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    Edad de imputabilidad penal

    Sr. Director:

    La edad de imputabilidad se bajó hace 10 años. Ante la propuesta para rebajar la edad de imputabilidad de 18 a 16 años, reitero lo ya insertado en “El Telégrafo” y en “La Democracia”: allí se explicó que hace ya diez años que tal edad se ha rebajado por el Código de la Niñez y la Adolescencia, en adelante CNA. Por tanto, es conveniente explicar el error que significa la propuesta aludida al comienzo.

    El Código Penal, sancionado en 1934, dispuso que no se es imputable hasta cumplir la edad de 18 años, pero el citado CNA, sancionado por ley Nº 17.823, del 7 de setiembre de 2004, dispuso en su art. 1º que dicho Código es aplicable a los seres humanos menores de 18 años; que es niño todo ser hasta los 13 años, y que son adolescentes  los mayores de 13 y menores de 18 años, o sea quienes tienen entre 14 y 17 años. Y en el art. 65 encomendó a los jueces letrados de menores conocer en primera instancia en los asuntos relativos a infracciones penales cometidas por adolescentes. O sea que dicho Código, desde que entró en vigor en 2004, redujo la edad de la imputabilidad a quienes tienen entre los 14 y los 17 años. O sea que desde los 14 años se es imputable.

    Por tanto, ha sido totalmente equivocado que se haya promovido, y esté en trámite, una iniciativa que plantea que por vía de plebiscito se ha de reducir la edad de imputabilidad de 18 a 16 años, y que ello se pretenda hacer efectivo mediante reforma constitucional.

    Ello es lo esencial de la propuesta, pero el espacio no es compatible para analizar las cuestiones que conjuntamente con la iniciativa precitada se plantearon. Sí se explicarán a continuación, muy sucintamente, los sustanciales motivos que determinan la inconveniencia de la propuesta.

    En primer lugar, implica reformar la Constitución, lo cual impondría también reformarla si fuera necesario modificar ulteriormente la nueva norma. En segundo lugar, la diferencia entre lo propuesto y lo vigente es tal, que resultaría prácticamente imposible que se pueda coordinar lo vigente con la reforma propuesta, si es aprobada.

    Vale decir: quienes promovieron la iniciativa, y quienes la apoyaron, han incurrido en un muy profundo error.

    Considero que corresponde señalar, para acreditar la pertinencia desde el punto de vista de la técnica jurídica, del criterio sustentado en esta nota, que quien es destacado docente, el Prof. Dr. Juan Andrés Ramírez, ha expresado, precisamente, que no comparte la propuesta de rebajar la imputabilidad de 18 a 16 años, por ya ser imputables los adolescentes desde que han cumplido los 14 años, según el régimen del CNA.

    Rodolfo Canabal

    CI 1.102.296-2