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Con “independencia e imparcialidad” un juez toma la decisión de si procesa o no a una persona que cometió un presunto delito, un fiscal investiga, recaba la prueba y acusa, y un defensor defiende al imputado. Estas tres ideas básicas son parte del nuevo Código del Proceso Penal (CPP) que el martes 2 fue aprobado por unanimidad en el Senado, que será sancionado por la Cámara de Diputados antes del 15 de setiembre, y que comenzará a aplicarse en 2017.
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El actual código data de 1980 y se “afilia a un sistema inquisitivo” que “no se adecua a la previsión del artículo 22 de la Constitución”, decía el Poder Ejecutivo en la exposición de motivos que envió en su momento al Parlamento. Ese artículo establece que “todo juicio criminal empezará por acusación de parte o del acusador público, quedando abolidas las pesquisas secretas”.
El sistema actual es “inquisitivo”. En este sistema, el juez recolecta la prueba, resuelve iniciar el proceso, dicta prisión preventiva, dirige instrucción y luego adopta sentencia. Este tipo de sistema “ya prácticamente no existe en ninguna parte del mundo, salvo en Uruguay”, explicó el senador del Frente Amplio Óscar López Goldaracena. Esta situación genera una “dinámica perversa”, explicó el legislador. Hace “muy difícil” que el juez reconozca que se equivocó al procesar al final de la investigación.
Por eso, uno de los cambios principales que se introducen en el nuevo CPP es que se pasa a un sistema “acusatorio”. En este sistema, el juez solo juzga, no puede haber inicio del proceso o prisión preventiva si el fiscal no lo pide y se “garantiza imparcialidad e independencia del juez”, afirmó López Goldaracena.
En el nuevo sistema el rol preponderante lo tiene el fiscal, que dirige todas las diligencias de la investigación y tiene a la Policía y Prefectura como sus auxiliares. Es quien resuelve formalizar la investigación o no y llevar a juicio al imputado. El juez, en tanto, escucha al fiscal, al defensor, a la víctima y luego juzga.
Cuando el imputado no esté privado de libertad la investigación puede durar un año y en casos excepcionales el fiscal podrá solicitar una ampliación de hasta un año más. Finalizada la investigación, el fiscal deberá resolver si lleva o no al imputado a juicio.
Las audiencias serán presididas por el juez y serán públicas, lo que configura otro de los cambios fundamentales, según los legisladores. El juez podrá resolver que no sean públicas en situaciones especiales para preservar la privacidad, la dignidad de las víctimas y los testigos. Para condenar deberá existir “plena prueba”.
Se establecen, además, medidas especiales para protección de testigos, como pantallas o barreras físicas con el imputado, salas adyacentes, circuito cerrado, acompañantes para apoyo emocional.
Prisión preventiva.
El nuevo código establece también normas sobre información. En este caso, los medios masivos de comunicación deben “preservar el buen nombre” e integridad de víctimas, testigos e imputados bajo las responsabilidades emergentes por “daños y perjuicios”. Se indica que toda persona de la cual se haya informado por un medio masivo de comunicación “tiene el derecho a que se publique gratuitamente en nota de similares características acerca de su sobreseimiento, absolución o de la clausura del proceso”.
Ope Pasquet (Partido Colorado) señaló que otro de los cambios fundamentales es que la prisión preventiva “no será preceptiva”. La prisión preventiva se dará cuando haya convicción de que el delito se ha cometido por el imputado, cuando sea indispensable para no entorpecer la investigación, para evitar peligro de fuga u ocultamiento y en el caso de que su libertad ponga en riesgo la seguridad de la víctima y de la sociedad. La prisión preventiva se dará en lugares diferentes a los penados. El máximo de tiempo de esta detención será de dos años.
No procederá la prisión preventiva cuando la pena sea pecuniaria o inhabilitación, y se faculta al juez a que no haya prisión cuando la imputada está embarazada o tiene un hijo en primer año de lactancia, enfermedad con grave riesgo de vida y salud y en el caso de mayores de 70 años.
López Goldaracena dijo en el Senado que el actual régimen es “incompatible” con el Estado de derecho y destacó que tras un largo trabajo todos los partidos políticos pudieron llegar a un acuerdo.
Pasquet señaló además que cada vez que Uruguay es examinado por organismos internacionales se le “llama la atención” sobre los problemas que tiene el actual proceso penal.
Eber da Rosa (Partido Nacional) afirmó que es uno de los proyectos “más trascendentes” y señaló que el próximo gobierno deberá trabajar en su implementación y dar los recursos necesarios. Además, dijo que se deberá analizar cuál será la “ubicación institucional” del Ministerio Público, que hoy depende del Poder Ejecutivo.
El coordinador de la bancada oficialista en Diputados, Jorge Orrico, afirmó que, como hay acuerdo entre todos los partidos, el proyecto será aprobado en la Cámara baja sin cambios. Destacó que además de los recursos para su implementación, la clave estará en la “capacitación” de jueces, fiscales y, en especial, de los funcionarios.