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    El coronavirus y el gasto público

    Sr. Director:

    Ni bien asumió funciones el Gobierno, emergió a su frente el gigantesco iceberg del Covid-19. Ante ello, en primera instancia impulsó en la Ley 19.874 (cuyo decreto reglamentario no se ha dictado) el denominado Fondo Solidario Covid-19, que se nutre de varias vertientes y en particular una parte menor se financia con un tributo que se aplica a partir de determinado monto a los sueldos de: a) funcionarios públicos; b) cargos políticos y de particular confianza, y c) a todas las pasividades, a partir de cierta cifra, mediante un adicional del impuesto de asistencia a la seguridad social (IASS). Resulta natural que, dadas las circunstancias, en primera instancia el Gobierno haya tenido que recurrir a la vía más rápida posible como es la aplicación de un impuesto que se percibe mediante retenciones en los sueldos y pasividades. Transcurrido un lapso de tiempo, correspondería explorar y concretar esquemas alternativos, que no sean tributos con distinto nombre pero siempre sobre la misma materia gravada, los sueldos y las pasividades. No resulta lógico dada la enorme presión tributaria que se ejerce sobre la ciudadanía.

    No debemos olvidar que el titulado impuesto a la renta de las personas físicas no es un impuesto a la renta, sino que es un impuesto a los ingresos brutos menos algunas deducciones de carácter menor. Por este motivo no podemos bajo ningún concepto comparar este impuesto con los que se aplican sobre la renta definida en la concepción mundialmente aceptada, que es diferente a la que se aplica en nuestro país. Por su parte el impuesto de asistencia a la seguridad social, conocido como IASS, que se aplica a las pasividades, no es como lo expresa su nombre un impuesto de asistencia a la seguridad social, sino que es un impuesto de asistencia al Banco de Previsión Social, ya que la recaudación de este impuesto va exclusivamente hacia el BPS. El descuento que se realiza a las pasividades abonadas por las cajas paraestatales —Bancaria, Profesional y Notarial— va directamente a las arcas del BPS.

    A esta altura de los acontecimientos, no sería momento de eliminar este impuesto Covid-19 a los sueldos y pasividades al concluir los dos meses previstos en la ley y la recaudación esperada del mismo sustituirla por un conjunto de disposiciones que pueden implicar derogar exoneraciones o subsidios, o bien, suprimir gastos públicos que se deberían consideran innecesarios, ya que no contribuyen al bien común de la ciudadanía y por supuesto su eliminación no afectaría el funcionamiento de la administración pública.

    Exoneraciones: debería recorrerse la profusa nómina de actividades exoneradas o artículos exentos de tributos que en algunos casos resulta inexplicable que se hayan aprobado y que se mantengan en la actualidad. Su derogación no debe implicar impedimento de tipo alguno para atraer nuevas inversiones que sean sustentables y generen beneficios para nuestro país. Mientras algunos artículos están exentos, otros, como el equipamiento médico se encuentra gravado.

    Subsidios: en tiempos normales, resulta muy difícil de justificar el subsidio que beneficia a la cerveza, que si bien disminuyó en su tercera parte hace tres años, subsiste a la fecha. Sería oportuno analizar la totalidad de subsidios que existen en nuestro país y si tienen justificación lógica a la fecha.

    Tributos: la tributación sobre los cigarrillos y las bebidas alcohólicas podrían elevarse y ello generaría mayores ingresos para el Estado.

    Los distintos gobiernos ante problemas de caja siempre han optado por aumentar la tributación, pero ¿no será el momento de modificar ese criterio y analizar el gasto público y mejorar su gestión? Veamos algunos ejemplos de fácil ejecución y que objetivamente no provocan afectaciones a ningún sector de la población.

    Tengamos en consideración que la recaudación de este impuesto Covid-19 es ínfima si la comparamos a vía de ejemplo con los siguientes gastos o inversiones o préstamos de los cuales no ha existido el retorno debido. Torre de Antel y Antel Arena —cuyas construcciones no mejoraron en absoluto las comunicaciones—; préstamos irrecuperables otorgados por Fondes, préstamos a Fripur, condonación de la deuda DGI al Grupo Casal, regasificadora, ANCAP, etc.; estos son pasado, pero debemos recordarlos permanentemente para evitar reiterarlos en el futuro.

