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    La Corte Interamericana condenó a Venezuela por violar la libertad de expresión y exigió devolver la señal a Radio Caracas Televisión

    La Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenó al Estado de Venezuela devolver la frecuencia a Radio Caracas Televisión (RCTV), que dejó de emitir tras una decisión tomada por el régimen chavista en 2007. El órgano judicial de la Organización de Estados Americanos (OEA) entendió que la medida del gobierno implicó una violación a la libertad de expresión, por lo que exigió devolverle los bienes incautados a la empresa y pagarle una indemnización por los daños causados.

    La emisora fue inaugurada en 1953, mantenía una línea editorial crítica respecto al gobierno encabezado por el fallecido Hugo Chávez y era la más escuchada en Venezuela.

    En 2007, cuando RCTV era dirigida por Marcel Granier, Chávez resolvió no renovarle la frecuencia, lo que sí hizo con otros medios de comunicación más afines a su gobierno. Ese hecho fue denunciado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la cual acogió la demanda y la presentó ante la Corte. El lunes 7, la Corte publicó su sentencia final.

    Según el histórico fallo, la decisión adoptada por el gobierno de Chávez implicó una “desviación de poder”, un atentado contra la libertad de expresión, el ejercicio del poder con discriminación y una violación a las garantías judiciales que debe brindar un Estado democrático.

    Las autoridades venezolanas —dice el documento— adoptaron la resolución de retirarle los permisos para operar a RCTV porque la emisora era crítica del régimen y eso molestaba a los gobernantes. Además de acallar una voz de protesta —agrega— y de imposibilitar a la sociedad venezolana recibir las opiniones allí difundidas, al no renovarle la frecuencia, el gobierno envió un “mensaje amedrentador” para otros medios respecto a lo que podía sucederles si criticaban a los jerarcas públicos.

    Para este caso, aclara el documento, la Corte no encontró al Estado culpable de haber violado la propiedad privada. Tampoco consideró pertinente ordenar la adopción, modificación o adecuación de las normas del Derecho interno de Venezuela, ya que entendió que el atentado contra los derechos de RCTV no surgieron de las leyes en sí.

    Como modo de reparación, la Corte ordenó al Estado que restablezca la concesión de la señal a RCTV, que corresponde al canal 2 de televisión. Luego de que se concrete este paso —agrega el organismo, en un plazo razonable­­—, Venezuela deberá abrir un proceso abierto y transparente para otorgar nuevamente la frecuencia. RCTV podrá participar en esa instancia bajo la garantía de que habrá igualdad de condiciones para todos los participantes. Eso implica que el proceso deberá garantizar que no se apliquen “criterios discriminatorios” que condicionen el otorgamiento de la concesión, argumenta el fallo.

    El organismo internacional dispuso que esos mismos requerimientos sean aplicados para los futuros procesos de asignación y renovación de las frecuencias de las emisoras de televisión.

    Dado que la resolución anterior “no implica la protección o reparación” a RCTV, la Corte pautó la forma en que el Estado deberá de resarcir los daños ocasionados a las “víctimas de las violaciones”.

    Entre otros puntos, la sentencia de la Corte ordena la devolución de los bienes a la empresa. Debido a una medida cautelar del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela, esos bienes habían sido incautados y adjudicados a la Televisora Venezolana Social.

    La Corte también estima pertinente el pago de una compensación de U$S 10.000 para los accionistas de la empresa y de U$S 50.000 para sus funcionarios, debido a los perjuicios materiales e inmateriales que causó el Estado a los involucrados. El daño generado supone tanto “la pérdida o detrimento de los ingresos de las víctimas, los gastos efectuados con motivo de los hechos y las consecuencias de carácter pecuniario”, como “los sufrimientos y las aflicciones causadas a la víctima directa y a sus allegados”.

    “En caso de que el Estado incurriera en mora, deberá pagar un interés sobre la cantidad adeudada”, añade la sentencia.

