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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáEl Covid-19 en residenciales de ancianos. Hace algunas semanas y respecto a otro de los temas vinculados a la pandemia en curso, el presidente de la República expresó que él prefería leyes flexibles de cumplimiento rígido en lugar de leyes rígidas de cumplimiento flexible. Compartiendo la preferencia presidencial, la situación normativa que regula a los residenciales de ancianos es, lamentablemente, la segunda. Se trata de leyes y decretos que establecen una serie interminable y muchas veces incumplible de requisitos en todas las áreas y, además, controlada por dos ministerios distintos en forma simultánea: Salud Pública y Desarrollo Social. Así, los requerimientos se refieren tanto a las características constructivas de la casa donde se asienta el residencial como a la gestión social del residencial en relación con los residentes, así como a la atención médica de los mismos, la determinación del personal que allí presta cuidados a los residentes y sus condiciones, además de un largo, larguísimo sinfín de etcéteras. Es una normativa rígida, extremadamente rígida, que tiene un cumplimiento flexible; y tan flexible que a propósito de más de 30 infecciones por coronavirus en instalaciones de residenciales, se informó lo que era un secreto a voces: apenas algo más del 3% de los Residenciales existentes (41 de 1.208) goza de la pertinente habilitación estatal. Pero despacito por las piedras y a no entreverar las barajas, que para ello los uruguayos somos largamente expertos. Una cosa es la información que viene de brindarse, y otra es el contagio de varios residentes. Esto último es algo que naturalmente podía verificarse en igual medida que puede suceder en cualquier otro círculo. Se pueden tomar todas las precauciones imaginables y aun así aparecer el contagio. No olvidemos que al cuidado de dichas personas de avanzada edad, ingresan todos los días sus cuidadores en varios turnos, su o sus médicos o enfermeros y los familiares que los visitan, entre muchas otras personas. El residencial debe adoptar las medidas profilácticas pertinentes, pero a pesar de su adopción, nada asegura que una acción descuidada, una maniobra impensada, un accidente ocurrido causen un contagio no deseado. Recuérdese también que estas personas dependientes requieren de la cercanía física de sus cuidadores en forma continua para que los ayuden a movilizarse, para incorporarse, para almorzar, para ir al baño, etc. De forma que no parece sorpresiva la situación vinculada al contagio de residentes: era una posibilidad cierta. Que puede tener, y tiene, consecuencias profundamente lamentables por las otras enfermedades que arrastran estas personas, por supuesto. Pero eso no es lo mismo que decir que no se haya hecho lo posible por evitarlo (por lo menos, en la enorme mayoría de los residenciales). Pero lo verdaderamente preocupante, lo definitivamente triste y que merece análisis detallado, es que el 97% de los residenciales no cuenten con habilitación por parte del Estado. Y en este trascendente tema, vayamos por partes, a saber: a) las exigencias desmedidas: en los últimos gobiernos frenteamplistas, se han dictado una serie de normas tendientes a garantizar a la población alojada en dichos residenciales, la existencia de condiciones físicas, ambientales, sanitarias y sociales acordes a su estado, y sin las cuales no se expedirían habilitaciones a dichas instituciones. Seguramente inspiradas en el mejor propósito, pero absolutamente alejadas de la realidad última. Porque si un residencial no cumple todos los requerimientos, no está habilitado para funcionar. Pero funciona igual; b) la realidad última: y funciona igual porque a diferencia de un establecimiento que, a vía de ejemplo, comercializa alimentos, si estos no estuviesen en buen estado, se los elimina, se sanciona a la empresa y eventualmente hasta se la clausura. Pero los residenciales no pueden ser clausurados. Y no pueden serlo porque su materia prima es la gente, las personas de edad avanzada y de salud comprometida. Si un residencial fuese clausurado (por ejemplo, por su falta de habilitación): ¿qué hacer con las 10, 15 o 20 personas de 70, 80 o 90 años que allí estaban alojadas? Esta pregunta no tiene respuesta. Y si el Estado conoce esta realidad, y la conoce, no debiera imponer normas con exigencias incumplibles que impidan su habilitación. No debieran haberse dictado dichas normas rígidas que no se cumplen, sino normas más flexibles que sí se lleven a cabo; c) los residenciales son empresas: y por tanto, tienen fin de lucro, lo que significa que sus dueños quieren ganar dinero con las mismas (y ello, más allá de su vocación de servicio). Entonces no puede razonablemente pretenderse que el residente cuya familia paga $ 30.000 por su alojamiento mensual, reciba las mismas prestaciones que aquel cuya familia paga $ 100.000 por dicho alojamiento. Sí que reciba el mismo trato humano y cariñoso que cualquier persona merece. Pero no que reciba ni la misma calidad alimenticia ni el mismo espacio físico de dormitorio, por ejemplo. Entonces, el Estado puede exigir hasta donde puede (no hasta donde quiere) y el paciente recibirá la atención material que su familia pueda pagar (y no la que quisiera). Esto es la vida misma, la misma que se da cuando un núcleo familiar vive donde puede y no donde quisiera y come lo que puede y no lo que quisiera. La vejez del residente no cambia la situación; la torna más triste, más lamentable, pero no sustancialmente diferente; y d) la verdadera realidad: ni dichos establecimientos están tan mal como indican las cifras, ni tan bien, como algún representante del gremio de dichos empresarios lo pretende. Es decir: hay de todo, como en botica. Están los pocos habilitados que asumamos están en la mejor condición; pero dentro del casi 97% de establecimientos no habilitados pero funcionantes y que albergan aproximadamente unas 15.000 personas, hay algunos que están muy bien y que debieran estar habilitados, y sin embargo no lo están por demoras estatales o por observaciones relativas a aspectos no obligatorios y algunos obligatorios pero incumplibles; hay otros que están más o menos, cumpliendo con algunos requerimientos pero no con otros; y por último hay una cantidad de residenciales donde los ancianos pasan realmente mal por sus condiciones materiales o asistenciales o afectivas. En otras palabras: más o menos como toda la sociedad uruguaya (de las personas activas y sus familias, estoy hablando), con unos pocos en óptimo estado, otros en muy buena condición pero no tanto como los primeros; otros tecleando, a veces viviendo dignamente pero a veces no llegando a hacerlo; y el resto de la población que la pasa mal porque está en línea de pobreza o por debajo de ella. ¿A qué va todo esto? A que tampoco puede pretenderse que por ser las personas de edad más avanzada, como por arte de magia, se imagine que ya no forman parte de la sociedad uruguaya, sino de la sueca, de la neozelandesa o de la monegasca. Siguen siendo uruguayos con las carencias que siempre tenemos los uruguayos, cuando nacemos, cuando crecemos, cuando trabajamos, cuando envejecemos y cuando morimos. Las cosas en su contexto, siempre.
Monty Fain
Abogado