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    En democracia, no todo vale

    N° 1847 - 23 al 29 de Diciembre de 2015

    “Si te mete un dedo en los ojos, le metés dos; si te empuja, una zancadilla; si te patea, le reventás la pierna”. Demudado, escuché los consejos de un padre a su hijo al terminar el partido, porque un duro marcador no le había dejado tocar la pelota. Fue en una cancha de baby fútbol en la rambla sur. Muchos los considerarán válidos. Es el espíritu machista de responder a las trampas con trampas mayores; a las provocaciones, con reacciones más duras, o utilizar el todo vale para alcanzar un objetivo.

    Cuando eso ocurre en la Justicia, es dramático. Que el presidente argentino Mauricio Macri, en quien los argentinos depositaron su confianza para recuperar la separación de poderes, la sensatez y desterrar la prepotencia, hubiera designado por decreto a dos jueces de la Corte Suprema (Daniel Rosatti y Carlos Rosenkrantz), no era sano para la democracia ni para las instituciones. No solo porque no ocurría desde 1862 con Bartolomé Mitre —en todo caso, una anécdota histórica— sino porque iba en contra de la filosofía que él se comprometió a aplicar: respetar la ley y la independencia judicial.

    Antes de dejar la Presidencia, Cristina Kirchner, quien siempre se pasó la ley por los talones, intentó designar ministros para intentar asegurarse un porcentaje de impunidad judicial. Pero ni siquiera a la codiciosa bipolar se le ocurrió hacerlo por decreto.

    Muchos revanchistas aplaudieron a Macri. Sus voceros defendieron el decreto. Pero desde el oficialismo (los que le facilitaron el triunfo) lo cuestionaron. En la Unión Cívica Radical, el abogado y ex diputado Ricardo Gil Lavedra advirtió que “no es un buen precedente”. Para el abogado y diputado Ricardo Alfonsín, la medida “deja mucho que desear en términos de legitimidad republicana y política”. Cuando alguien tiene un gobierno armado con retazos debe caminar con zapatillas de ballet en puntas de pie. ¿Le advirtieron a Macri sobre ese despropósito y sus consecuencias? Si así fue, ¿por qué lo desoyó?

    El artículo 99 de la Constitución argentina, en el cual se basó, confiere al presidente la facultad de proveer “vacantes de empleo (¡empleo, dice!) que requieran venia del Senado”. Esos “empleos”, según la norma, hubieran sido cargos “en comisión” y Rosatti y Rosenkrantz hubieran tenido que cesar al terminar el período legislativo, el 30 de noviembre del 2016. Surrealista: un decreto para dos ministros de un poder del Estado que durarían menos de un año.

    Con razón, se podía pensar que serían jueces a la medida de los intereses del gobierno. La Corte había quedado desintegrada y a Macri le resultaba imposible un acuerdo con la oposición dominada por el kirchnerismo. Con escasa experiencia, pocos conocimientos jurídicos, algo de arrogancia y el viento de cola de la victoria, buscó esa salida. Desesperada, impensada o generada por bronca o la manija de asesores. Vaya uno a saber.

    Olvidó que no solo hay que ser sino también parecer y que para alcanzar un objetivo político, en la democracia no vale todo. Especialmente cuando se trata del máximo organismo judicial.

    Macri no le metió el dedo en los ojos ni le hizo una zancadilla, pero casi. Fue una jugarreta constitucional que, además de disparatada, le achica los márgenes de negociación con la oposición. También con su interna. Finalmente lo hicieron recapacitar, postergó las designaciones y las someterá en febrero al Senado. ¡Aplausos por no sentirse el dueño de la verdad! Ojalá le sirva para no volver a tropezar.

    Estoy seguro de que a muchos lo ocurrido les parecerá secundario. No lo es y hay que destacarlo.

    Por otro lado, es útil como ejemplo comparativo con Uruguay. Una vez más en el terreno de las leyes, de la aplicación de la Constitución, de la cultura política y del funcionamiento del sistema judicial, se marca una gran diferencia. Aquí hay pulseadas fuertes, leyes inconstitucionales, declaraciones de inconstitucionalidad y debates, pero a nadie se le ocurre torcer ni forzar mediante estratagemas las designaciones de la cúpula judicial ni las de otros jueces.

    En Argentina forma parte del ADN político. Por ahora somos diferentes. Lo marca la historia de ese país y de unos cuantos de sus gobernantes. El argentino medio no se conmueve porque se designen jueces por simpatías partidarias (o sindicales) y que los juicios puedan volcarse hacia uno u otro lado.

    Para extender esa comparación —sin ingresar al Macondo de Venezuela—, en España el Tribunal Constitucional estableció por sentencia hace unos años que ni la Constitución ni la Ley Orgánica prohíben la “afiliación, militancia o pertenencia a partidos políticos” de sus integrantes y que esos jueces solo tienen invalidado el “desempeño en cargos directivos” de los partidos. A ningún dirigente político español se le ha ocurrido cambiarlo. Ni discutirlo. En los recientes debates para las elecciones del domingo 20, ese tema o la integración del Consejo General del Poder Judicial —con fortísima incidencia partidaria— no existió entre los candidatos pese a la avalancha de corrupción de gobernantes y empresarios. Todos quieren tener la ocasión de poner huevos en esas canastas.

    Las comparaciones pueden ser odiosas pero son convenientes, necesarias y deben conducir a la reflexión, sobre todo ahora cuando algunos pretenden modificar la Constitución uruguaya y enmendarle la plana al Poder Judicial.

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