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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáSi tuviéramos que buscar una palabra para calificar la sentencia que declara inconstitucional la Ley 19.830, no se me ocurre otra que infamia. ¿Por qué oponerse a que los jueces puedan tener mejores garantías para la toma de decisiones? ¿Acaso no es sano para una democracia que los magistrados puedan decidir libremente sin que sus decisiones afecten su carrera funcional?w
Esta ley no solo pretendía otorgarles garantías a los magistrados, sino que redundaría en beneficios para con los ciudadanos en general. Estos últimos, cuyas garantías estarían en manos de un juez que actúa sin presiones e interferencias internas. Por tanto, todas las garantías que se le pueden brindar a un juez para que pueda ser libre a la hora de juzgar, terminan siendo fundamentales para fortalecer nuestro sistema de justicia.
Cuando participamos en la redacción de esta ley, lo hicimos pensando en los cientos de funcionarios magistrados que día a día entregan lo mejor de sí para cumplir sus cometidos. No queremos jueces que se sientan presionados a no fallar según su leal saber y entender, porque podrían ver afectada su carrera. Era nuestra responsabilidad brindarles garantías para que puedan cumplir con sus cometidos de la mejor forma posible y por eso nos parece una infamia que se haya declarado inconstitucional la Ley 19.830, que no hacía otra cosa que proteger la carrera de los jueces.
Los argumentos de la Suprema Corte de Justicia se terminan limitando a interpretaciones formalistas de la Constitución de la República, para justificar unos supuestos poderes exorbitantes que nada tienen que ver con una concepción moderna del Estado de derecho. La sentencia parece extraída de otra época y antepone interpretaciones de la Constitución, para asegurarle —a la Suprema Corte de Justicia— dichos superpoderes.
Es indiscutible que en el Uruguay del siglo XXI, la carrera judicial necesita mayores estándares de profesionalismo e independencia. Las normas jurídicas deben garantizar la existencia de un “cuerpo profesional, experimentado, calificado y apolítico de magistrados”, sin dudas. ¿Qué mejor entonces que una ley que contribuya a fortalecer dichos estándares?
No resulta razonable invocar argumentos anacrónicos para justificar la decisión de combatir una norma que buscaba fortalecer a la judicatura. La prescindencia de una carrera judicial, que la Suprema Corte de Justicia invoca de la Constitución de la República, parece un argumento muy pobre a la hora de justificar la decisión tomada. A su vez, denominar “cortapizzas legislativos” a una ley que buscaba defender a los jueces, garantizándoles el derecho a una carrera, parece bastante burdo.
Si bien la realidad consolidó una carrera judicial dentro del Poder Judicial, es cierto que esta no ha estado exenta de polémicas. Todos sabemos que, a lo largo de los años, ha habido ascensos y traslados arbitrarios, en este último punto “casualmente” cuando los magistrados se encontraban trabajando casos de especial sensibilidad. Por este motivo, afirmar un logro que no existe a cabalidad para contradecir la legitimidad de una ley que —justamente— pretendía consolidar garantías para los jueces, termina siendo un disparate.
Es mentira —como afirma la Corte— que todo “se logró hasta ahora en forma independiente por el mismo Poder Judicial, sin interferencias de ningún Poder de Gobierno”. La historia ha demostrado que el Poder Legislativo ha obrado históricamente añadiendo garantías y actuando dentro de su competencia, que no es otra que la aprobación de leyes.
Sin ir más lejos, la vieja Ley Orgánica de la Judicatura y de Organización de los Tribunales (LOT) —Ley 15.750— estableció aspectos inherentes a la carrera funcional de los magistrados, regulando la carrera de los jueces, y en su momento la Suprema Corte de Justicia la aceptó sin reparos. No se entiende por qué, en este caso, decidieron impugnar la nueva ley.
Por tanto, no son aceptables los argumentos formalistas que pretenden aislar al Poder Judicial de cualquier discusión donde participen actores externos al referido Poder del Estado. Es inadmisible que ciertos temas quedan vedados del escrutinio de la gente y pasan a ser propiedad exclusiva de determinadas corporaciones. Pero así las cosas, fue la decisión que tomó la Suprema Corte de Justicia y ahora debemos analizar los pasos a seguir.
Como era lógico, el malestar de la Asociación de Magistrados del Uruguay no se hizo esperar. Así las cosas, ya anunciaron que llevarán el litigio sobre la carrera judicial al ámbito internacional. Su presidenta, Beatriz Larrieu, expresó que seguirán “trabajando a nivel internacional” y detalló las acciones que vienen coordinando con el Instituto de Estudios Legales y Sociales del Uruguay (IELSUR), para llevar el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Comisión Internacional de Juristas o la Relatoría Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, de Naciones Unidas.
Pero además, el accionar adoptado por la Suprema Corte de Justicia ha sido el de redoblar la apuesta desoyendo nuevamente a nuestros magistrados. En este sentido, aprobó este año una nueva acordada con un nuevo sistema de ascensos. Una resolución que también recogió el rechazo de la Asociación de Magistrados del Uruguay y que recibe varias objeciones. Entre ellas, los ítems sobre los que se basa la calificación de los jueces, carecen de una puntuación preestablecida, la calificación de quienes deben revisar las sentencias de los evaluados es reservada e irrecurrible, no se considera la antigüedad de los jueces y no queda claro si el concurso de oposición y méritos es obligatorio. En definitiva, junto con la declaración de inconstitucionalidad de una ley que era defendida por los jueces nucleados en la Asociación de Magistrados del Uruguay, se termina aprobando un reglamento que ya recibió decenas de objeciones.
En principio, repudiamos la posición adoptada por la Suprema Corte de Justicia y expresamos nuestro respaldo a cada uno de los jueces que día a día luchan por tener una carrera justa, sin interferencias y donde progresen los mejores y más capacitados. Debemos además destacar la dignidad de la Asociación de Magistrados del Uruguay que lucha por tener un sistema de ascensos y traslados verdaderamente transparente y garantista.
Lo de la Suprema Corte de Justicia fue un lamentable retroceso, sin duda, pero todo esto nos ha permitido poner un tema en el tapete que deberá ser discutido en profundidad: ¿Cómo mejorar la Justicia de nuestro país? Para eso nos debemos una discusión franca y sin verdaderos “cortapizzas” de esos que, maliciosamente, pretenden vedarle ciertos asuntos a la ciudadanía.
Una verdadera democracia lo discute todo, incluso aquellas cosas que pueden llegar a incomodar.
Charles Carrera Leal
Senador de la República
MPP-Espacio 609, Frente Amplio