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    Suprema Corte declarará inconstitucional el “impuesto al campo”; el Poder Ejecutivo prevé subir otros tributos

    Por cuatro votos a uno, la Suprema Corte de Justicia (SCJ) acordó esta semana declarar inconstitucional el Impuesto a la Concentración de Inmuebles Rurales (ICIR), adelantaron a Búsqueda fuentes políticas y del Poder Judicial. Para compensar la pérdida de recaudación que derivará de eso, el Poder Ejecutivo buscará lograr similar recaudación introduciendo modificaciones a tributos ya vigentes que elevarán la carga a los actuales contribuyentes del cuestionado “impuesto al campo”.

    “Ya tenemos un Plan B. Hay que afinarlo, pero lo tenemos diseñado”, comentó a Búsqueda una fuente oficial. Ese plan implica incrementar la carga del Impuesto al Patrimonio rural y de la Contribución Inmobiliaria, y gravar con el Impuesto de Primaria a los contribuyentes del ICIR que se derogará por inconstitucional, añadió. Con esas modificaciones tributarias, que según los informantes cuentan con el apoyo de los intendentes, se lograrán ingresos similares a los que se esperaban percibir por el “impuesto al campo”, de unos U$S 60 millones anuales.

    El prosecretario de la Presidencia, Diego Cánepa, dijo el domingo 10 en “El Observador”, que “ya hay alternativas previstas, conversadas con los intendentes”, ante la posibilidad de que la Justicia dé amparo a los recursos, pero prefirió no adelantar las posibilidades que se manejan, convencido de que el ICIR es “constitucional y sólido”.

    Sin embargo, en el Poder Ejecutivo están al tanto de las posiciones dentro de la SCJ y ya definieron cómo actuar en consecuencia, según las fuentes de Búsqueda.

    El ICIR, creado con el propósito de desalentar la adquisición de predios agropecuarios por grandes inversores para evitar la concentración de su propiedad, empezó a ser cobrado en varios pagos, el primero (20% del total) en diciembre y recaudó algo menos de U$S 10 millones, según datos de la Dirección General Impositiva. La ley de creación del impuesto previó que los recursos se destinaran a mejoras en la infraestructura vial rural, entre otros fines.

    Fallos.

    Tras el acuerdo que alcanzaron esta semana los miembros de la SCJ, la primera sentencia con un fallo de inconstitucionalidad se conocerá en los próximos días, añadieron los informantes.

    Relataron que el ministro más nuevo de esa corporación, Julio Chalar, que restaba votar en estos casos, lo hizo a favor de la inconstitucionalidad del impuesto y uno de los ministros que en principio se había inclinado por la constitucionalidad cambió de opinión porque sus colegas lo convencieron con argumentos.

    En el seno de la SCJ existen algunas discrepancias en temas formales, ya que la Constitución exige que para presentar una acción de inconstitucionalidad se requiere tener un interés “directo, personal y legítimo”, afirmaron las fuentes. En base a eso algunos ministros consideran que los particulares carecen de legitimación para plantear que se lesiona la autonomía municipal y entienden que únicamente las Intendencias pueden impugnar la ley que creó el ICIR. Por ello algunos recursos presentados pueden ser rechazados, indicaron los informantes.

    No obstante, remarcaron que hay un acuerdo mayoritario en que el “tema de fondo” es inconstitucional.

    En el sistema uruguayo la SCJ realiza el control centralizado de la constitucionalidad de las leyes, y sus sentencias tienen alcance únicamente para el caso concreto que le fue planteado. Debido a eso, se estima que una vez que emita las primeras sentencias, esa corporación va a resolver los casos por el mecanismo de “decisión anticipada”.

    Hasta el momento son 127 los recursos de inconstitucionalidad a estudio y es probable que este mes la Corte se pronuncie al respecto, informó ayer miércoles en radio Carve el vocero de ese órgano, Raúl Oxandabarat.

    La declaración de inconstitucionalidad obligará al fisco a devolver el dinero pagado por los contribuyentes del ICIR que ganaron las demandas.

    Impuesto polémico.

    Promovido por el mandatario José Mujica y resistido por el Frente Líber Seregni y el ministro de Ganadería, Tabaré Aguerre, el ICIR fue creado por ley a fines de 2011. Grava a los dueños de los predios mayores a 2.000 hectáreas con un índice Coneat 100 (productividad media del país) o su equivalente, y sus alícuotas son de 67 Unidades Indexadas a la inflación (UI) por hectárea (unos U$S 9) a los predios de entre 2.000 y 5.000 hectáreas, de 100 UI (U$S 13,3) a las extensiones de entre 5.000 y 10.000 hectáreas y de 135 UI (U$S 18) a las mayores a 10.000 hectáreas.

    Según cálculos del gobierno, el ICIR recae sobre 1.200 propietarios particulares o empresas de un total de 47.300 que poseen campos en el país. Esa cantidad equivale al 2,5% del total y concentran 36% de la superficie total de tierras del país (unos 5 millones de hectáreas).

    La Asociación y la Federación Rural llamaron a los productores para que presenten recursos de inconstitucionalidad contra la ley que creó el tributo, alegando que esa norma viola la autonomía de los gobiernos departamentales en cuanto a su potestad para el cobro de impuestos y lesiona los principios de legalidad e igualdad ante la carga tributaria. A partir de esa convocatoria los recursos fueron en aumento. (Más información en página 48)

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