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    El Derecho de Autor

    Sr. Director:

    Carta pública para las parlamentarias y parlamentarios de Uruguay

    Estimadas legisladoras y legisladores:

    Desde el 16 de marzo de 2017 está en la esfera parlamentaria el proyecto de ley sobre Limitaciones y Excepciones al Derecho de Autor, también llamado Acuerdo. El mismo fue ingresado por el presidente de la Cámara de Diputados, Prof. José Carlos Mahía. Ese proyecto es el texto del acuerdo refrendado el 26 de mayo de 2016 —Día del Libro— en la Sala Maggiolo de la Udelar, por la FEUU, la Cámara del Libro y Agadu, convocados y avalados por el PIT-CNT. Dicho texto surgió luego de intensas gestiones que procuraron, desde el inicio, el diálogo, la negociación y la búsqueda del consenso.

    Las bases conceptuales sobre las que reposó esa denodada búsqueda de concordancia fueron:

    1)-Los artículos 7, 33 y 34 de nuestra Constitución,

    Artículo 7°. Los habitantes de la República tienen derecho a ser protegidos en el goce de su vida, honor, libertad, seguridad, trabajo y propiedad (...).

    Artículo 33. El trabajo intelectual, el derecho del autor, del inventor o del artista, serán reconocidos y protegidos por la ley.

    Artículo 34. Toda la riqueza artística o histórica del país, sea quien fuere su dueño, constituye el tesoro cultural de la nación; estará bajo la salvaguardia del Estado y la ley establecerá lo que estime oportuno para su defensa.

    2)-El derecho fundamental de todo ciudadano a educarse toda la vida no puede anteponerse al Derecho de Autor ni socavar las retribuciones alcanzadas. Ejemplo de ello es el trabajo excelente que ha venido realizando Ceibal hace más de una década, permitiendo el acceso a textos y otras creaciones para los niños y jóvenes de nuestro país, salvaguardando el Derecho de Autor con propuestas contractuales de mutuo acuerdo entre el Estado, los autores, las editoriales y los artistas en general.

    3)-El acceso libre a la cultura no debe ir en detrimento de quienes construimos parte de esa misma cultura, limitando o anulando el Derecho de Autor que, en muchos casos, es el principal ingreso de músicos, escritores, artistas plásticos, ilustradores y oficios conexos en todos estos territorios de la creación.

    4)-El Derecho de Autor es, en efecto, el salario del creador y no hay ninguna razón para creer que dicho derecho puede limitar el acceso libre a la cultura y el derecho irrestricto a estudiar. ¿Acaso no se remunera la infraestructura, el personal, la difusión y la tecnología en instituciones educativas, en medios de comunicación masivos, en bibliotecas, etc., que hacen posible acceder al estudio y a los bienes culturales?¿Por qué, entonces, se quiere limitar la remuneración a los creadores? Los artistas están permanentemente concediendo excepciones. La más reciente ha estado dirigida a personas ciegas o de baja visión. Lo importante es que siempre ha sido de común acuerdo, sin imposiciones de ningún tipo.

    5)-Creo, señoras y señores legisladores, que ustedes no están frente a un asunto meramente técnico-legal, a una mera sustitución de tal o cual vocablo. Creo que están frente a un asunto político-social, a una cuestión de políticas públicas. Creo que todos los firmantes del Acuerdo, instituciones de inmenso arraigo en la población y en la cultura del país, están dispuestos al diálogo en procura de la búsqueda de soluciones consensuadas sobre textos concretos, donde nos pongamos de acuerdo en mecanismos que extiendan y aseguren cada vez más el acceso a la cultura, el derecho a estudiar y también las compensaciones justas del Derecho de Autor, que lejos de recortarlas, las aseguren y profundicen.

    Finalmente, reafirmo que respaldan estas humildes consideraciones los preceptos contenidos en nuestra Constitución, los mecanismos adoptados en países que han resuelto estos asuntos protegiendo equitativamente todos los derechos y en los organismos internacionales directamente relacionados con la Propiedad Intelectual, el Derecho de Autor y los derechos conexos. En el mundo hay cruzados que pretenden exterminar el Derecho de Autor no solamente para enriquecerse de manera inmoral y obscena desde la metrópoli de países centrales, sino para manipular, también, finalmente, nuestra cultura y nuestros accesos, digitando a qué acceder y a qué no, qué remunerar y qué no, qué promover y qué no, de manera usurpadora.

    Esperando de ustedes la sensatez, la inteligencia y la ecuanimidad en sus consideraciones, aprovecho para saludarlos muy especialmente como mis representantes, quedando a vuestra disposición.

    Ignacio Martínez

    Escritor

    Presidente del Departamento de Cultura

    del PIT-CNTConsejero secretario del

    Consejo de Derecho de Autor. MEC