardozo estuvo reunido el martes 22 con Manini en su despacho en el Palacio Legislativo. Allí hablaron de los pasos a seguir en esta historia. El miércoles 23, en una entrevista con Radio Sarandí, el general retirado resumió lo que había expresado en un largo comunicado durante el fin de semana. Señaló que tanto él como el INC tienen en su poder un acta del 21 de enero de 1975, que está firmada por cuatro directores del organismo, en la que se “demuestra” que ninguno del grupo familiar es colono. Berterreche había dicho que si Manini presenta la documentación, él no tenía problemas en renunciar a su cargo como director del INC. “Ese campo nunca fue sacado de la Ley 11.029”, que remite a los campos de Colonización, señaló. “No es un problema de interpretación, ese campo no se sacó de la 11.029”, enfatizó.
El lunes 21, en un acto en el Hipódromo de Maroñas, Manini Ríos volvió a la carga. Dijo que era necesario “decirle no a muchas cosas” y que “la más importante de todas” era decirle “no” a “la mentira, a esta campaña sucia; son capaces de ensuciar a personas y de inventar cosas ensuciando a gente con tal de ensuciar la cancha, pensando en el voto del domingo”.
Entre la expectativa y la maniobra
En la Torre Ejecutiva, y en la interna de la coalición de gobierno, aguardan con expectativa que el general retirado presente los documentos para zanjar el asunto. Fuentes del Partido Colorado dijeron a Búsqueda que si el tema no llega a buen puerto, puede significar “un antes y un después” en la vida política de Manini Ríos. Otros dirigentes se suman al coro oficialista de que todo esto se trató de una maniobra política para desestabilizar, un golpe de efecto a días del referéndum.
Ayer miércoles, la vicepresidenta de la República, Beatriz Argimón, dijo al respecto que “hay planteos que tienen la apariencia de una operativa política” y sostuvo que las explicaciones del senador de Cabildo Abierto le parecen suficientes.
En febrero de 2020, Búsqueda (Nº 2.058) informó que un cambio previsto en la Ley de Urgente Consideración (LUC) beneficiaba a Moreira, en ese momento designada ministra de Vivienda de la coalición de gobierno, por su condición de colona propietaria. La actual titular de Vivienda envió una carta a Búsqueda en la que afirmó el manejo de información “inexacta” por parte del semanario (Nº 2.059); además, en su cuenta de Twitter escribió que la publicación suponía “una mentira más”.
El artículo 358 de esa norma legal, votada por Manini Ríos, estableció una flexibilización de las obligaciones de los colonos respecto a trabajar “directamente” la tierra y residir en el predio.
La modificación ahora dispone que el colono deberá “trabajar en el predio, supervisar el trabajo y habitarlo, salvo, en este último caso que la colonia esté organizada o se organice bajo el sistema de viviendas agrupadas en poblados”.
“El Directorio (del INC) podrá autorizar la excepción a la obligación establecida” en ese punto anterior cuando los colonos cumplan ciertos “requisitos”, como tener una “radicación por un plazo mínimo de 10 años”, “cumplir con el plan de inversiones”, e “invoquen razones fundadas de salud, educación o trabajo del colono y los integrantes del núcleo familiar”, señala.
El informe de Colonización concluyó que Manini Ríos, su esposa (la ministra de Vivienda) y el padre de esta “no residen en el predio, ni realizan trabajo directo” y van al campo “una vez al año”.
Entre los hallazgos de la inspección del INC en el campo en cuestión figura que en el lugar se encontraban un capataz y una cocinera que residen en la “casa del personal”, y “en otra construcción muy modesta, compuesta por un dormitorio y una sala comedor, viven otros cinco asalariados” rurales.
Durante la inspección de campo, realizada en octubre de 2021 por funcionarios del INC, en comunicación telefónica entre el capataz y el coronel Moreira, este último “le dio instrucciones de no brindar ninguna información sobre el establecimiento”, de acuerdo con el informe.
Dicho informe señala que “la pareja compuesta por el capataz y la cocinera reciben un salario mensual de $ 45.000 más un surtido de alimentos que es compartido con los otros trabajadores”. Esa pareja “tiene unos 50 vacunos que pastorean en los caminos de la zona, no dentro del establecimiento donde trabajan”, consigna.
La gerente de la División de Inspección General de Colonización es Ana María Batovsky, quien ocupa ese cargo desde el 1º de julio de 2015, tras ser promovida luego de un llamado a concurso interno, según consta en una resolución del directorio.
Esa funcionaria de carrera es doctora en Derecho por la Universidad de la República y anteriormente ocupó el cargo de gerenta de la División Jurídica del INC, desde 2009 a 2015.
Historia del inmueble
El informe de la Inspección General del INC indica que el inmueble 511 fue adquirido por Colonización a Martín Hounie Denniel, según escritura de compraventa del 19/05/1970, por un precio de $ 21.392.189 y con una superficie total del predio de 2.971 hectáreas.
