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    Cartas al Director (I)

    De la Suprema Corte de Justicia

    Sr. Director:

    En relación al contenido del artículo publicado en la edición del día jueves 16 de mayo del corriente bajo el título “Jerarcas del Poder Ejecutivo fueron a la Corte a transmitir que hay preocupación internacional por sus fallos sobre derechos humanos”, solicitamos nos permita compartir con sus lectores las siguientes precisiones:

    Una nutrida delegación de autoridades gubernamentales se reunió con los integrantes de la Suprema Corte de Justicia en la tarde del miércoles 15 de mayo en el Palacio Piria para informar sobre el contenido de su trabajo y establecer las bases para una relación más fluida con el máximo órgano judicial.

    Los visitantes fueron atendidos por los cinco Ministros de la Corporación, Dr. Jorge Ruibal Pino (Presidente), Dr. Jorge Larrieux, Dr. Jorge Chediak, Dr. Ricardo Pérez Manrique y Dr. Julio César Chalar.

    Estuvieron presentes en la oportunidad el Ministro del Interior, Sr. Eduardo Bonomi, el Ministro de Relaciones Exteriores, Dr. Luis Almagro, el Ministro de Educación y Cultura, Dr. Ricardo Ehrlich, el Secretario de Presidencia, Dr. Homero Guerrero, el Director de Derechos Humanos del MEC, Dr. Javier Miranda, el Comisionado parlamentario para el sistema penitenciario, Dr. Álvaro Garcé, el Director General para Asuntos Políticos del MRREE, Emb. Ricardo González, la Asesora del Ministro del Interior para asuntos penitenciarios, Psic. Gabriela Fulco y el Tercer Secretario de la Dirección de Derechos Humanos y Derecho Humanitario del MRREE, Sr. Martín Orlando, quienes integran la Comisión de Seguimiento de la Convención de Naciones Unidas sobre desaparición forzada.

    No existió en la instancia reclamación o reproche de clase alguna, actitud inadmisible para la Suprema Corte de Justicia.

    La reunión transcurrió en forma cortés y respetuosa de los respectivas competencias institucionales, culminando tras un poco más de media hora de diálogo que se desarrolló en el sentido antes indicado.

    Atentamente,

    Dr. Raúl Oxandabarat

    Director de la División de

    Comunicación Institucional de la SCJ

    La propiedad de la tierra

    Sr. Director:

    En la revista semanal Búsqueda que Ud. dirige, N° 1.713 del 16 al 22 de mayo de 2013, página 2, aparece el editorial centrado en mis fundamentos para apoyar y votar el impuesto al patrimonio destinado a desalentar la concentración de la propiedad de la tierra en el país.

    En un régimen de la mayor libertad de expresión, como lo está promoviendo el gobierno frenteamplista dirigido por el presidente José Mujica, es natural que se expresen todas las ideas, pero cuando se centran en una interpretación equivocada de mis dichos, tengo el derecho y el deber de clarificarlos para evitar equívocos, tanto del editorialista como de los desprevenidos lectores de la publicación que Ud. dirige.

    Para ello le adjunto una nota relativa al editorial citado, que sin discutir las ideas que cada uno legítimamente tenga, fundamenta lo que he expresado, y que descuento Ud. encontrará la forma de que cumpla con el objetivo clarificador mencionado.

    ——-

    Cuando accedió el Frente Amplio al gobierno nacional en 2005 era una obviedad la necesidad imperiosa de incrementar las inversiones en el país. El largo período de país estancado, tenía, entre muchos otros problemas, la incapacidad de destinar recursos para invertir en todas aquellas áreas imprescindibles para emprender una ruta de crecimiento sostenido. Nuestras arcas contaban con los exiguos ingresos que le permitían mantener el funcionamiento básico del Estado y poco más que eso, y cualquiera fuera el partido que gobernara tenía el deber elemental de expandir la economía nacional y las finanzas públicas, así como aumentar las inversiones tanto públicas como privadas.

    Esto fue lo que prometió e hizo el gobierno, y pasamos de los 2.000 millones de dólares de inversión anual a los valores actuales de 11.000 millones, con un entorno del 25% de inversión aportada por el sector público. Tanto el ex presidente Vázquez, como el actual Mujica, así como sus ministros de Economía y Finanzas, lo expresaron, buscaron los mecanismos y lo lograron.