    Por otro lado, la Corte obliga al gobierno de Venezuela a publicar el resumen de la sentencia en el Diario Oficial y en un diario de amplia circulación nacional, y su contenido completo en la página web de una de las dependencias del Estado. Para ello fija un plazo de seis meses.

    A su vez, ordenó que el Estado deberá rendir cuentas a la Corte sobre las medidas adoptadas para cumplir con sus exigencias, para lo que fija un período de un año a partir del momento en que fue notificado el documento.

    La Corte anunció que “supervisará” el cumplimiento de lo dispuesto en su sentencia y dará la situación por concluida cuando el Estado cumpla con cada uno de sus puntos, informó el organismo.

    “Justicia”.

    Luego de conocer la sentencia de la Corte Interamericana, el presidente de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP), el peruano Gustavo Mohme, dijo que el fallo “hace justicia al devolver este medio a quienes les fue usurpado en forma ilícita y discriminatoria, luego de que cayeran en desgracia con el gobierno por practicar un periodismo libre, crítico e independiente”.

    En tanto, el presidente de la Comisión de Libertad de Prensa e Información de la SIP y director de Búsqueda, Claudio Paolillo, valoró la decisión de la Corte como “una victoria ejemplar, ya que más allá de reconocer la legítima actuación de un medio independiente del gobierno y de desnudar la opresión del régimen venezolano, la Corte ordenó que los procesos de asignación y renovación de frecuencias ‘sean conducidos de manera abierta, independiente y transparente’ de ahora en adelante”.

    La organización Human Rights Foundation también celebró en un comunicado de prensa la decisión de la Corte.

    Lo mismo hizo el Comité para la Protección de Periodistas (CPJ, por su sigla en inglés), que exhortó al gobierno de Maduro a acatar y aplicar la sentencia de la Corte.

    “Saludamos el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos como una victoria importante para la libertad de expresión en las Américas”, afirmó el coordinador senior del programa de las Américas del CPJ, Carlos Lauría.

    “La Corte concluyó que Venezuela violó la libertad de expresión al castigar a RCTV por su línea editorial crítica en un intento por reprimir el disenso. Ahora exhortamos a las autoridades venezolanas a cumplir con el fallo y a restablecer la concesión de la frecuencia de RCTV para que pueda volver al aire”, agregó.

    Sin embargo, algunos analistas advirtieron que es poco probable que Venezuela cumpla con la sentencia de la Corte, porque en 2013 el gobierno denunció la Convención Americana de Derechos Humanos, la base principal del sistema interamericano de protección y promoción de los derechos humanos.

    Su cumplimiento depende de la CIDH y de la Corte, pero ahora Venezuela no acepta que esos organismos tengan jurisdicción en el país.

    De todos modos, como el juicio que involucra a RCTV empezó cuando Venezuela todavía estaba suscrito a este marco legal, el fallo debería ser aplicado, ya que el Estado venezolano participó en todas las instancias y tuvo todas las garantías durante el juicio.

    La batalla de 2002.

    La batalla del régimen chavista contra RCTV se acentuó notoriamente en 2002.

    Ese año, habían surgido en el país caribeño movilizaciones sociales contra el gobierno, e integrantes de las Fuerzas Armadas, con el apoyo de un grupo de civiles, solicitaron a Chávez su renuncia a la Presidencia. El mandatario terminó por aceptar el pedido. Sin embargo, la situación fue condenada por distintos organismos internacionales y apenas un par de días después, la Presidencia fue restituida y la situación volvió a la normalidad.

    Chávez y otros altos funcionarios de su gobierno acusaron a RCTV y a otros medios no solo de apoyar abiertamente el intento de golpe de Estado, sino de haber sido uno de los partícipes que lo promocionaron.

    Marcel Granier ha negado permanentemente desde el año 2002 que RCTV haya tenido alguna participación en el intento de golpe de Estado.