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    El aumento a los judiciales

    Sr. Director:

    En el año 2010, el presidente Mujica, resolvió aumentarle el sueldo a los ministros de Estado y para eso los equiparó a los legisladores.

    Tal decisión determinaba también el aumento de los sueldos de los ministros de la Suprema Corte de Justicia, por estar equiparados a los ministros de Estado y, por ley, llevaba enganchados los sueldos de todos los trabajadores del Poder Judicial. Ya desde ese momento, el gobierno del Frente Amplio estuvo obligado a pagar el aumento a todos los funcionarios judiciales.

    Hasta hoy, no lo hizo. Para cubrir su incumplimiento se dictó una norma que obligaba al Poder Judicial a pagar con fondos propios esos créditos, pero fue declarada inconstitucional.

    Entonces, redoblaron la apuesta. En la ley de Presupuesto Nacional del año 2015, a instancias del Poder Ejecutivo se aprobó por mayoría (solo legisladores del Frente Amplio) el que sería el artículo 733 que dispone que, ante condenas por reclamos salariales contra la Administración Central u organismos de contralor, el Tribunal que condene lo debe comunicar al Ministerio de Economía, y este efectuar las previsiones en la siguiente instancia presupuestal para que el pago se haga dentro del siguiente ejercicio.

    Esto es una burla, una tomadura de pelo. Como ejemplo podemos pensar que un juicio pueda demorar dos años y la instancia de ejecución de sentencia un año más. A partir de esta norma luego de esos tres años de juicio el acreedor (un trabajador, un funcionario público) deberá aguardar, tal vez, un año hasta la siguiente instancia presupuestal para que se incluya su crédito que podría pagarse el siguiente año. Cabe señalar que este es un régimen absolutamente excepcional y exclusivo para el Estado, porque los particulares condenados deben pagar en el plazo de tres o diez días luego de la sentencia de ejecución.

    Y, ¿qué puede hacer el acreedor si el Poder Ejecutivo no incluye el crédito en la siguiente rendición? ¿Y si lo incluye pero al año siguiente no le paga? Pero, además, ¿quién si no el organismo público condenado tiene la culpa de los que no se hubiera hecho efectivo el pago del crédito laboral que motivó el juicio?

    Estas son las herramientas de los que se vale el gobierno del Frente Amplio para evadir sus obligaciones para con funcionarios públicos y trabajadores de empresas tercerizadas. Y para lograrlo cuenta con la complicidad de sus senadores y diputados.

    Lo sorprendente es que no se ha visto que el PIT-CNT, que adopta medidas de lucha en defensa de Dilma y Lula, por ejemplo, no las adopte para forzar al gobierno a derogar este artículo 733. Seguro que si lo exigiera lo lograría, ya que está en tan buenas relaciones con el gobierno, que hasta lo invitan a los viajes oficiales. ¿O acaso piensan que dejarían de invitarlos?

    Dr. José Pedro Gianero Pesce