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    El video del Sirpa y los derechos humanos

    Sr. Director:

    El episodio de la golpiza propinada a menores infractores internados en el Sirpa por parte de funcionarios de esa institución me ha provocado una gran indignación.

    Asimismo me ha suscitado, una y otra vez, algunas interrogantes.

    ¿Cómo es posible que nuestra sociedad haya tolerado una situación que viene siendo objeto de denuncias por parte de diversas instituciones públicas y privadas desde hace ya largo tiempo y de la cual este episodio es un capítulo más?

    ¿Es que nuestra sociedad ha caído en un estado tal de fragmentación que se ha vuelto insensible a los asuntos públicos y consecuentemente incapaz de alzar su voz ante acciones que comprometen la vigencia de los derechos humanos?

    Una sociedad que en las últimas décadas ha exhibido una profunda preocupación por el tema de los derechos humanos, ¿cómo no reaccionó, con suficiente energía, ante reiterados episodios de violación de los derechos de los menores infractores internados en el Sirpa, a fin de incidir sobre el accionar de los órganos del Estado encargados de custodiar esos derechos?

    Lamentablemente debemos admitir que los episodios del Sirpa y sus repercusiones han desnudado un profundo déficit cultural en materia de derechos humanos.

    Nuestra sociedad carece de una educación integral en derechos humanos que ponga foco en sus fundamentos, aportando un rigor conceptual que opere como garantía de su efectiva vigencia.

    Cuando se ignoran los fundamentos sobre los que se asientan dichos derechos se soslaya su dimensión ética y, entonces, no solo se los empobrece, sino que además se debilita el sistema de garantías y se corre el riesgo de que se generen situaciones como las que hemos presenciado estos días. Y me refiero no solo al indignante proceder de los funcionarios del SIRPA, sino también a las penosas declaraciones de dirigentes sindicales, algunos de primer nivel, exhibiendo una falta de convicción rayana en la indiferencia cuando se les consultó sobre aquellos episodios. Y ni que hablar de comunicados como el de COFE, reveladores de una absoluta ceguera moral.

    ¿Cómo es posible dicha falta de sensibilidad por parte de quienes, por ejemplo, con relación a los derechos humanos violados por la dictadura levantan con fuerte convicción la bandera de la defensa de dichos derechos, pidiendo el castigo de los violadores? ¿Y cómo es posible que la sociedad no reaccione con indignación ante tal insensibilidad?

    Tengo la certeza que eso solo puede suceder en una sociedad que adolezca de una mala educación para los valores y los derechos humanos, que se traduce en un debilitamiento de la conciencia ética. Si no asentamos la defensa de los derechos humanos en el reconocimiento de la dignidad de la persona y consecuentemente de valores como la libertad, la igualdad, la solidaridad y la justicia, difícilmente se genere en la sociedad un auténtico compromiso con dichos derechos.

    No hay auténtica garantía de una efectiva vigencia de los derechos humanos, si la sociedad en su conjunto no los asume como la derivación necesaria de sólidos fundamentos éticos, que al decir de Adela Cortina, no expresan meramente una “tenue concepción de lo bueno, sino una densa concepción de lo justo”.

    Se convierte, entonces, en un imperativo ético deslegitimar un criterio selectivo conforme al cual las personas tienen derechos dignos de amparo según quien sea el que perpetra su violación.

    Toda persona humana —a partir de su dignidad ontológica— es titular de derechos humanos, por tanto toda violación de los mismos, tanto la que pudiera cometer una dictadura como la que cometiere un grupo de funcionarios públicos ejerciendo abusivamente sus atribuciones, es condenable.

    Finalmente, también se han escuchado voces aludiendo a la condición de delincuentes de los menores infractores privados de libertad; en algunos casos en el contexto de un discurso pretendidamente excusatorio de los atropellos de que fueron víctimas algunos de dichos menores.

    Aquí también se advierte una confusión conceptual.

    La inconducta en que pudieron haber incurrido los menores, en todo caso es pasible de afectar su dignidad moral por cuanto dichos menores se apartaron de una correcta actuación ética, y ello, si correspondiere, puede determinar la aplicación de un régimen punitivo con estricto ajuste a derecho.

    Sin embargo tal inconducta no incide sobre su dignidad ontológica —que deriva de la condición de persona—, razón por la cual y sin perjuicio de las limitaciones que resultaran del mencionado régimen punitivo, deberá respetársele todos los derechos fundamentales.

    Sabemos que las nuevas autoridades del SIRPA han comenzado a realizar esfuerzos por humanizar las condiciones de encierro de los menores infractores. Dichos esfuerzos, así como los que en el mismo sentido está desplegando el Instituto Nacional de Rehabilitación en las unidades penitenciarias a su cargo, son signos positivos que deben ser destacados.

    Ojalá que más allá de los esfuerzos que realice el Estado en orden a garantizar la vigencia efectiva de los derechos humanos, desde la sociedad civil se desplieguen esfuerzos tendientes a crear conciencia acerca del compromiso ético que todos debemos asumir frente al otro y a sus derechos. En definitiva, como decía Lévinas: “Lo humano del hombre es desvivirse por el otro hombre”.

    José María Robaina Piegas

    CI 1.167.581-4