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Con su nueva integración, la Suprema Corte de Justicia mantuvo la inconstitucionalidad de un artículo de una ley que obliga a los propietarios de predios a ofrecer sus campos en primer lugar al Instituto de Colonización (INC), cuando decidan venderlos.
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En una sentencia aprobada por unanimidad, fechada el 30 de agosto, la Corte aplicó el mecanismo de “decisión anticipada” para declarar inconstitucional el artículo 5 de la ley 18.756.
La decisión de la corporación era esperada para conocer el criterio que asumiría su nuevo integrante, el ministro Julio Chalar, quien sustituyó a Daniel Gutiérrez (quien se retiró por disposición constitucional luego de cumplir 10 años de ejercicio en el máximo órgano judicial).
Con otra integración la Suprema Corte ya había declarado inconstitucional en dos oportunidades esta norma.
El artículo 5 de la ley 18.756 establece: “Declárese que no están afectadas ni comprendidas por la administración y el régimen instituido por la ley 11.029 (...) las parcelas que integran las colonias que hayan sido enajenadas por la Comisión Asesora de Colonización o la Sección de Fomento Rural y Colonización del Banco Hipotecario, cuyos propietarios cumplieron con todas sus obligaciones antes del 12 de enero de 1948”. Agrega que los propietarios de predios comprendidos en esa disposición estarán obligados a ofrecerlos en primer término al INC según lo establecido por el artículo 35 de la ley 11.029.
Consultado por Búsqueda, el experto en Derecho Constitucional Gonzalo Aguirre —quien fue el abogado patrocinante del productor que inició esta acción de inconstitucionalidad— opinó que se trata de una noticia “importante” porque demuestra que “la Corte, con nueva integración, sigue marcándole lo que está de acuerdo a la Constitución y lo que no” al gobierno. Según el especialista, el artículo objetado vulnera la Constitución porque afecta los derechos adquiridos de las personas de disponer libremente de sus bienes y el principio de igualdad porque se legisla de modo “irracional” para un grupo de personas específicas.
Fondo.
Con el objetivo de canalizar el ahorro hacia la compra de tierras a ser colonizadas o financiar créditos con ese destino, el Poder Ejecutivo envió el martes 3 al Parlamento un proyecto de ley que crea el Fondo Nacional de Colonización. Rentas Generales girará trimestralmente el equivalente a 26,5 millones de unidades indexadas al INC y ese ente podrá destinar hasta el 50% de los ingresos que obtiene por las enajenaciones, arrendamientos y otras formas de usufructo de las tierras, para atender las obligaciones derivadas de la emisión de certificados de participación y/o títulos de fideicomisos que se creen o los préstamos que se tomen por hasta U$S 100 millones, según el proyecto de ley.