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    Parlamento mantiene límite de edad para nuevos funcionarios pese a que la Institución de Derechos Humanos lo considera discriminación

    La recomendación de la Institución Nacional de Derechos Humanos (Inddhh) aprobada en 2013 era bastante clara: para respetar “el principio de no discriminación”, los llamados para contratar nuevos funcionarios en el Estado no pueden fijar límites de edad a los postulantes. Cada vez más organismos de la Administración Pública siguen ese precepto, pero quedan excepciones que legisladores de varios partidos quieren terminar.

    Y es justamente el Poder Legislativo uno de los lugares donde los llamados a personal nuevo mantienen el límite de edad de hasta 45 años. Así figura en los últimos concursos realizados por la Comisión Administrativa del Poder Legislativo para el ingreso de cuatro bibliotecólogos, dos arquitectos y cuatro cargos de auxiliares para tareas de intendencia y vigilancia.

    Esta decisión provocó reclamos de personas mayores de esa edad que sienten que sus derechos fueron vulnerados, supo Búsqueda. Al menos uno de esos casos está en la órbita del Tribunal de lo Contencioso Administrativo.

    En su defensa, la Comisión Administrativa argumentó a quienes concursaron y tenían más de 45 años, que el tope es parte de una política de “gestión” que apunta a “promover una renovación generacional”. Según señaló, la plantilla del Poder Legislativo está envejecida.

    El inicio de la transición generacional comenzó en el período pasado, y los jerarcas estiman que el proceso culminará en 2020 con una baja del promedio de edad de funcionarios considerable.

    El Poder Legislativo es uno de los lugares donde los llamados a personal nuevo mantienen el límite de edad de hasta 45 años.

    La ley 19.121, sobre el Estatuto del Funcionario Público de la Administración Central, establece que el ingreso al Estado como trabajador se realizará “sin ningún tipo de discriminación basada en género, discapacidad, pertenencia a minorías, o de cualquier otra índole, sin perjuicio de los requerimientos necesarios para la función y de aquellas normas específicas de discriminación positiva”. En el Parlamento señalan, sin embargo, que esta disposición no contempla a los funcionarios del Poder Legislativo.

    El Departamento de Género en el Ámbito Laboral del Ministerio de Desarrollo Social entiende que poner límites de edad para concursar lesiona el derecho fundamental al trabajo y es un acto discriminatorio. Así se lo hicieron saber a una de las personas que se presentaron en un concurso y que superaba el límite de edad. Además, le recordaron que la ley 16.045, prohíbe “toda discriminación que viole el principio de igualdad de trato y de oportunidades para ambos sexos en cualquier sector o ramo de la actividad laboral”.

    De hecho, una resolución de la Oficina Nacional de Servicio Civil (ONSC) planteó en 2012 que ninguna repartición de la Administración Central puede realizar un llamado poniendo límite de edad.

    Proyectos.

    La Comisión de Legislación del Trabajo de Diputados tiene dos proyectos sobre el tema. Uno de ellos es del colorado Tabaré Viera, quien plantea que se prohíba establecer un límite de edad en cualquier convocatoria que realice un organismo público.

    El segundo es de los diputados nacionalistas Nicolás Olivera y Elisabeth Arrieta, quienes a comienzo de noviembre explicaron el alcance de su proyecto en una comisión parlamentaria. Su iniciativa prohíbe que se ponga límite de edad en cualquier llamado laboral y otorga a la Inddhh y al Ministerio de Trabajo potestades para sancionar el incumplimiento.

    El Departamento de Género en el Ámbito Laboral del Ministerio de Desarrollo Social entiende que poner límites de edad para concursar lesiona el derecho fundamental al trabajo y es un acto discriminatorio.

    “Si bien este proyecto habla de edad y de lo que tiene que ver con la identidad de género, lo que busca fundamentalmente es eliminar la discriminación por edad en lo que tiene que ver con el acceso al empleo, tanto en el ámbito público como privado, a la luz de que muchas veces es común ver en los portales de Uruguay Concursa o en las convocatorias que hacen los organismos públicos que se pone un tope etario mínimo y uno máximo, de veinticinco a treinta y cinco años. Entonces, la persona que en este país tenga cincuenta años, lamentablemente, ‘es un viejo’ y cuesta mucho acceder a ese mercado laboral”, dijo Olivera.

    “Creo que tenemos que pensar el tema dentro de lo que se ha dado en llamar en el Uruguay la agenda de derechos. Nosotros creemos que este proyecto de ley contribuye en ese sentido”, complementó Arrieta.

    El planteo fue respaldado por los legisladores de todos los partidos. Fernando Amado, presidente de la comisión, dijo que “hubo unanimidad en cuanto a la necesidad de producir este tipo de instrumento”. El legislador afirmó que la “clave” es la postura del Frente Amplio, cuyo respaldo es fundamental para aprobar el proyecto.

    Luis Puig, integrante de la comisión y legislador del Frente Amplio, dijo a Búsqueda que comparte el espíritu del proyecto. “Si bien el tema se ha ido resolviendo por la vía administrativa, se puede hacer por la vía legal”. Aclaró que aún “no hay una definición de bancada” oficialista, pero opinó que el proyecto es importante.

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