Ante esto, el propio tribunal del concurso seleccionó las publicaciones, tras lo cual le otorgó 22 de 24 puntos posibles a Raso en ese rubro.
En agosto del 2012, el TCA falló a favor de Mangarelli en este caso, por entender que hubo una “clara violación a la disposición y a los principios generales que deben regir el procedimiento concursal”.
La Facultad de Derecho argumentó entonces que se había tratado de un “error involuntario”, “un mero descuido”, según consta en el fallo.
“Tal justificación no puede ser compartida, incluso más, no puede ser invocada y menos en oportunidad de un concurso para cubrir los cargos correspondientes a los cargos Grado 5 de la Facultad de Derecho”, señaló el TCA en sus considerandos.
“Ampárase la demanda y, en su mérito, anúlase el acto impugnado”, sentenció.
“Mamarracho jurídico”.
Luego de haber perdido en el TCA, el Consejo de la Facultad discutió el tema el jueves 6 de diciembre. La mayoría oficialista promovió una interpretación del fallo en la que argumentó que, como el TCA había “acogido parcialmente” los planteos de la docente, procedería a la anulación del nombramiento de Raso, pero declararía desierto el cargo en vez de designar a Mangarelli.
El Consejo resolvió por seis votos en 10 revocar la designación de Raso, mantener la de Rosenbaum, declarar desierto el cargo y hacer un nuevo llamado a tres aspirantes para profesor titular grado 5 de esas asignaturas, según la resolución a la que accedió Búsqueda.
La postura de la mayoría fue criticada por los miembros de la Corriente Gremial Universitaria (CGU), quienes sostuvieron que esa posición es un “mamarracho jurídico”.
La discusión sobre el punto se desarrolló entre gritos e insultos, y necesitó de varios cuartos intermedios antes de culminar, según las actas de la sesión, a las que accedió Búsqueda.
Los que se opusieron a la propuesta de resolución presentada por la mayoría, alertaron sobre las consecuencias jurídicas que la decisión podría tener. Además, fundamentaron su voto negativo “deslindándose de cualquier responsabilidad civil o penal” que se generase.
Durante el debate, el consejero por el orden de egresados Gastón Gianero sostuvo que la propuesta “no cumple con lo que dispone la sentencia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, que es declarar la nulidad del acto administrativo”.
“Esto no se hace, este Consejo si aprueba el proyecto de resolución que viene propuesto, lo que está haciendo es reabrir la posibilidad al doctor Raso de que enmiende su propio error, de manera que logre obtener el grado cinco tan ansiado, tan esperado, pero con consecuencias más graves todavía como por ejemplo que pueda incorporar los méritos que logró ostentando un grado 5 que no le correspondía por más de un año en este nuevo llamado”, agregó.
La consejera del orden docente Beatriz Bugallo también votó en contra. “Cualquier académico de Derecho Administrativo se horrorizaría ante la resolución que se propone, esto es un tema de gestión”, sostuvo.
Federico Gianero, consejero del Orden Estudiantil, dijo que la resolución es un “mamarracho jurídico”, porque “toda la doctrina del Derecho Administrativo entiende que el efecto anulatorio supone borrar del mundo jurídico el acto administrativo”.
“Hoy 6 de diciembre este Consejo, esta administración, este Decanato, y los consejeros que votaron a favor de este proyecto de resolución suman una nueva vergüenza, otra vergüenza más que se suma a todas las otras que se vienen sucediendo, y por las cuales toda la opinión pública habla de este Consejo y de esta administración, y de quienes gobiernan hoy la Facultad de Derecho”, añadió.
Los consejeros que votaron la resolución no argumentaron su voto, aunque en un momento de la discusión, Nicolás Brener, consejero por la Federación de Estudiantes Universitarios del Uruguay (FEUU), dijo que ese acto “está absolutamente fundado”.
“Ilegitimidad manifiesta”.
El 24 de diciembre Mangarelli impugnó la resolución de la Facultad. Ante su pedido, el TCA intimó a la casa de estudios a que cumpliera con el fallo, pero no tuvo éxito.
Con esos antecedentes, Mangarelli interpuso un recurso de amparo a comienzos de año. “Mi designación era ineludible pues sin esos 22 puntos el doctor Raso pasaba a un tercer lugar, alejado del doctor Rosenbaum y de mí”, sostuvo la docente.
La involucrada recurrió al amparo porque “habiendo recorrido un larguísimo periplo” que lleva “más de cuatro años, agotando pesadas instancias administrativas y jurisdiccionales”, esta situación “debe cesar de inmediato” y la Facultad “debe acatar los fallos ejecutoriados que le han sido adversos”, ya que su “deber básico” es “de obediencia ciega a la cosa juzgada”.
La Facultad argumentó en respuesta que su posición es válida en tanto que la administración puede “ajustar su conducta” teniendo en cuenta los “criterios orientadores de la sentencia” y que, como el fallo no recoge las consideraciones referentes a Rosenbaum, “no resulta lógico que dicho fallo anulatorio alcance el acto de designación de éste”.
La jueza De Salterain no lo entendió así, sino que resolvió suspender la aplicación de la resolución de Derecho. En la sentencia sostuvo que la conducta de la Facultad “no se corresponde con la decisión anulatoria” del TCA porque si bien ese tribunal no hizo lugar al resto de los reclamos presentados por Mangarelli, en ningún caso “se avizora la necesidad de un nuevo llamado para el cargo asignado al doctor Raso”.
Para la magistrada la conducta de la Facultad, si bien invoca el cumplimiento de la sentencia del TCA, “se aparta de ella, desconociendo sus pautas” al realizar un nuevo llamado en el que pretende proveer el cargo de Raso que “por anulación” del tribunal “correspondía la Dra. Mangarelli”.
“Nada indica que dichas bases y pautas condujeran a un nuevo llamado de aspirantes por parte de la Universidad, pues lo que se había recurrido no era dicho llamado, y lo que se anuló tampoco. Correspondía, sin lugar a hesitación, en su caso, mantener la designación del doctor Rosenbaum, como se hizo, y en aplicación de la anulación del acto (en cuanto refería al doctor Raso) designar al postulante que por puntaje quedara en segundo lugar. Y en el caso, era sin dudas la doctora Mangarelli”, añadió la jueza.
De Salterain sostuvo que hay un “franco apartamiento de la cosa juzgada” y agregó que el actuar de la Facultad “lesiona con ilegitimidad manifiesta los derechos” de la docente.
“El innecesario nuevo llamado conculca notoriamente el derecho fundamental de la accionate a la recomposición del acto anulado”, concluyó.