Mediante una resolución fechada el 02/03/1975, el directorio de ese ente “presidido por un interventor del gobierno dictatorial” decidió adjudicar en venta por Ley 11.029 a José Zenón Montero la fracción No 1 del inmueble 511 con 840 hectáreas y la fracción No 2 del mismo predio con 820 hectáreas, por el precio de $ 11.000 la hectárea. Se abonó el 20% al contado y el resto a 10 años, según el informe.
Luego señala que el directorio resolvió además adjudicar en venta por la Ley 11.029 a Roque Moreira las fracciones No 3 con 610 hectáreas y No 4 con 690 hectáreas del mismo inmueble por el precio de $ 13.300 la hectárea. Se abonó el 18% al contado y el resto en un plazo de 10 años.
“A través del estudio de los expedientes relacionados con el inmueble en cuestión, así como del trabajo de la División Notarial del INC, solicitando información registral, surge que los actuales propietarios de las fracciones de ese predio son: el Palomar S.A. de la fracción No 1 con una superficie de 850,95 hectáreas, de la fracción No 3 (actual B1) con una superficie de 611,7694 hectáreas, de la fracción No 4 (actual B2) con un área de 688,2640, que por fraccionamiento posterior y venta tiene 110,6828 hectáreas menos”, indica, y agrega que “Guido Manini Ríos Stratta, casado con Irene Moreira, es propietario del padrón No 4.126 con una extensión de 815,2660 hectáreas, que se corresponde con la fracción No 2 del inmueble 511”.
“Irene Pereyra Oronoz, casada con Fernando Artola, es propietaria de 110,6828 hectáreas de campo, por escritura de compraventa Palomar S.A. vende a Pereyra” esas hectáreas “el 29/10/1984”, sostiene.
El documento sostiene sobre “las escrituras de compraventa realizadas por Roque Moreira, Manini Ríos y el Palomar S.A.”, así como “la subdivisión y posterior venta a Pereyra” de esa parte del predio, que “no se encontraron en el INC actuaciones en que se tramitara la autorización preceptiva para enajenar, de acuerdo a lo previsto en el artículo 70 de la Ley 11.029”.
“Dichos negocios eran nulos de pleno derecho”, asegura. Y recuerda que esas operaciones “se beneficiaron de lo dispuesto por las leyes 18.187, de 2007, y 18.756, de 2011, que establecieron la validez de esos negocios”.
Esas normas dispusieron que se “declaran válidos los contratos realizados relativos a las parcelas adquiridas a la Sección Fomento Rural y Colonización del Banco Hipotecario, bajo la vigencia de leyes de fomento rural, como al INC, inscriptos en los registros públicos hasta la entrada en vigencia” de esas leyes.
Facultaron además a Colonización a “exigir a los propietarios de tierras afectadas al registro de sus títulos en la institución, en la forma y condiciones que establecerá la reglamentación que a tales efectos dicte el Poder Ejecutivo”.
“El incumplimiento de lo establecido en ese aspecto habilitará al INC a aplicar una multa a los titulares del predio por el equivalente de hasta el 25% del valor del inmueble fijado por la Dirección de Catastro”, determinaron.
Establecieron también que “el colono que arriende o subarriende un predio afectado a la ley, sin la autorización administrativa previa de precepto, o que lo explote en forma que desvirtúe el objeto de la colonización, previa intimación al cese del incumplimiento, será pasible de una multa equivalente al 20% del valor real del inmueble”.
Esas son algunas de las principales irregularidades detectadas en el caso en cuestión, ya que los propietarios no obtuvieron autorización para realizar esas transacciones y tampoco hicieron los registros correspondientes de los títulos de propiedad en el INC, según la Inspección General.
El informe indica que las compraventas de Palomar S.A. de las fracciones B1, B2 y 1 fueron escrituradas con fechas 21/12/1987, 14/02/1983 y 8/11/1985, respectivamente.
La fracción 2 fue adquirida por Manini Ríos y escriturada el 09/05/1997, precisa el documento. Y sostiene que “las escrituras de compraventa fueron realizadas en infracción al artículo 70 de la Ley 11.029”.
Concentración y soberanía
Basándose en información obtenida del Sistema Nacional de Identificación Ganadera (SNIG), el informe de Colonización señala que el grupo familiar integrado por Manini Ríos, Roque Moreira e Irene Moreira tiene un total de 2.622 vacunos y 1.853 ovinos registrados.
“La extensión de tierra explotada por el grupo económico familiar (Palomar-Manini) supera ampliamente la extensión máxima permitida de 1.000 hectáreas (colonización ganadera o forestal)”, según lo dispone en el artículo 7, numeral 5 literal D de la Ley 11.029, sostiene.
Y advierte que “la situación bajo estudio muestra signos evidentes de concentración económica, básicamente constatado por el acaparamiento de superficie de tierra y capital representado por la cantidad de cabezas de ganado”.
Otro dato considerado por los inspectores del INC es la ubicación del inmueble en cuestión, específicamente en cuanto a que “tiene por límite norte el río Cuareim, que es límite territorial” de Uruguay con Brasil.
“Su ubicación fronteriza (con ese país norteño) puede configurar una situación estratégica para el poblamiento y la consolidación de soberanía territorial”, según el informe.