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    Para aliviar a la Policía, Interior propone habilitar que cualquier autoridad pueda trasladar a quienes duermen en espacios públicos

    El Ejecutivo incluyó un artículo en la Rendición de Cuentas para dejar claro que las intendencias, el Mides o las Fuerzas Armadas también pueden desalojar a quienes habitan en la calle

    Con un breve comunicado de prensa, en 2014 el Ministerio del Interior valoró el primer procesamiento por ocupación indebida de espacios públicos en Uruguay. Fue una persona de 29 años a la que la Justicia le dispuso una pena de ocho días de trabajo comunitario por infringir la Ley de Faltas aprobada el año anterior. En al menos cuatro ocasiones la persona había sido trasladada por la policía de una plaza al Ministerio de Desarrollo Social, donde le ofrecieron un refugio, pero siempre retornó a su lugar.

    Casos como ese, y la propia Ley de Faltas, fueron un contratiempo para el entonces oficialista Frente Amplio. Algunos de sus sectores y parlamentarios consideraban que la regulación restringía derechos y criminalizaba conductas de personas en condiciones socioeconómicas muy vulnerables en lugar de ofrecerles políticas de rehabilitación y reinserción. Advirtieron además del riesgo de un endurecimiento del accionar policial, no capacitado para lidiar con un tipo de situación más sensible que otros procedimientos habituales.

    Por razones más prácticas que ideológicas, con el correr de los meses la aplicación de la ley dejó de ser efectiva. Originalmente el monitoreo policial de personas en espacio público estaba a cargo del Grupo de Respuesta Táctica, dividido en equipos de 10 efectivos y basado en Montevideo con recorridas desde las 6 de la mañana. El intenso desalojo inicial fue diluyéndose. “La gente que quiere irse de la calle se va, pero el que no, el que quiere seguir viviendo, ha encontrado las fallas del sistema”, dijo en 2015 Yoni Wints, policía responsable del patrullaje de control de espacios públicos en la capital.

    La llegada al gobierno de Luis Lacalle Pou trajo un nuevo énfasis en seguridad y el planteo concreto de retirar a las personas que duermen o habitan en espacios públicos, refrendado en la Ley de Urgente Consideración. El artículo 14 modificó el Código Penal y estableció que quien ocupe espacios públicos, acampando o durmiendo, puede ser intimado por la autoridad departamental, municipal o policial correspondiente a retirarse en forma inmediata. De permanecer, será castigado con una pena de siete a 30 días de prestación de trabajo comunitario. Además, la persona será trasladada a una dependencia del Ministerio de Desarrollo Social (Mides) para que se recabe su identidad, se le ofrezca una alternativa adecuada a su situación y se dé cuenta al juez competente.

    La norma estuvo dentro del grupo de artículos sometidos a referéndum en marzo a impulso del Frente Amplio y el PIT-CNT. Ahora es el propio Ministerio del Interior quien propone realizarle un sutil cambio en la Rendición de Cuentas. Señala que la persona podrá ser trasladada a un centro del Mides “por parte de la autoridad nacional, departamental, o municipal”, con lo cual Interior pretende establecer por escrito que las intendencias, ministerios, Fuerzas Armadas y otros organismos están también habilitados a realizar un trabajo que habitualmente recae en la Policía.

    “El tema de las personas en situación de calle no es estrictamente un tema de seguridad pública, y lo lógico es que se aclare a nivel legislativo que toda autoridad, nacional y departamental, pueda intervenir en el traslado”, dijeron a Búsqueda fuentes oficiales.

    En Montevideo el número de personas en situación de calle supera las 4.000 y se multiplicó por tres en los últimos 10 años, “creciendo consistentemente, ya sea en ciclos económicos de prosperidad, o recesión económica” a escala nacional, según un mapeo presentado en mayo por el colectivo Ni Todo Está Perdido (Nitep) junto con el Municipio B de la Intendencia de Montevideo, la Universidad de la República y la Fundación Friedrich Ebert en Uruguay. La ocupación de espacios públicos es más alta en barrios más comerciales y populosos como Aguada, Centro, Barrio Sur, Palermo, Cordón, Tres Cruces, La Blanqueada, Parque Batlle, Parque Rodó, Punta Carretas, Pocitos y Buceo.

    Actualmente intervienen varios organismos para atender a esas personas en situación de calle. El Mides tiene un teléfono gratuito las 24 horas del año para recibir avisos y reclamos de la ciudadanía. Sus funcionarios acuden al lugar para identificar a las personas e intentar convencerlas de ir voluntariamente a un centro del ministerio donde recibirán cuidados y el intento de recuperar sus vínculos sociales. En caso de que las personas requieran atención médica, también hay un teléfono para llamar a ASSE.

    Si los involucrados son niños, niñas o adolescentes sin el cuidado de adultos, se debe llamar al Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU). También la Secretaría Nacional de Drogas cuenta con diversos servicios para atender a personas que viven en la calle y sufren del consumo problemático de sustancias. El protocolo a los ciudadanos indica que se deberá llamar al 911 únicamente en casos donde las personas que ocupen espacios públicos estén generando disturbios. La dependencia concreta para denunciar la ocupación de espacios es el Centro Coordinador de Emergencias Departamentales de la Intendencia de Montevideo.

    La Policía acompaña algunos de esos procedimientos pero dentro de la institución sostienen que se solicita su intervención en casos donde técnicamente no siempre es necesario, por ejemplo, traslados que pueden ser realizados por el Mides o la intendencia sin apoyo policial, ya que no hay amenazas ni agresiones de los involucrados. Argumentan que la repetida actuación en este tipo de situaciones termina por “direccionar” móviles y oficiales a hechos que no suponen una amenaza contra la seguridad en perjuicio de otros delitos para los cuales esos recursos no están disponibles.