• Cotizaciones
    martes 14 de abril de 2026

    ¡Hola !

    En Búsqueda y Galería nos estamos renovando. Para mejorar tu experiencia te pedimos que actualices tus datos. Una vez que completes los datos, tu plan tendrá un precio promocional:
    $ Al año*
    En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] o contactarte por WhatsApp acá
    * Podés cancelar el plan en el momento que lo desees

    ¡Hola !

    En Búsqueda y Galería nos estamos renovando. Para mejorar tu experiencia te pedimos que actualices tus datos. Una vez que completes los datos, por los próximos tres meses tu plan tendrá un precio promocional:
    $ por 3 meses*
    En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] o contactarte por WhatsApp acá
    * A partir del cuarto mes por al mes. Podés cancelar el plan en el momento que lo desees
    stopper description + stopper description

    Tu aporte contribuye a la Búsqueda de la verdad

    Suscribite ahora y obtené acceso ilimitado a los contenidos de Búsqueda y Galería.

    Suscribite a Búsqueda
    DESDE

    UYU

    299

    /mes*

    * Podés cancelar el plan en el momento que lo desees

    ¡Hola !

    El venció tu suscripción de Búsqueda y Galería. Para poder continuar accediendo a los beneficios de tu plan es necesario que realices el pago de tu suscripción.
    En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] o contactarte por WhatsApp acá

    Fallos judiciales

    Sr. Director:

    Trascurridos pocos días de que el Dr. Luis Lacalle Pou asumiese el gobierno, y de que la Policía Nacional comenzase a aplicar el procedimiento de “solicitud de identificación” a la ciudadanía, un funcionario de la IM, que fuera objeto del mismo, manifestó haber sido maltratado verbal y físicamente (golpes y hasta una herida de bala) por los efectivos policiales, motivo por el cual realizó una denuncia penal ante la fiscalía.

    Las declaraciones de los policías actuantes, los registros fílmicos de los hechos y las contradicciones en que incurriera el denunciante, llevaron a que el fiscal del caso, Dr. Carlos Negro, concluyera esta etapa de la investigación preliminar, dictaminando que, al no encontrarse evidencias que certificaran la versión del denunciante, se archivará la denuncia. Asimismo, acotó que, si bien la conducta del denunciante podía haberlo llevado a incurrir en el delito de “calumnia” y “simulación de delito”, él lo desestimó dado que “el denunciante no tuvo intención de mentir y que solo se trató de un problema de memoria, de una imprecisión sin mala voluntad…”. Cabe señalar que la denuncia fue realizada pasadas apenas cuarenta y ocho horas de los hechos, y la investigación se desarrolló en menos de treinta días. El fiscal fundamentó su dictamen, en un trabajo académico del docente en derecho penal chileno, Mauricio Duce, en el que este afirma: “… la ciencia ha esclarecido que la memoria no funciona como un registro fotográfico, y que lo que guardamos son apenas recuerdos impregnados y contaminados de otras vivencias que deforman los hechos realmente ocurridos, incluso cuando nos parecen muy frescos y claros. La memoria opera más bien como un trabajo de reconstrucción de imágenes, a partir de información normalmente limitada, en muchos casos imprecisa y que es complementada con nuestra propias creencias y conjeturas…”.

    En este mismo país, jueces y fiscales (entre ellos, el propio Carlos Negro) que desde hace quince años juzgan a los militares acusados por violaciones a los DD.HH., han fundamentado sus fallos y acusaciones en “declaraciones de testigos” (todos integrantes de los movimientos sediciosos, a los que P.E. ordenara a las FF.AA. combatir, en la década de los setenta) carentes de toda imparcialidad; en “autopsias sicológicas o históricas”; y en la “existencia de elementos de convicción suficientes” de jueces y fiscales… He aquí algunos ejemplos:

    a) “yo no lo vi, pero recuerdo su voz y su risa”. La voz y la risa eran de un soldado que, según la testigo, lo ubican en un momento y en un lugar determinado. Por ese “recuerdo”, y seguramente por “elementos de convicción suficientes”, el hoy sargento Soca fue procesado por veintiocho delitos de homicidio. Desde hace quince años, y ya orillando los setenta, permanece aún privado de libertad...

    b) “yo desde mi celda, recuerdo haber escuchado una conversación entre soldados que estaban de guardia” en la que expresaron: “… al cabezón (en la época era Alférez) se le fue la mano…”. El Gral. Dalmao, terminó sus días en prisión…

    c) un oficial rubio y de ojos celestes, que siempre andaba por ahí, fue quien castró y asesinó a …” El Cnel. Juan C. Gómez (rubio de ojos celestes), luego de haber cumplido tres años de injusta prisión, fue absuelto al comprobarse su inocencia. Se trató de un falso testimonio. No hubo demandas al Estado...

    d) los “elementos de convicción suficientes” que llevaron al juez Rubén Saravia y a la exfiscal Mirtha Guianze a procesar con prisión al Cnel. Walter Gulla y al Tte. Cnel. Enrique Ribero, director y subdirector del penal de Libertad por el delito de homicidio de un recluso (que se había suicidado dentro de una celda), se desvanecieron al ser sobreseídos por la SCJ, para quienes “no existieron pruebas suficientes sobre la acusación, dado que no se construyeron los hechos, sino que se crearon los hechos”. Tampoco hubo demandas al Estado, ni sanciones para quienes dejaron bien en claro su animosidad hacia las FF.AA. Y existen varios ejemplos más…

    Declaraciones todas que, considerando los cuarenta años de transcurridos los hechos y lo expresado al respecto por Mauricio Duce, ¡vaya si obedecieron a reconstrucciones de “la memoria” a partir de recuerdos vagos e imprecisos…! ¡Vaya si esos recuerdos estuvieron sobrecargados de creencias y conjeturas políticodoctrinarias! ¡Y vaya si estuvieron preñadas de odio, resentimiento y ansias de venganza…! Testimonios parciales, inconsistentes y hasta falsos que, sumados a la falta de las más elementales garantías procesales, han sido los instrumentos jurídicos utilizados para castigar a quienes, declarado el estado de guerra interno, recibieron la orden del P.E. (presidente y ministro respectivo) de tomar a su cargo el combate a los grupos sediciosos que se alzaron en armas contra un gobierno democráticamente constituido.

    ¡Qué bueno y que justo hubiese sido que los garantes de la justicia se hubieran inspirado en Mauricio Duce para juzgar a los militares!

    Cnel. Luis Eduardo Maciel Baraibar

    * La comparación primaria de estos extremos jurídicos fue expuesta en un círculo privado por un camarada afectado por la “injusticia”. Yo procedí a su desarrollo.