    Nada tiene que ver ello con el problema específico de la propiedad de la tierra y el actual proceso de concentración de su propiedad.

    El problema de la estructura de la propiedad de la tierra en el Uruguay ha sido visualizado históricamente como un obstáculo al desarrollo agropecuario desde que existimos como nación. Hay más de 20 leyes a partir de la primera en 1873, que buscaron el acceso de familias rurales a tierras, insertar agricultores, colonizar con extranjeros y nacionales, crear colonias con familias rurales y otras iniciativas legislativas. Un punto alto en ese proceso fue la aprobación de la ley que creó el actual Instituto Nacional de Colonización, a propuesta de la Comisión de Reforma Agraria del Senado, en su recordado informe de diciembre de 1947.

    Lo novedoso en este comienzo del siglo XXI es la demanda creciente y sin antecedentes de tierras que se está dando en el mundo. Es de tal magnitud el nuevo fenómeno de acaparamiento de tierras, denominado “land grabbing” por parte de grupos inversores en el ámbito internacional, que los organismos internacionales como la FAO o el Banco Mundial lo están analizando, están buscando sus causas y sus efectos, tanto en el orden económico, productivo o social, en todos los continentes. Ello puede verse en www.fao: “Dinámica del Mercado de la Tierra en América latina y el Caribe”, Oficina Regional de FAO, Santiago, 8 de agosto del 2011 y Rising Global Interest in Formland, The World Bank, Klaus Deninger y Derek Byerlee.

    Se está dando un nuevo factor de megademandas de tierras que no tiene caracter nacional sino global y que tiene consecuencias sobre nuestra economía, y al que es imprescindible considerar.

    En nuestra realidad agraria hay dos hechos incontrastables. El precio de las tierra es bajo en términos internacionales, a pesar de que se multiplicó por nueve el promedio pagado por hectárea en los últimos 10 años, y los impuestos que paga la actividad agropecuaria son bajos. Un indicador de esto último es un reportaje que Búsqueda hizo al empresario agrícola internacional, Sr. Grobocopatel, en abril de este año. Ambos factores, junto a otros como la estabilidad económica, el cumplimiento de las normas o seguridad jurídica, y el buen clima de negocios, generan condiciones favorables para atraer inversores en general y también inversores que buscan tierras para sus negocios.

    Todos los países tienen normas para promover inversiones y regularlas de acuerdo a sus políticas, y sobre todo los países con economías más desarrolladas y con mayor institucionalidad construida. Dentro de ellas, cuentan con constituciones, leyes, normas administrativas para tratar con mayor celo sus recursos naturales finitos, y entre ellos la tierra, que todos preservan, valoran y cuidan mucho, dadas las múltiples funciones que cumple en sus economías y en la sociedad. Todo el instrumental de la Política Agrícola Común se refiere a ello en la Unión Europea y múltiples son los mecanismos similares en Estados Unidos o Canadá. Incluso en países como Nueva Zelandia, las inversiones en tierras son consideradas “sensibles” para el interés nacional y tienen un tratamiento particular para toda inversión mayor a 0,6 hectáreas.

    Esto es muy simple de verificar. Quien quiera hacerlo puede intentar comprar un campo en la Bauce agrícola francesa, en California o en la Isla del Sur Neocelandesa, y verá que no es posible. ¿Lo hacen por rémora ideológica? ¿Matan a la gallina de los huevos de oro? La respuesta está en los hechos y no en las discusiones que podamos tener, por más prolongadas que sean, y comprobaremos una vez más que el discurso liberal que muchas veces nos aconsejan las naciones más desarrolladas no es lo que ellos hicieron o hacen en sus países.

    El Banco Mundial hace un estudio profundo de este problema en el mundo y de cuál es la forma más eficiente de organización de la agricultura, y luego de repasar realidades tan distintas como las de países asiáticos, africanos, de Europa o América, concluye: “en la mayoría de los países, ricos y pobres, el tamaño promedio de los predios es pequeño. El sector es predominantemente compuesto de unidades explotadas por sus propietarios que combinan la propiedad con el manejo de los principales medios. La razón es que, a diferencia de la comercialización, la producción agrícola tiene pocas economías de escala por lo que coexisten distintas formas de producción, a diferencia del procesamiento o la distribución que se caracterizan por economías de escalas considerables que conducen a menudo a altos niveles de concentración”.

