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Desde el pasado viernes 30 de junio está a estudio del Parlamento Nacional el proyecto de Rendición de Cuentas, enviado por el Poder Ejecutivo. En el capítulo vinculado con el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) hay algunos puntos a destacar, como medidas en bienestar animal y tasas de la Dirección General de Servicios Agrícolas (DGSA).
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“Aquellos espectáculos públicos en que se utilicen animales que por las actividades, demostraciones o habilidades que efectúen, corran peligro de sufrir accidentes arriesgando su integridad, deberán contar con servicio de médico veterinario que cubra toda la duración de los mismos y que sea suficiente para la cantidad de animales involucrados en el evento”, señala uno de los artículos.
Se plantea, además, que “los organizadores de espectáculos públicos en los que se utilicen animales, deberán informar al Instituto Nacional de Bienestar Animal (INBA), la realización de cada evento, con una antelación de al menos cinco días hábiles previos al inicio del mismo, debiendo contar para su realización con las habilitaciones y/o autorizaciones que puedan corresponder de acuerdo a la normativa vigente”.
Respecto a otras funciones que le corresponden al INBA, establece la necesidad de “coordinar sus planes y programas con otros organismos públicos, pudiendo conformar o integrar para ello comisiones o grupos de trabajo”; además de “coordinar sus acciones, planes y programas con el Ministerio de Salud Pública, la Comisión Nacional Honoraria de Zoonosis de dicho ministerio, la Dirección General de Servicios Ganaderos del MGAP, la Dirección Nacional de Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente, la Dirección Nacional de Educación del Ministerio de Educación y Cultura, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Desarrollo Social y el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial”.
En este sentido, esa dependencia del MGAP “deberá conformar un grupo de trabajo entre representantes de los ministerios referidos, a los efectos de que la actividad administrativa de estos y del INBA estén coordinadas y se complementen”.
Otro capítulo se refiere a la tarea de “recibir y diligenciar las denuncias sobre actos de tenencia irresponsable, maltrato y abandono de animales, sin perjuicio de actuar de oficio cuando corresponda, pudiendo requerir la intervención del Ministerio del Interior, autoridades sanitarias y judiciales competentes, así como autoridades departamentales del lugar donde ocurra la situación denunciada.”
Dispone además la facultad de “confiscar de forma preventiva y/o definitiva aquellos animales sujetos a maltrato o crueldad por parte de sus tenedores, aquellos que impliquen un peligro grave y cierto para la salud de otros animales o la integridad física o salud de las personas, así como aquellos que se encontraran gravemente heridos o enfermos sin recibir la atención adecuada de su tenedor, tomando las medidas más adecuadas a las circunstancias del caso”. Esos “animales podrán ser esterilizados, identificados y registrados en el Registro Nacional de Animales de Compañía, si correspondiere”, indica.
Aplicaciones fitosanitarias
En otros artículos incluidos en el proyecto en cuestión, el MGAP propone que “las personas físicas o jurídicas que realicen aplicaciones de productos fitosanitarios con equipos pulverizadores mecanizados (aéreos o terrestres) para uso propio o que brindan servicios a terceros en cultivos agrícolas extensivos (cereales, oleaginosos o forrajeros), deberán contar con un técnico de referencia (ingeniero agrónomo), registrado por la DGSA.
“Se autoriza al MGAP, a través de la DGSA, a instaurar un registro de técnicos profesionales, que sean ingenieros agrónomos de referencia nacional”, según el texto del proyecto. Indica que esa institución “se obliga a mantener actualizados los registros referidos y brindar información sobre el registro de productos fitosanitarios y normativas medioambientales”.
En el proyecto de ley de Rendición de Cuentas se fijan modificaciones a las tasas que cobra Servicios Agrícolas por los diferentes registros y otros trámites correspondientes a productos fitosanitarios y fertilizantes.
Además dispone que “los funcionarios inspectores de Servicios Agrícolas en asuntos de su competencia, debidamente identificados, tendrán libre acceso para cumplir funciones inspectivas y toma de muestras en los vehículos de transporte, en los establecimientos agrícolas, industriales, comerciales, locales de depósito, de administración o de ventas y sus dependencias que no constituyan hogar doméstico”.
“En los casos en que fuere necesario podrán requerir el auxilio de la fuerza pública”, indica el texto. Y establece que “los locales, ya sean comercios, depósitos, predios de producción, plantas de elaboración, formulación, industrialización o acopio con sus anexos estarán separados del hogar doméstico, de manera que no se dificulte, en ningún caso, la acción de los inspectores”.
“Si una parte de la finca o local estuviera destinada a hogar doméstico, no podrá haber en él archivos, instalaciones, máquinas, documentos, útiles, ni mercaderías que se relacionen con el giro del comercio, ni podrá haber depositados productos fitosanitarios”, advierte el proyecto, que cuenta con 442 artículos.