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    El gobierno quiere exigir a empresas que contraten servicios de seguridad privados de acuerdo a la “matriz de riesgo” de su actividad

    Preocupado porque existen actividades económicas que “están siendo objeto de actos delictivos violentos” y no cuentan con medidas de seguridad propias, el Poder Ejecutivo elaboró un proyecto de ley para exigir a los comercios que contraten servicios de seguridad privada de acuerdo a la “matriz de riesgo” que implique su apertura.

    Con la propuesta el gobierno pretende además, aumentar la regulación de las empresas que proveen servicios de seguridad privada, un sector que ha crecido en los últimos años. Así, se prevé establecer un registro de empresas incumplidoras, aplicar sanciones progresivas a las que cometan infracciones y aumentar los requisitos para la contratación de los trabajadores de seguridad privada.

    “Acá no existe una renuncia por parte del Estado para no hacerse cargo de la seguridad pública”, dijo a Búsqueda el director de secretaría del Ministerio del Interior, Charles Carrera. “Se pretende regular una actividad que existe y está aceptada a nivel mundial y que debe cumplir con ciertos estándares de calidad y de gestión”.

    Sector que crece.

    En la exposición de motivos del proyecto, elaborado por el Ministerio del Interior en consulta con las empresas de seguridad privada, el gobierno dice que “la sociedad se ve enfrentada a una realidad que impone la necesidad urgente de contar con una herramienta legal que regule los diferentes aspectos de la seguridad privada nacional”.

    Según estadísticas oficiales, en el sector hay 331 empresas (316 habilitadas y el resto en trámite). De ese total, la mayoría se concentra en Montevideo (231), casi una treintena se ubica en Canelones y 72 operan en el resto del país. El 70% presta servicios de seguridad física (guardias o vigilancia), el 22% de tipo electrónica (alarmas, cámaras, sistemas, etc.) y el 2% se dedica al transporte de valores (Búsqueda Nº 1.837).

    “A nivel mundial, los sistemas de seguridad privados han ido creciendo paulatinamente. En la medida que estos han ido aumentando, fue necesario establecer un marco regulatorio que permitiera ordenar esta nueva modalidad de servicios”, explicó Carrera.

    Las actividades de sus actividades “deben ser complementarias y subordinadas en relación a la seguridad pública, y deben actuar en colaboración con el Estado, bajo su control e intervención administrativa”, dijo el jerarca. Por eso, el proyecto de ley establece que las empresas de seguridad “deberán apoyar y colaborar con las autoridades policiales, brindando la información que les sea requerida”.

    La iniciativa dedica varios artículos a definir las tareas y requisitos de quienes trabajan en la seguridad privada. Según datos del Ministerio, hay 20.438 guardias habilitados, de los cuales poco menos de la mitad (8.941) portan armas.

    El articulado prevé, por ejemplo, que los guardias sin armas tengan como mínimo nivel educativo Primaria completa, mientras que si su tarea requiere portar armas de fuego, esa exigencia sube a ciclo básico. Los trabajadores deberán tomar cursos de capacitación que finalizarán con un examen ante la Escuela Nacional de Policía, cuya aprobación les otorgará una certificación por un período de cinco años.

    “Habrá que ver”.

    Pero el proyecto no se limita a regular el sector, sino que fija obligaciones para las empresas públicas y privadas que tienen actividades que suponen riesgos a la seguridad pública. Es que el gobierno entiende que los comercios deben tener en cuenta las medidas de seguridad que necesitan sus emprendimientos a la hora de pensar en realizar las inversiones.

    La exposición de motivos dice que la iniciativa es “un instrumento que le permite al Estado controlar y supervisar todas las actividades, rubros o industrias que inciden significativamente en el riesgo de la seguridad de las personas que concurren a ellas”.

    El proyecto “establece que la obligatoriedad para mantener un sistema de seguridad privado corresponde a aquellas entidades cuyas características de funcionamiento, los recintos en que se encuentren emplazadas o las actividades que en ellas se desarrollen, generen un mayor nivel de riesgo para la seguridad pública”, explicó Carrera.

    A su vez prevé fijar “la obligatoriedad” de contratar seguridad “para las empresas transportadoras de valores, las armerías, las instituciones bancarias, las administradoras de crédito, casas de cambio y aquellas que por sus actividades manejen fondos de tercero como principal actividad”.

    Las entidades que estén obligadas a contar con sistemas de seguridad deberán contar con “una oficina de seguridad interna”, la cual será “dirigida por un encargado de seguridad”. Además, en “consideración de su distribución geográfica y magnitud deberá contar a su vez, en cada uno de sus locales, con un jefe de seguridad”.

    Consultado acerca de qué empresas estarán obligadas a tener medidas de seguridad propia (además de las vinculadas al sector financiero y las armerías), Carrera respondió: “En cuanto a otros comercios, habrá que estar a lo que determine la matriz de riesgo, dependiendo de las características de la entidad comercial”.