    Cuando Wilson Ferreira Aldunate propuso su “Programa de Reforma de las Estructuras Agrarias”, lo fundamentó en su exposición de motivos en la necesidad imperiosa de prohibir el latifundio improductivo y el minifundio excluyente. Con las correcciones de una realidad nacional muy diferente, y con un mundo que también ha cambiado mucho, hoy sigue siendo válido como política priorizar a los productores nacionales frente a los megaempresarios concentradores, que es lo que se busca desalentando la gran propiedad por la vía impositiva.

    La idea central es priorizar al productor nacional, que tantos ejemplos nos da de su aporte al país, de su eficiencia y de sus capacidades, y si se le quiere llamar ideología, lo acepto.

    En otras áreas del quehacer nacional existen normativas tendientes a desalentar prácticas nocivas. Cuando afirmamos que fumar es malo para la salud, y lo castigamos con un impuesto, a pesar de los juicios que nos hacen las grandes tabacaleras del mundo, a todos nos parece una causa noble. Igualmente desalentar la concentración de la propiedad de la tierra es una causa nacional que justifica hacerlo por un mecanismo de mercado, como es aumentar los costos fijos de quienes acaparan tierras.

    ¿Será suficiente? Cuando se aplica un tributo buscando alcanzar un fin, solo la práctica dirá si se logra lo buscado o hay que usar otra herramienta. En la experiencia internacional hay ejemplos diversos y veremos los resultados en nuestro país.

    En realidad el impuesto a la concentración de la tierra, ahora con forma de impuesto al patrimonio, no es un impuesto a la producción. Por lo menos el 97% de los productores rurales continuarán trabajando sin enterarse de su existencia, pues lo pagarán quienes posean más de 12 millones de unidades indexadas, que equivalen a un patrimonio de 31 millones de pesos y que con valores promedio de otros componentes, rondan en las 2.000 hectáreas de propiedad. Está destinado a los propietarios, las trabajen o no, y estos no son más que entre 1.200 a 1.400 propietarios en un universo de alrededor de 50.000 productores.

    El éxito del desempeño del sector agroindustrial uruguayo continuará en la medida que se mantengan las causas que lo originan, como la aplicación de todos los instrumentos de incentivos, promoción, inversiones públicas y privadas, acceso a mercados, de inocuidad de productos, trazabilidad, integración de productores familiares y asalariados rurales, dirigidas todas ellas al desarrollo rural integral.

    Ernesto Agazzi

    Senador

    La despenalización del aborto (I)

    Sr. Director:

    Aborto, moral y ley. Una vez más el país se enfrenta al debate sobre si la interrupción del embarazo dentro de las primeras 12 semanas es un derecho de la madre o si, por el contrario, hay que retornar a la vieja norma que juzgaba el hecho como delito y prescribía la prisión para la mujer que lo cometiera.

    El debate es ese y de ningún modo a favor o en contra del aborto, cuando es evidente que éste siempre es algo penoso, el resultado de un fracaso, de un error, de algo no querido en que se ha caído por circunstancias de la vida. Ninguna mujer marcha alegremente a esa situación. La procura porque siente que no está en condiciones de asumir una maternidad responsable, porque no puede darle a su futuro hijo las condiciones de la crianza normal, porque la situación económica o su entorno social la apremian, porque ha sido víctima de una violación o ha caído en una situación accidental que no se procuró.

    El Estado, la ley, no pueden negarle a la madre su derecho a decidir si desea o no tener un hijo. La maternidad es un resultado de la voluntad, del querer. Es un acto de creación, que requiere amor. No es una fatalidad a la que hay que resignarse porque la mujer es un simple instrumento de reproducción y no tiene el derecho a decidir como persona. Varios siglos de evolución costó liberarla de su esclavitud a maridos, padres o señores y reconocerle sus derechos civiles y políticos. Aún este recorrido no ha terminado y juzgamos regresivo retornar al estigma, el delito y la prisión.

    ¿Se puede ignorar que el aborto existe en el mundo entero? ¿Se puede desconocer que con la prohibición se castiga aún más severamente a las mujeres pobres que no pueden acceder a servicios asistenciales adecuados?

