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    Las siguientes etapas de la ley de inclusión

    Después de la primera fase de implementación de la ley de inclusión financiera relacionada con la baja del IVA, las etapas que siguen tienen que ver con el pago forzoso de gran parte de las transacciones económicas mediante instrumentos electrónicos.

    Los sueldos de los asalariados, pasividades y beneficios sociales serán los primeros en entrar bajo ese régimen. Ocurrirá en octubre, un mes después de que el Banco Central reglamente la figura de los emisores de dinero electrónico, dijo el martes 29 el asesor del Ministerio de Economía, Martín Valcorba.

    Hasta el 30 de junio de 2015 quienes no cobren en un banco o en una red de pagos podrán optar por hacerlo mediante una cuenta bancaria gratuita o un instrumento de dinero electrónico. Lo mismo rige para los pasivos y beneficiarios de subsidios sociales. Aquellas personas que al 31 de octubre próximo estén cobrando por banco o una red de pagos podrán elegir otra institución a partir del año siguiente (o cuando venza el convenio de pago si es antes).

    Aunque la obligatoriedad del pago de sueldos y pasividades a través de cuentas bancarias aún no comenzó, ya algunos bancos de plaza están recibiendo consultas para la apertura de cuentas, así como también la adquisición de tarjetas. “Hemos notado un aumento en la venta de cuentas corrientes de un 50% en los últimos meses con respecto a los meses anteriores”, informó el gerente general del Nuevo Comercial, Horacio Correge. “Tenemos clientes nuevos y otros que tenían ya algún producto, como una tarjeta de crédito y están abriendo cuentas. Aunque por ahora no hemos notado nada extraordinario en cuanto a la apertura de cuentas para el pago de salarios”, acotó. 

    Ese banco ha instrumentado acciones promocionales asociadas a su cambio de marca hacia Scotiabank —el accionista canadiense— impulsando, entre otros productos, la apertura de cuentas. 

    Según el cronograma definido por el Ejecutivo, los profesionales podrán mantener el sistema actual de cobro de honorarios hasta mayo de 2017; luego deberán hacerlo en cuentas bancarias o con los medios de pago electrónicos que elijan.

    Asimismo, desde mayo de 2015 el pago con instrumentos de ese tipo regirá para la compra de bienes o prestación de servicios, incluidas las transacciones inmobiliarias y de vehículos automotores si superan el equivalente a los U$S 5.000, aproximadamente.

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