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    Con el patrocinio del penalista Gonzalo Fernández, la empresa Consorcio del Uruguay denuncia a funcionarios del Banco Central

    El abogado también defiende a los jerarcas del Banco República en el “caso Pluna”

    Patrocinada por el catedrático y ex secretario de la Presidencia del gobierno de Tabaré Vázquez Gonzalo Fernández, la empresa Consorcio del Uruguay SA presentó una denuncia en el juzgado de crimen organizado contra funcionarios del Banco Central del Uruguay (BCU), a quienes acusa de ejercer una conducta discriminatoria en el diferendo que esa firma mantiene con la empresa Campiglia Pilay, dijeron a Búsqueda diversas fuentes vinculadas al caso.

    Fernández fue recientemente contratado por el Banco República (BROU) por U$S 185.000 para defender a su presidente, Fernando Calloia, y a otros jerarcas que son indagados por el “caso Pluna”. Los honorarios del penalista incluyeron también el cobro del aval que el BROU había otorgado a la desconocida empresa Cosmo por U$S 13,6 millones para que se presentara a la subasta de los aviones de Pluna. Ese aval finalmente será pagado por el titular de Buquebús, Juan Carlos López Mena.

    La defensa de los titulares de Campiglia Pilay es ejercida por el abogado Paul Pereira Schurmann, quien patrocinó a Fernández en la denuncia que le hizo el penalista Gustavo Salle por un caso de presunta conjunción del interés personal con el público por su incidencia en la derogación de un artículo que permitió clausurar la indagatoria contra los hermanos Peirano Basso. Esa causa fue archivada recientemente a pedido de la fiscal en crimen organizado Mónica Ferrero, quien entendió que no existió delito por parte de Fernández.

    A su vez, la defensa de los funcionarios del BCU es ejercida por los penalistas Amadeo Ottati y Mario Spangenberg. Fuentes judiciales dijeron a Búsqueda que la defensa de los funcionarios pidió que se cite a declarar como testigos a los actuales directores de la autoridad monetaria, en el entendido de que la política aplicada por el banco no es responsabilidad de los funcionarios intermedios sino que es una decisión de sus máximas autoridades.

    El diferendo entre Consorcio y Campiglia Pilay se originó hace un par de años, cuando la primera impugnó decisiones del BCU que autorizaron el fideicomiso de la segunda.

    Según una nota del diario El País de diciembre del 2011, Consorcio pidió al BCU que se considerara a Campiglia Pilay como grupo de ahorro previo y que por lo tanto esté sujeto a la misma regulación. La autoridad monetaria rechazó ese planteo.

    Adicionalmente, en febrero del 2012 “El País” informó que la Superintendencia de Servicios Financieros del BCU ordenó a Consorcio que retirara de internet un blog que contenía información parcial de un expediente que había iniciado ante el banco. Consorcio recurrió esa decisión pero el Directorio del banco la ratificó.

    El expediente que estaba publicado en el blog hacía referencia a la decisión del BCU de regular a Campiglia Pilay como un fideicomiso financiero de oferta pública y no como un grupo de ahorro previo, como pretendía Consorcio.

    “La publicación del mencionado blog implica utilizar el acceso a un expediente administrativo que la firma impugnante obtuvo en virtud de su calidad de denunciante y ulterior recurrente de un acto administrativo, para un uso diferente del que motivara el acceso por parte de Consorcio del Uruguay S.A. la información contenida en las actuaciones”, expresó el BCU en su resolución.

    Según el banco la publicación de ese material viola “el principio de finalidad” establecido en las normas y además se violenta “el principio de veracidad”.

    Más adelante, el diario “La República” informó que la Superintendencia de Servicios Financieros del BCU directamente intimó a Consorcio y a Campiglia Pilay a “abstenerse absolutamente de efectuar comunicaciones públicas en cualquier medio de difusión” acerca de su diferendo.

    La autoridad monetaria advirtió a ambas firmas que los comentarios sobre “supuestas debilidades o inseguridades de los productos de la competencia alientan en forma injustificada la incertidumbre y la desconfianza”. Agregó que una de las competencias de la institución es “promover la estabilidad, solvencia, transparencia y funcionamiento ordenado y competitivo de las entidades supervisadas”, por lo que las invita al silencio.

    La resolución instruye a ambas empresas a “abstenerse absolutamente de efectuar comunicaciones públicas en cualquier medio de difusión”, ya sea “prensa, radio, televisión, Internet”.

    Esa actitud del BCU motivó la crítica de algunos especialistas, que consideran que con esa postura al banco violenta la libertad de expresión, porque prohíbe a las empresas manifestar información objetiva sobre la calificación de riesgo de su competencia que puede servir para que la opinión pública tome una decisión fundamentada.

    Según supo Búsqueda, incluso algunos representantes legales cercanos a Consorcio estudian la posibilidad de acudir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por este caso.

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