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En la sede central de Mercedes y Fernández Crespo del Banco de Previsión Social (BPS) hay un nuevo sector con cinco funcionarios que atienden al público bajo el cartel de “Revocaciones AFAP”. El régimen para salirse de estas administradoras de fondos jubilatorios se habilitó formalmente el sábado 1º y las oficinas estuvieron abiertas incluso durante el fin de semana: en los primeros días se presentó “una cifra totalmente razonable y normal” de trabajadores para consultar si le conviene o no dar ese paso, que será definitivo, dijo a Búsqueda el presidente de ese instituto previsional, Ernesto Murro.
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Desde ese sábado y hasta la media tarde de ayer miércoles fueron 2.379 las personas que solicitaron día y hora para recibir el asesoramiento que obliga la ley del BPS. Una vez agendados y asesorados, tendrán 90 días para decidir si se mantienen en una AFAP con su cuenta individual o si vuelven a cotizar exclusivamente en ese instituto bajo el régimen de solidaridad intergeneracional.
Preparándose para la entrada en vigor de la ley Nº 19.162, el BPS capacitó a más de 200 de sus trabajadores, y también los representantes de las direcciones sociales. Este mes comenzará el mismo proceso con los empleados de las AFAP. Hasta el momento el BPS recibió casi 10.000 consultas, entre 56 oficinas de representación habilitadas, servicios telefónicos (por el número 0800-3277) y por la página web.
“Salvo casos excepcionales, por su complejidad, la idea es asesorar rápido. En marzo ya la gente va a salir asesorada”, dijo Murro. Por ley el BPS tiene un año para realizar este asesoramiento, que se hará una única vez por persona.
A partir del 5 de marzo el BPS comenzará este proceso, y ya 186 personas en todo el país fueron agendadas para esos primeros días. El asesoramiento estimará cómo quedará la jubilación del interesado de seguir cotizando en una AFAP y cómo sería si sólo hubiera aportado al BPS.
La ley permite la desafiliación a todas aquellas personas entre 40 y 50 años que hayan entrado de forma voluntaria al pilar de ahorro individual creado en 1996.
Para desafiliarse, según la nueva ley que habilita esa posibilidad, los mayores a 48 años tendrán un período excepcional que regirá hasta el 31 de enero de 2016. También están comprendidos quienes tenían 40 o más años en 1996 y no estaban forzados a estar dentro de una AFAP. Los afiliados de forma obligatoria porque sus ingresos superaban cierto monto ($ 35.516 mensuales en la actualidad), no podrán desafiliarse y deberán seguir aportando al pilar individual. Sin embargo, sí podrán deshacer la opción voluntaria de aportar a una AFAP por la totalidad del sueldo (conocida como “artículo 8”) y por lo tanto aportar solo por aquello que supere ese monto. Así, la reglamentación señala que quienes hayan superado aunque sea una vez el monto de $ 35.516 por mes, deberán declararlo a la hora de solicitar su asesoramiento personal.
En conferencia de prensa el viernes 3, Murro señaló que esta ley “avanza en la transparencia y democracia” del sistema de seguridad social y opinó que reducirá “el desconocimiento que hoy existe” en esta área. Allí informó que de las 263.000 personas que quedan habilitadas en esta etapa a salirse de una AFAP, 13.000 se habían afiliado en 1996 por ser mayores de 40 años pero sin estar obligadas, y otras 250.000 lo hicieron luego.
El asesoramiento
La ley Nº 19.162 fue aprobada en diciembre y el decreto que la reglamentó fue emitido el viernes 3, horas antes de su entrada en vigor. Establece que el BPS tiene un plazo de un año para realizar un asesoramiento previo a quienes consideren la desafiliación de su AFAP. Ese estudio es obligatorio y para obtenerlo el interesado deberá suministrar nombres y apellidos completos, documento de identidad, fecha de nacimiento, sexo, teléfono de línea y móvil, casilla de correo electrónico y domicilio.
A partir de ese momento se abre un período de cinco días en el que la AFAP que corresponda debe brindar información sobre el dinero que la persona tiene en su cuenta individual expresada en moneda nacional como en Unidades Reajustables (UR), y todos los movimientos realizados en la misma cuenta. Para esto la administradora deberá considerar las rentabilidades diarias históricas de cada mes, aplicar los montos de las comisiones y primas por fallecimiento que se las hayan descontado al afiliado y agregar, en caso de que hubiere, depósitos voluntarios.
Las AFAP manejan un fondo previsional —el ahorro de más de 1,1 millones de trabajadores— que registró una caída en enero y se ubicó en el equivalente a U$S 9.871 millones; está invertido en diferentes títulos bursátiles. Por administrar ese dinero cobran una comisión y también primas por seguros que cubren casos de fallecimiento o invalidez.
Los afiliados, además de hacer los aportes reglamentarios por ley, pueden hacer aportes voluntarios a sus cuentas individuales, aunque esto no es muy común en Uruguay. La rentabilidad histórica del sistema medida en UR ronda el 7,3% y el 8,4% en pesos constantes.
Para el asesoramiento, el BPS deberá tener en cuenta los años de actividad y asignaciones no acreditadas en la historia laboral del solicitante, así como su promedio de ingreso y la densidad de sus cotizaciones, el saldo de su cuenta de ahorro individual, la comisión de administración que le cobra la AFAP y la prima colectiva. Por su parte, el Banco Central debe informar la tasa de rentabilidad a usar en la proyección así como las tablas de primas de renta vitalicia por edad y sexo (ambos datos que inciden en el cálculo jubilatorio final).
En caso de que el afiliado decida volver al sistema de solidaridad intergeneracional, la AFAP tendrá cinco días hábiles para transferir el saldo de su cuenta en dinero y/o títulos públicos de hasta cinco años.
Las AFAP y la Dirección Nacional de Seguridad Social del Ministerio de Trabajo aún elaboran la reglamentación del subfondo de retiro, también comprendido por la ley aprobada en diciembre y en el que estará invertido el dinero de los afiliados mayores a 55 años.
Informando.
Las AFAP ya comenzaron campañas informando sobre las posibilidades de desafiliación a sus afiliados. En sus estados de cuenta de este mes República AFAP envió un folleto bajo el título “Sistema Previsional Mixto. Un sistema que mejora”. Allí se limita a explicar los ejes de la nueva ley y señala: “Lo que decidas modificará tu futura jubilación”.
UniónCapital envió un resumen de la ley a todos sus empleados, de manera que no solo quienes estén en los servicios de atención telefónica puedan informar. En ese formulario se señalan los lineamientos generales de la ley y se destaca en rojo que “en ningún caso se devolverá dinero al afiliado”.
Consultados por Búsqueda, directivos de ambas empresas informaron que hasta el momento la cantidad de consultas fue baja.