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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáEl Directorio del Colegio de Abogados del Uruguay hace saber a la opinión pública en general y a los legisladores y abogados en particular su enorme preocupación por algunas normas contenidas en el proyecto de Presupuesto General de Gastos e Inversiones que se encuentra actualmente a estudio del Poder Legislativo.
Específicamente, el cambio propuesto para la forma de ejecución de determinados fallos judiciales contra el Estado, modificando el art. 400 del Código General del Proceso, resulta inconstitucional por cuanto hace ilusorio el acceso a la justicia de ciertas personas, consagrando restricciones a la plena responsabilidad del Estado y estableciendo un mecanismo violatorio del principio de igualdad al estipular distintos procedimientos para el cobro de juicios contra el Estado dependiendo de quién sea el acreedor. Ello resulta agravado por el hecho de que, en aras de proteger aspectos presupuestales, se pretende postergar a los trabajadores en su derecho al cobro de créditos derivados de sentencias recaídas en los juicios que eventualmente puedan promover contra el Estado.
También el art. 425 del presupuesto proyectado contraría la Constitución al establecer que las instituciones de salud pública y privada no estarán obligadas a brindar tratamientos, estudios, vacunas o medicación que no sean de los definidos por el MSP, quedando así al exclusivo criterio de éste determinar la suerte de quienes, por ser “carentes de recursos suficientes” como lo establece la Constitución, quedarían imposibilitados de acceder a determinados estudios o tratamientos, a diferencia de otras personas que por encontrarse en mejor situación económica, tienen a su alcance métodos de diagnóstico o tratamientos terapéuticos de mayor costo.
El Colegio de Abogados del Uruguay insta a los legisladores a asegurar la adecuación de las normas presupuestales a los preceptos constitucionales respetando el alcance general y abstracto que debe poseer toda ley, lo que resulta improbable cuando se legisla para situaciones de coyuntura.
Se alerta entonces a los Sres. legisladores acerca de la necesidad de no sancionar las normas indicadas en su actual redacción, ofreciendo a los efectos de contribuir a su análisis, así como al de otras disposiciones del proyecto de ley de referencia, su más amplia colaboración.
Colegio de Abogados del Uruguay