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    Corte rechazó amicus curiae en defensa de mujer condenada por homicidio tras aborto ilegal

    Mientras el caso aguarda por el fallo definitivo de la Suprema Corte de Justicia, más de 30 organizaciones regionales presentaron tres amicus curiae en defensa de la mujer condenada

    Al año siguiente, un tribunal de apelaciones confirmó la condena, aunque la redujo a 12 años. La mujer, madre de dos hijos pequeños, aseguró a Búsqueda que tomó misoprostol para abortar porque “no podía” tener un bebé en las condiciones precarias que vivía y siendo la única responsable del cuidado de sus niños. También afirmó en la Justicia que se practicó un aborto sin saber que su embarazo estaba tan avanzado, ya que en la policlínica donde fue atendida le dieron información errónea.

    Ahora el caso aguarda por el fallo definitivo de la Suprema Corte de Justicia. La notoriedad que tomó entre la sociedad civil que trabaja por los derechos sexuales y reproductivos de la región llevó a que entre más de 30 organizaciones presentaran tres amicus curiae ante la Corte. No obstante, todos fueron rechazados por el máximo tribunal uruguayo, que entendió que no corresponde admitirlos en esta etapa porque la causa ya está concluida. Los amicus curiae son escritos presentados por terceros ajenos a un caso que ofrecen su opinión para colaborar con un tribunal en la resolución de una sentencia.

    Las organizaciones internacionales firmantes —entre ellas, el Centro de Derechos Reproductivos, Ipas Latinoamérica y el Caribe y la Red Jurídica del Consorcio Latinoamericano contra el Aborto Inseguro— afirmaron ante la Suprema Corte que la pena impuesta contra la mujer es desproporcionada y es el resultado de prejuicios de género. Señalaron a su vez los paralelismos de la sentencia con el emblemático “caso Manuela”, por el cual El Salvador fue condenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Ese país prohíbe la interrupción del embarazo en cualquier etapa. Manuela era una mujer de pocos recursos que producto de una emergencia obstétrica abortó a su bebé, que fue encontrado en un pozo séptico. Cuando ingresó al hospital, la médica la denunció en la Policía y la mujer terminó condenada a 30 años por homicidio. Poco después murió en la cárcel por problemas de salud.

    La Corte Interamericana falló que la investigación penal se vio “impulsada por los prejuicios, por no cumplir con el estereotipo de ser una madre abnegada”. A su vez, cuestionó la proporcionalidad de la pena y el hecho de que el personal médico diera prioridad a la denuncia en la Policía antes que a la atención.

    En uno de los amicus las organizaciones citan parte de la sentencia de la Corte Interamericana, en la que advirtió que el uso de “estereotipos de género en procesos penales puede evidenciar una violación del derecho a la presunción de inocencia, del deber de motivar las decisiones y el derecho a ser juzgadas por un tribunal imparcial”.

    Además, plantean a la Suprema Corte que considere los problemas que causa el modelo de regulación existente en Uruguay: “Aunque se permite el aborto en ciertas etapas gestacionales y bajo algunas causales, aún hay una criminalización en otros supuestos. Esta criminalización genera diversos obstáculos para que las personas embarazadas intenten acceder al aborto, incluida la falta de información pública sobre el alcance de los supuestos del aborto legal y la aplicación de estereotipos de género”, indicaron.

    Sobre el caso concreto, las organizaciones valoraron que “los jueces de primera y segunda instancia no consideraron la falta de información” que tenía la imputada sobre su edad gestacional y sostuvieron que la pena “es desproporcionada, basada en gran medida en estereotipos de género y, por tanto, contraria a los estándares internacionales de los derechos humanos”.

    Información Nacional
    2024-03-21T00:50:00