• Cotizaciones
    viernes 27 de septiembre de 2024

    ¡Hola !

    En Búsqueda y Galería nos estamos renovando. Para mejorar tu experiencia te pedimos que actualices tus datos. Una vez que completes los datos, tu plan tendrá un precio promocional:
    $ Al año*
    En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] o contactarte por WhatsApp acá
    * Podés cancelar el plan en el momento que lo desees

    ¡Hola !

    En Búsqueda y Galería nos estamos renovando. Para mejorar tu experiencia te pedimos que actualices tus datos. Una vez que completes los datos, por los próximos tres meses tu plan tendrá un precio promocional:
    $ por 3 meses*
    En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] o contactarte por WhatsApp acá
    * A partir del cuarto mes por al mes. Podés cancelar el plan en el momento que lo desees
    stopper description + stopper description

    Tu aporte contribuye a la Búsqueda de la verdad

    Suscribite ahora y obtené acceso ilimitado a los contenidos de Búsqueda y Galería.

    Suscribite a Búsqueda
    DESDE

    UYU

    299

    /mes*

    * Podés cancelar el plan en el momento que lo desees

    ¡Hola !

    El venció tu suscripción de Búsqueda y Galería. Para poder continuar accediendo a los beneficios de tu plan es necesario que realices el pago de tu suscripción.
    En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] o contactarte por WhatsApp acá

    Intendencia de Montevideo perdió casi US$ 4 millones por un error de gestión referido a edificación en Pocitos

    El gobierno departamental aprobó un permiso de construcción para la empresa Rener en un predio de valor patrimonial y buscó subsanar omisión con una pérdida millonaria

    Las edificaciones con valores patrimoniales a proteger en la capital uruguaya son evaluadas por la Unidad de Patrimonio del Departamento de Planificación de la Intendencia de Montevideo (IM).

    A través de diferentes criterios que dan cuenta de la importancia testimonial del edificio —como sus características morfológicas y estilo arquitectónico, su integración al entorno urbano o su significado histórico o cultural, entre otros aspectos—, lo que se busca es establecer el grado de intervención permitido para cada construcción, con el fin de preservar el valor patrimonial de esos bienes.

    Pero esto no siempre se logra. En 2021, la empresa constructora Rener (Edol S.A.) solicitó un permiso de construcción al gobierno departamental para llevar adelante una obra en un edificio ubicado en la calle Roque Graseras 868 esquina Bulevar España, en el barrio de Pocitos, que fue aprobado al considerarse que cumplía con la normativa vigente. Sin embargo, el predio (concretamente el padrón 96.681) había sido protegido a través de un decreto departamental por motivos patrimoniales con medidas cautelares por un plazo de seis meses, hasta que se aprobara el plan urbanístico de la zona.

    El problema, según supo Búsqueda, fue que, como no se llegó a autorizar el plan, las medidas que habían vencido debían ser renovadas por los responsables del área de Patrimonio para continuar con la protección. Pero, por razones que no están claras, la cautela no se renovó y fue en ese momento cuando se presentó y aprobó el permiso de construcción solicitado por la empresa, que implicaba también la demolición completa de la casa existente.

    A partir de entonces se desencadenó un proceso de negociación que culminó con un acuerdo con la empresa Edol S.A. a través del cual la intendencia buscó que el privado desistiera de realizar las obras aprobadas en el predio, a cambio de otorgarle un crédito equivalente al valor de los metros cuadrados que no iban a poder construir y a supuestos costos incurridos.

    Específicamente, una resolución de diciembre de 2021 firmada por el intendente interino en ese entonces, Mauricio Zunino, a la que accedió Búsqueda, explica que la IM le otorgó a la empresa un crédito de 23.483.699 Unidades Indexadas (más de US$ 3,5 millones) para que esta descontara de esa “cuenta corriente” las deudas u obligaciones que tienen sus proyectos con la IM, como son los gastos por concepto de deudas de “mayor aprovechamiento”. En otras palabras, que descontara de ese monto aquellos costos que debiera abonar a la intendencia al exceder ciertos parámetros de la normativa municipal, como por ejemplo superar la altura permitida de una edificación o el porcentaje de ocupación de suelo autorizado en una determinada zona.