    Asumiendo esa realidad, la tendencia legislativa es ampliamente favorable a la despenalización, al punto que todos los países filosóficamente afines a nuestra concepción así lo han resuelto: España, Francia, Italia, Estados Unidos han despenalizado el aborto y hasta imponen la asistencia a la mujer en establecimientos públicos.

    Se afirma, sin embargo, que en el plano jurídico, estamos obligados por el pacto de San José de Costa Rica, al establecer (art. 4°) que el derecho a la vida “estará protegido por la ley y en general a partir del momento de la concepción”. Pero la norma no es imperativa. Así como “en general” ese es el criterio, “en particular” puede haber excepciones, como ocurre —en las disposiciones siguientes— con la pena de muerte, que tantos Estados democráticos aún practican. Dicho de otro modo, el pacto de San José —que en nuestro derecho es una ley de la misma jerarquía de cualquier ley— no condena o restringe una norma como la que el Parlamento uruguayo dictó regulando la interrupción del embarazo. Por otra parte, así lo han entendido los cuerpos judiciales interamericanos o europeos, que se han inclinado por el criterio de “decidir no decidir”, o sea, considerar que cada país ha de resolver la situación conforme a su criterio.

    Que en un embrión de menos de 12 semanas de desarrollo hay una potencialidad de vida es incuestionable. Pero no hay una persona titular de derechos y obligaciones cuando esa vida en potencia no tiene la menor posibilidad de sobrevivir fuera del cuerpo de su madre. Es una semilla, no un árbol.

    Por supuesto, hay respetables posiciones éticas distintas, pero así como no es aceptable que el Estado imponga abortar a una mujer —en nombre de una política de restricción demográfica, por ejemplo— tampoco es lógico que se le quite el derecho a decidir sobre su maternidad en nombre de concepciones ampliamente controvertidas. Como ha dicho Savater, “las leyes contemporáneas de las democracias avanzadas no pretenden zanjar todas las disputas morales, sino impedir que lo que unos consideran pecado deba convertirse en delito para todos”.

    Con toda precisión, lo aclara el jesuita Juan Masiá Clavel: “Si una legislación despenalizadora del aborto en determinados supuestos pretende, entre otras cosas, evitar abortos clandestinos, eso no significa justificar moralmente esas interrupciones. No hay responsabilidad ante la ley, sino ante la conciencia. Ni las leyes penalizan cuanto está mal, ni la despenalización de algo lo sanciona como bueno. No constituir delito no significa estar moralmente justificado. Ni que algo esté moralmente mal justifica tipificarlo como delito. Defendiendo la vida y evitando fomentar abortos, se puede asentir a ciertas despenalizaciones, para evitar abortos clandestinos o la estigmatización social de abortantes”.

    Por todo lo cual, el recurso de referéndum contra la ley, lejos de ser humanitario, nos retrotrae a condenaciones morales y penales cada día más perimidas. Como lo son, también, las sanciones morales —aún subsistentes en algunas religiones— para el divorcio o el derecho a una muerte digna.

    Julio María Sanguinetti

    La despenalización del aborto (II)

    Sr. Director:

    Aborto y referéndum. Recuerdo que, en su momento, cuando el aborto era delito en todos los casos, el Dr. Sanguinetti dijo que la despenalización debía resolverse por un plebiscito. Ahora, con una ley vigente que establece el derecho de abortar en las primeras 12 semanas, ve “negativo un planteo de referéndum” para definir la derogación de la ley, según lo publicado en “Correo de los Viernes”.

    Afirma que el referéndum pondría al país “en blanco y negro ante el dilema de la despenalización del aborto o su estigmatización y condena penal”, y que le “parece negativo, en estas circunstancias, un planteo de referéndum que se lanza contra viento y marea, no como una consulta serena sino como una campaña tremendista, con argumentos irrespetuosos para quienes no piensan como sus patrocinantes”.

    “Irrespetuoso para quienes no piensan como” uno es negar la conveniencia de ejercer un derecho que la Constitución establece en nuestra democracia. (Recordemos que la ley vigente fue aprobada por la mínima diferencia y que ya han salido a la luz encuestas serias que señalan que más de la mitad de la población quiere que se derogue).

