Sr. Director:
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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáComo tantos, soy suscriptor de un par de servicios de streaming. Como tal se adhiere a un contrato donde a cambio de un pago accedemos a poder visualizar series, películas o eventos deportivos, según el caso.
Es sabido que muchas de las series y películas ofrecidas no son originales ni propiedad de las empresas. Las mismas han comprado el derecho de ofrecerlas por un lapso. Período desconocido a priori por el cliente.
Netflix, por ejemplo, con alguna antelación —no siempre adecuada— nos informa que algún título dejará de estar disponible. Es una advertencia pertinente. Imprescindible, en la medida que uno piensa que a priori los títulos no tienen fecha de vencimiento. Si la caducidad afecta a lo que estamos siguiendo o pensábamos seguir podemos tomar recaudos.
No es el caso de Star+. Quiso la mala fortuna que un par de títulos que seguía de un día para otro, sin aviso ni explicación alguna, desaparecieran de la grilla.
Ante este perjuicio, menor, es cierto, me pregunto y comparto: ¿estos contratos no están cuidados por Defensa del Consumidor?, ¿o alcanzados por alguna limitación ética que impida situaciones como la relatada?
Entiendo que es un abuso y un destrato al cliente. Informar el vencimiento con antelación parece algo básico que ningún perjuicio trae a la empresa. Quizás esté contemplada la posibilidad en alguna letra chica. No debiera ser así.
Streamer
CI 1.650.054-3