    El Poder Ejecutivo durante el año 2018 autorizó aprox. 1.105 misiones oficiales al exterior, en tanto en 2019 fueron aprox. 825. Los destinos son múltiples, desde los más cercanos a los más lejanos, y lo que más llama la atención es la distribución a lo largo del año. Los meses de diciembre, enero y febrero son los de menor cantidad de misiones al exterior…

    A las misiones oficiales autorizadas por el Poder Ejecutivo debemos anexar los viajes realizados por el Poder Legislativo; intendencias municipales; entes autónomos y servicios descentralizados y las rutinarias en el Ministerio de Relaciones Exteriores, comisiones binacionales, etc.

    El Covid-19 nos ha obligado a utilizar las herramientas tecnológicas que disponíamos hace ya bastante tiempo y por tanto ha quedado demostrado que es viable realizar videoconferencias y reuniones de diversa índole por medios informáticos. Estas se pueden realizar rápidamente, cada uno de los participantes cuenta con todo el material disponible sobre su mesa, con los asesores a su lado, pudiendo efectuar cuartos intermedios, consultas internas técnicas o autorizaciones, etc.

    Las misiones al exterior deberían tener, en el futuro, una justificación muy específica.

    Según hemos expresado anteriormente, el número de integrantes de las delegaciones de Uruguay a las comisiones binacionales son increíblemente numerosas.

    Tengamos en consideración que entre la Comisión Administradora del Río Uruguay, la Comisión Administradora del Río de la Plata, la Comisión Técnico Mixta del Frente Marítimo y la Comisión Mixta de Salto Grande sumamos 18 delegados por nuestro país, más las no menores estructuras internas de cada una de esas comisiones. ¿No será este el momento de unificarlas bajo una sola comisión que trate los temas binacionales entre Uruguay y Argentina y cuya integración no sea superior a tres miembros como máximo?

    Las comisiones binacionales dependen del Ministerio de Relaciones Exteriores, y sus decisiones deben ser analizadas y aceptadas o no por dicho Ministerio y por razones de materia por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y quizás por el de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.

    Estos son algunos ejemplos, pero bastaría recorrer los distintos conceptos de egresos del Estado para ubicar muchos otros que difícilmente tengan una justificación racional.

    La pandemia resalta aún más las debilidades de nuestro país, estructurado institucionalmente en épocas de bonanza económica que naturalmente no previeron un factor tan importante como su viabilidad económica futura.

    Más adelante, será momento de analizar esta faceta tan importante de la realidad de nuestro país y las perspectivas de futuro si no se realizan transformaciones sustanciales.

    La pandemia va a afectar muy seriamente a la población mundial y por supuesto a la economía.

    La globalización exige, o debería exigir, que todas las naciones adopten medidas que salvaguarden la salud de su población y la mundial.

    En el caso de existir costumbres de alimentación exótica, peligrosas para la salud humana, y son las preferidas ante una gama de otras alternativas, deberían ser erradicadas. Ahora bien, si estamos ante un problema de carácter económico evidentemente y la población se alimenta con esos animales por cuestión de precio, ya que no puede acceder a otro tipo de comida, ello trasunta una crisis que la pandemia ha hecho evidente.

    Las organizaciones empresariales, en su accionar deben tomar en cuenta las repercusiones que sus actos o inacción pueden ocasionar a la sociedad en la cual se encuentran insertas. En este caso y dado que puede no ser el último.

    No sería pertinente plantear ante los organismos internacionales de mayor jerarquía que se inicie una investigación por parte de idóneos imparciales que puedan determinar la génesis de esta pandemia y si en ese proceso existieron o no responsabilidades por parte de las naciones que pudieran estar involucradas, ya sea por negligencia, culpa in vigilando, etc. y en caso, de constatarse, exigir la reparación por los daños de distinta índole ocasionados, algunos lamentablemente irreparables.

    Daniel Mathó