    Tradicionalmente, todo lo recaudado por la intendencia por concepto de deudas de mayor aprovechamiento se destina al Fondo Especial de Gestión Urbana y Rural, que se utiliza para realizar mejoras de infraestructuras en espacios públicos de sectores deficitarios y para aumentar la cartera de tierras. Sin embargo, en esta oportunidad la IM dejó de percibir ese dinero como compensación a la constructora.

    Pocitos-vista-aerea-adhoc-nc.jpg
    Vista de la zona de playa Pocitos.

    Vista de la zona de playa Pocitos.

    Polémica por permiso de construcción

    La resolución departamental señala que el objetivo del convenio (al que define como “un mecanismo conciliatorio” entre las partes) fue “lograr la protección patrimonial del padrón” donde “existen edificaciones con valores patrimoniales que deben ser reconocidos” y contemplar los derechos de construcción autorizados.

    Para eso, el acuerdo entre el Departamento de Planificación de la IM, a cargo de Luis Oreggioni, y Edol S.A. señala que inicialmente la empresa presentó un proyecto de 8.269 m2 que fue aprobado por la intendencia, pero, tras detectarse que el predio debía contar con medidas de protección por su valor patrimonial, se determinó que Edol S.A. solo podría construir 5.688 m2 en ese padrón, manteniendo aspectos como “la ornamentación exterior, la espacialidad interior y la condición ajardinada del actual patio-jardín”. De esta forma, la comuna calculó el crédito a otorgar en función del valor de mercado de los “2.581 m2 de construcción que ya se encontraban autorizados” y no pudieron ser construidos, así como otros costos en los que debió incurrir la empresa (que no se detallan) por US$ 1.583.633.

    El acuerdo también estableció que el derecho de edificabilidad otorgado a Edol S.A. podría ser utilizado por la constructora como crédito para el pago de “mayores aprovechamientos” en otros padrones de Montevideo o “ser cedidos por dicha empresa a las personas físicas o jurídicas que esta indique”. Así, la constructora fue vendiendo esos créditos a otras compañías, como Altius Group, que lo usan para pagar deudas de mayor aprovechamiento que mantienen con la IM a través de esa compensación y a un precio más bajo.

    En una resolución de agosto de 2023, a la que accedió Búsqueda, se detalla, por ejemplo, que el año pasado Edol S.A. cedió parte del crédito —UI 7.329.800— a las firmas Elbonur SA (por el edificio Bilu Rivera), The View Players SA (More Buceo) y Brentilo SA (Nostrum Plaza 2), para cubrir “los montos que dichas sociedades adeudan a la IM por concepto de precio compensatorio por mayor aprovechamiento”. La empresa también cedió en el mismo año UI 7.284.340 a Torre 26 SAS, que corresponde a lo que esa sociedad debía abonar a la IM por concepto de precio compensatorio por mayor aprovechamiento del proyecto que lleva adelante en la calle 26 de Marzo. Así, aún resta un crédito a favor de Edol S.A. de UI 8.869.559.

    Sin embargo, el tema no parece estar resuelto todavía. Porque, si la constructora o sus empresas cesionarias no utilizan la totalidad del crédito antes del 31 de diciembre de 2024, la IM “promoverá su validación por la Junta Departamental”, sostiene el acuerdo. Igualmente, en caso de que el legislativo departamental no apruebe los créditos restantes, en el convenio se exonera a la IM “de cualquier tipo de responsabilidad”.

    Desde la IM informaron a Búsqueda que en agosto de 2021, cuando se aprobó el permiso de construcción, no existía protección patrimonial para el padrón de Roque Graseras. Además, señalaron que la comuna llegó a un acuerdo con Edol S.A. para “modificar el proyecto de modo de preservar el cuerpo principal de la casa y construir un edificio distinto con menos metros cuadrados”, el cual se encuentra actualmente en construcción. En el sector de la casa, en tanto, funciona un centro cultural.

    Señalaron a su vez que “el acuerdo de modificación del proyecto y el convenio se hicieron al amparo del artículo 60 de la ley 18.308 y de los decretos departamentales” que rigen en pago de “mayores aprovechamientos”, pero no aclararon, sin embargo, si se inició alguna investigación administrativa para determinar responsabilidades ante este error de gestión que generó pérdidas millonarias a la intendencia.