    En cambio, no es irrespetuoso el respeto a los iguales derechos de todos. Y decir que algunos seres humanos no tienen derechos, o no tienen el principal derecho, que es el de vivir, es lo menos tolerante y respetuoso respecto a esas personas (individuos de la especie humana) cuyas vidas no se tutela penalmente: es considerar que unas vidas humanas valen más que otras a las que se puede matar sin que sea delito.

    No es democrático negar los derechos-deberes que tenemos como ciudadanos, según nuestra Constitución.

    No es democracia real aquel régimen en el que no se reconocen los derechos humanos. ¿Y qué son éstos sino aquellos que dependen exclusivamente del hecho de ser humano? Todo ser humano tiene como algo propio su vida: por eso es persona, es alguien, y no algo, como señalaba recientemente el Dr. Tabaré Vázquez. Ello no depende de una concepción filosófica, moral o religiosa, ni del hecho social de que se respete o no a esa persona. Ni deja de tenerse el derecho a vivir por el hecho de que alguien no lo reconozca, aunque ese alguien sea una mayoría (legislativa o popular) y se exprese en una ley formal. Esa ley será injusta e inconstitucional (pues nuestra Constitución reconoce los derechos inherentes a la personalidad humana). Hay una ley biológica que debe ser respetada por la ley jurídica: si la genética demuestra que desde la concepción hay un individuo de la especie humana, no hay ley jurídica que tenga potestad para cambiar esa realidad. Solo podrá no reconocerla, tratando desigualmente a quienes son iguales.

    La ley vigente en materia de aborto introduce, entonces, una discriminación arbitraria entre la persona que tiene 12 semanas de vida y los mayores de 12 semanas. A estos últimos, les reconoce el derecho de vivir; a los primeros, no.  Hay seres humanos con derecho a vivir y otros que no. Y eso lo decimos, lo promulgamos, y hasta algunos lo ven como un progreso del que deberíamos enorgullecernos.  Todos los uruguayos tenemos una ley más discriminatoria que el apartheid, porque la igualdad que no se respeta es el igual derecho a vivir de todo ser humano.

    Estas palabras son “serenas” y “respetuosas para los que piensan distinto”. No son argumentos tremendistas; lo tremendo es la realidad. Son “razones” que atañen a lo más esencial de la convivencia democrática. Algunos argumentos se han expresado más arriba. Me remito también a las 14 tesis o razones que señaló el presidente Tabaré Vázquez para fundar su veto: son fundamentos racionales, científicos, sociales y jurídicos; no hay en ellos apasionamiento sino serenidad, espíritu abierto a la realidad que nos muestra la ciencia, sin prejuicios adoptados desde el interés o la ideología. En cambio, hay sensibilidad hacia el problema que enfrenta la mujer, que tiene que ser, junto con el hijo, la más protegida. Se puede salvar a los dos, con la ayuda solidaria y el llamado a la responsabilidad de todos, mediante la educación, el apoyo médico, social y económico, que es muy distinto a hacer como el avestruz: no se puede convertir en derecho lo que es delito, pero se puede y se debe ayudar a quienes están en el duro trance del abandono y la presión, mostrándoles que la opción de la muerte del hijo no solo no es la única, sino la peor; que la sociedad no la deja sola y le ofrece lo mejor para ella y su hijo o hija.

    Esta ley fue aprobada por una ínfima minoría; pero fue aprobada por nuestros representantes. ¿Estamos de acuerdo con ellos? En Uruguay, a algunos seres humanos se los puede matar, y a otros no, porque es delito. ¿Y vamos a quedarnos callados en nuestras casas? “Es responsabilidad de los legisladores”, podrá decir alguno. Pero en nuestro país todos somos legisladores: todos tenemos el derecho-deber de legislar, promoviendo leyes mediante la iniciativa popular o derogando las que consideramos injustas mediante el referéndum. “El silencio es cómplice del crimen”. Pero es más: ¡en este caso es todo un país el que, mediante sus leyes, comete el crimen de discriminar arbitrariamente estableciendo que unas personas tienen derecho a vivir y otras no!

    Más aún: todos contribuimos mediante el pago de los impuestos y del F para que puedan realizarse los abortos “gratuitamente”. ¡Todos somos cómplices activos… salvo que hagamos algo para derogar esta ley inicua!

    Diego Velasco Suárez

    CI 3.683.909-5