Envío la presente carta, consternado por la prolongada prisión que sufre el Dr. Juan Carlos Blanco y porque estoy totalmente convencido de su inocencia.
Envío la presente carta, consternado por la prolongada prisión que sufre el Dr. Juan Carlos Blanco y porque estoy totalmente convencido de su inocencia.
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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáSe insiste en calificarlo como el “canciller de la dictadura”, cuando solo ocupó ese cargo, durante el régimen de facto, por alrededor de dos años, pero no se dice que siendo ministro de Relaciones Exteriores se pudieron concretar tratados de enorme trascendencia para nuestro país, como el del Río de la Plata y su Frente Marítimo del 19 de noviembre de 1973 y el Estatuto del Río Uruguay del 26 de febrero de 1975. Gracias a la solución de estos conflictos limítrofes, bajo la conducción de Juan Carlos Blanco, se pudieron iniciar las obras de los puentes sobre el Río Uruguay y la construcción de la represa de Salto Grande, así como el desarrollo pesquero en la Zona Común de Pesca con Argentina.
Pocos cancilleres en la historia de la República Oriental del Uruguay han alcanzado en el desempeño de su gestión tan importantes logros.
Próximo a cumplir 78 años de edad, sigue encarcelado sufriendo una pena tremendamente prolongada por crímenes que no pudo cometer, porque todos los que vivimos esa época aciaga de la dictadura sabemos que esas acciones de terrorismo de Estado eran perpetradas exclusivamente por militares y que los civiles no tuvieron ni el poder, ni la posibilidad de intervenir en esos execrables delitos. La impecable “alegación de inocencia” presentada por su defensor, Dr. Miguel Langón Cuñarro, ante la sentencia definitiva de primera instancia, por muchos desconocida, es a mi entender la más perfecta y cabal descripción de cómo se urdió el calvario que injustamente viven el Dr. Juan C. Blanco y su familia desde hace seis largos años (2006) precedidos de un año de prisión preventiva (2002 a 2003). Dice el Dr. Langón en su alegato:
“Señor juez letrado de primera instancia en lo penal de primer turno. Miguel Langon Cuñarro, en su calidad de defensor del Dr. Juan Carlos Blanco, en la causa que se le sigue, expediente Ficha 17- 414/2003, al Sr. Juez dice:
Que viene, en tiempo y forma, a expresar los agravios que le provoca la sentencia de Primera Instancia Nº 4/2010, de fecha 21 de abril de 2010, al tenor de lo que se expresa a continuación:
I Precisiones previas: alegación de inocencia.
1. El Dr. Juan Carlos Blanco es absolutamente inocente del delito que se le atribuye.
2. Ha sido condenado en primera instancia por un homicidio muy especialmente agravado por el mero hecho de haber ocupado, durante el período excepcional (de alteración institucional o dictadura), el cargo de canciller de la República.
3. Esto plasma un clarísimo caso de derecho penal de autor, resultando de autos también con total nitidez la predisposición a procesarle primero y a condenarle después, construyendo un caso paradigmático de derecho penal contra enemigos, contrario a los principios más elementales y básicos del derecho penal liberal y democrático, propio de un Estado Constitucional de derecho.
4. Conscientemente, sus adversarios políticos lo han utilizado como un “chivo expiatorio” con la mágica idea de conjurar el mal a través del castigo simbólico de “un civil”, ante la frustración que muchos sienten por no haber podido alcanzar a los eventuales verdaderos responsables, que lo serían el personal policial y/o militar involucrado en los supuestos hechos de que trata esta causa, a consecuencia de la impunidad que les asegura la ley Nº 15.848, de 22.12.86, de caducidad de la pretensión punitiva del Estado (art. 1).”
Hasta aquí la irreprochable argumentación esgrimida por el Dr. Langón Cuñarro como apreciación previa en su escrito de defensa.
Juan Carlos Blanco ha asumido con extraordinaria entereza y dignidad el cautiverio. No tiene resentimientos, ni rencores de clase alguna. Piensa que es una prueba que Dios le ha impuesto y la ha aceptado conforme a su profunda fe cristiana. Y lo ha hecho con tranquilidad de espíritu porque tiene la conciencia limpia.
De la calidad humana del Dr. Blanco puede dar testimonio uno de los hombres que estuvieron en su momento vinculados al MLN. Me refiero al Dr. Alejandro Artucio, quien estando asilado en la Embajada de la República Argentina y habiendo decidido entregarse a las autoridades exigió, como condición, que lo fuera a buscar y lo acompañara el Dr. Juan Carlos Blanco quien de inmediato se prestó a ello y fueron caminando juntos desde el antiguo local de esa misión diplomática hasta la sede de la Región Militar Nº 1. El Dr. Artucio, que posteriormente pudo abandonar el país y se transformó en una personalidad destacada a nivel internacional en la defensa de los derechos humanos, puso en evidencia, en esas circunstancias, que confiaba en la integridad moral de Blanco.
En reiteradas oportunidades, el presidente Mujica ha afirmado que los ancianos no deben purgar sus penas en prisión y, ahora, lo ha hecho de manera enfática el señor ministro de Defensa Nacional, Eleuterio Fernández Huidobro. Pero han sido solo palabras. No se ha hecho nada para que personas como Juan Carlos Blanco puedan gozar de arresto domiciliario. Quizás, conforme a la filosofía política de este gobierno de que “como te digo una cosa te digo la otra”.
Juan María Bordaberry vivió sus últimos años en su domicilio, por haberse dispuesto que purgara su pena con arresto domiciliario. Pero con Juan Carlos Blanco hay un encarnizamiento inexplicable. Parece ser que este gobierno espera que termine sus días en la cárcel.
Los que tenemos el privilegio de conocerlo nos resistimos a que ello pueda suceder, porque realmente cuesta entender y aceptar tamaña injusticia en nuestro querido país.
Dr. Carlos Fernández Ballesteros
CI 905.232-5